GE MAURICIO BURGO BRIEL QA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MO FRANCISCO JAVIER RICAURTE GOMEZ 4-pú6fica de Colombia Corte Suprema de,fiaticia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Radicación N° 54242 Acta: 15 Bogotá D.C., ocho (8) de mayo de dos mil doce (2012). Edmundo Peñaloza Saldaña Vs. Empresa Colombiana de Petróleos S.A. Ecopetrol S.A. Como según el informe secretarial que antecede el recurso no fue sustentado oportunamente, la Sala lo declara DESIERTO.
Impóngase la multa de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, al doctor GILBERTO MENDOZA PEÑA, apoderado de la parte recurrente, según lo establecido por el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010. Devuélvase el expediente al Tribunal rigen. Notifíquese. --)7) RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO se Notificó el auto anterior por anotación C*ÁCAIÁCION LAINHUL deja constancia loe en la fecha y hora setlaládon.cTILV:10 --lectatorlada int PrecerMe,,novickencia Á huyo.i, ogotti, O. 't 1 " •Hora S:00 PM an estado N°. 070 Page 1 Page 2