CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil 7 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Bogotá D.C., nueve (9) de octubre de dos mil nueve (2009).- Ref: 52001-3103-003-2000-00380-01 En el presente proceso ordinario de pertenencia que la señora DORA LUCY GARCÍA LÓPEZ adelantó en contra de los señores 'SAURA GARCÍA LÓPEZ, LILIANA LUISA GARCÍA DE MUÑOZ, ROSA DANLIS GARCÍA LÓPEZ, EBAL ALBERTO GARCÍA LÓPEZ, JOSÉ MANUEL GARCÍA LOPEZ, MARÍA RITHA GARCÍA DE ROSERO y MARIO AUGUSTO SANTACRUZ CHAVES, de los HEREDEROS INDETERMINADOS del señor Alfonso María Santacruz y de todas las PERSONAS INDETERMINADAS con interés en los inmuebles objeto de la usucapión reclamada, se establece que una vez admitido, por auto del pasado 29 de mayo, el recurso de casación interpuesto por los demandados señores MARÍA RITHA GARCÍA DE ROSERO y MARIO AUGUSTO SANTACRUZ CHÁVES respecto de la sentencia proferida el 27 de noviembre de 2008 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala Civil — Familia, y corrido el traslado de rigor, sólo el segundo de los mencionados impugnantes presentó la correspondiente demanda para sustentarlo.
Así las cosas, al tenor de lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, se DECLARA DESIERTO el referido recurso extraordinario planteado por la demandada señora MARÍA RITHA GARCÍA DE ROSERO y, como consecuencia de ello, se CONDENA a ésta en costas a favor de la demandante. Tásense en oportunidad por la Secretaría de la Sala.
De otra parte, se admite la demanda de casación presentada en nombre del demandado señor MARIO AUGUSTO SANTACRUZ CHÁVES y se ordena correr traslado de ella a la actora por el término de 15 días, en la forma consagrada en el inciso 4° del precitado artículo 373 del Código de Procedimiento Civil. Se reconoce al doctor Pedro Pablo Calvache Santander como apoderado judicial del señor Santacruz Cháves, en los términos y para los efectos del poder visible a folio 7 precedente.
Notifíquese ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ Magistrado PAGE 2 ASR 2000-00380-01