Micelio
51835(27-09-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2011

Magistrado ponente: Elsy Del Pilar Cuello Calderón

Ley 712 de 2001

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 51835 INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES VS. FABIOLA AMPARO RUIZ RUIZ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Radicación No. 51835 Acta No. 33 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil once (2011).

Mediante escrito presentado en la Secretaría de esta Corporación, quien fuera apoderada de la parte recurrente manifestó que suscribió contrato de prestación de servicios con el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, el cual se extendió hasta el pasado 1 de junio de 2011; que aun cuando con posterioridad ejerció el mandato en el proceso de la referencia, dicha entidad le otorgó poder a otro abogado, para que continuara el trámite del recurso extraordinario de casación. Por lo anterior solicita “que mediante decisión incidental el despacho regule los honorarios a que tengo derecho, con base en la tárifa que para el efecto tenga autorizado el Consejo Superior de la Judicatura, en vista de que no existió contrato de prestación de servicios, ni acuerdo de voluntades entre las partes desde la fecha de terminación del contrato terminado” (Folios 7 a 9).

Al respecto se observa que conforme al artículo 235 numeral 1° de la Constitución Política y al 15 del CPT y la SS, modificado por el 10 de la Ley 712 de 2001, la Sala carece de competencia funcional para conocer del incidente propuesto, pues sus atribuciones estarían delimitadas en esos preceptos. Así las cosas el incidente propuesto debe de ser resuelto por el Juez de conocimiento, según los lineamientos del artículo 65 numeral 5° del CPT y S.S., por tratarse de una decisión apelable; de allí que resulta procedente con el fin que se ordene la expedición de copias a costa de la interesada, para que el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín resuelva lo pertinente.

Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN LABORAL rechaza el incidente de regulación de honorarios presentado por la apoderada de la parte recurrente; por secretaría expídanse copias del expediente, a costa de la interesada para que el Juez de conocimiento resuelva lo pertinente respecto de la petición de folios 7 a 9.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN JORGE MAURICIO BURGOS RUÍZ GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO PAGE 3