CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia 5 República de Colombia Expediente 52217 Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado ponente Radicación No.52217 Acta No.041 Bogotá, D.C., seis (6) de diciembre de dos mil once (2011). Se resuelve sobre la admisión de la demanda de casación en el recurso extraordinario interpuesto por la parte actora contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Montería el 8 de marzo de 2011, en el proceso promovió contra la Electrificadora del Caribe S.A. I.
ANTECEDENTES Por auto de fecha 30 de agosto de 2011, esta Sala admitió el referido recurso y ordenó traslado a la parte recurrente por el término legal, el cual corrió entre el día 6 de septiembre y el 3 de octubre de 2011. El 12 de septiembre siguiente, se allegó memorial de sustitución de poder conferida al doctor Carlos Ramiro Borja Ávila, para representar a la demandante Beatriz Sabina Monterrosa Quintero, a quien se le reconoció personería mediante auto del 20 de septiembre, reanudándose así el traslado para dicha parte y solo respecto de esa demandante, el 22 de septiembre de 2011, el cual venció el 12 de octubre de 2011.
Los días 20 y 27 de septiembre se allegaron sendos memoriales de sustitución de poder conferidos por el apoderado principal de los demandantes a los abogados Javier Chaparro Martínez, para que represente a los recurrentes Fabio Buelvas Díaz, Fermán Bula Galindo, Fernando Castilla Zapata, Ferneli Zapata Vélez y Fredy Burgos Romero; y Luis Fernando Borja Ávila, para que represente a los recurrentes Arnoldo Arturo Rodríguez Pastrana, Ana Mejía de García, Calixto Molina Rios y Adalberto Álvarez Sánchez.
Según el informe secretarial que antecede, se informa al Despacho que “el traslado a la parte Recurrente: BEATRIZ SABINA MONTERROSA, inició el 6 de Septiembre de 2011, término que se interrumpió el 12 de Septiembre con sustitución de poder conferido al Dr. Ramiro Borja. Con auto de 20 de Septiembre se le reconoció personería y se continuó el trámite por el término de quince (15) días, desde el 22 de septiembre hasta el 12 de octubre de 2011”.
“Fue recibida sustentación del recurso de casación el 12 de Octubre de 2011, dentro del término del traslado…”. II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Dado que la demanda que sustenta el recurso de casación respecto de la demandante Beatriz Sabina Monterrosa Quintero, fue presentada dentro del término y reúne los requisitos legales, se admitirá la misma.
Por otra parte, se observa que dentro del término concedido para sustentar el recurso de casación, no se presentó demanda respecto de los recurrentes Alicia Martínez de Márquez, Ángel Benito Cogollo Ensuncho, Antonio Ramos Morelo, Aquiles Ortega Sánchez y Baldomero Madrid Pérez, por lo cual la Sala declarará desierto el recurso, toda vez que el traslado para tales demandantes venció el día 3 de octubre de 2011, al no haberse suspendido el mismo, como sí pasó, frente a otros demandantes, con ocasión de la presentación del memorial de sustitución de poder conferida por el apoderado principal.
Pues, aun cuando frente a estos demandantes también hubo sustitución de poder, tal circunstancia no tuvo la virtualidad de suspender el término, por cuanto solo se presentó el 20 de octubre de 2011, cuando ya había vencido el término del traslado. Ahora, con relación al traslado referente a los recurrentes Fabio Buelvas Díaz, Fermán Bula Galindo, Fernando Castilla Zapata, Ferneli Zapata Vélez y Fredy Burgos Romero, como el mismo fue interrumpido con la presentación del memorial de sustitución de poder el 20 de septiembre de 2011, por secretaria reanúdese éste por el término restante, es decir, 9 días.
Lo mismo que para los demandantes Arnaldo Arturo Rodríguez Pastrana, Ana Mejía de García, Calixto Molina Rios y Adalberto Álvarez Sánchez, cuyo traslado también fue interrumpido el 27 de septiembre de 2011, es decir, 4 días, vale precisar que este solo se correrá una vez se haya surtido el anterior. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E:
PRIMERO. - Por reunir los requisitos formales de ley, admítase la demanda de casación presentada en representación de Beatriz Sabina Monterrosa Quintero SEGUNDO.- Se declara desierto el recurso de casación respecto de los recurrentes Alicia Martínez de Márquez, Ángel Benito Cogollo Ensuncho, Antonio Ramos Morelo, Aquiles Ortega Sánchez y Baldomero Madrid Pérez.
TERCERO. - Se reconoce personería a los doctores Javier Chaparro Martínez con T.P. No. 158771, Luis Fernando Borja Ávila con T.P. No. 38776 y María Victoria del Socorro Borja Ávila con T.P. No. 41.671, como apoderados sustitutos de los recurrentes, en los términos y para los efectos de los memoriales de sustitución de poder conferidos.
CUARTO. - Continúese el traslado como recurrentes a Fabio Buelvas Díaz, Fermán Bula Galindo, Fernando Castilla Zapata, Ferneli Zapata Vélez y Fredy Burgos Romero, por el término indicado en la parte motiva. QUINTO.- Continúese también el que corresponde para los recurrentes Arnoldo Arturo Rodríguez Pastrana, Ana Mejía de García, Calixto Molina Rios y Adalberto Álvarez Sánchez, luego de haberse surtido el anterior.
Notifíquese y cúmplase, LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO PAGE 6