CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No. 51795 CAJA AGRARIA EN LIQUIDACIÓN Vs. CLARA ROSA RAMÍREZ GIRALDO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERON Radicación No. 51795 Acta No. 02 Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil doce (2012).
El apoderado de la parte demandada recurrente, interpuso reposición contra el auto de 22 de noviembre de 2011, que no seleccionó a trámite la demanda de casación, dentro del proceso adelantado por CLARA ROSA RAMÍREZ GIRALDO contra CAJA DE CRÉDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO - CAJA AGRARIA EN LIQUIDACIÓN. De conformidad con la constancia secretarial visible al folio 35 vuelto del cuaderno de la Corte, el proveído atacado se notificó por estado No.200, el 30 de noviembre de 2011.
De acuerdo con el artículo 63 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el recurso de reposición debe formularse dentro de los 2 días siguientes a su notificación cuando ésta se hiciere por estado; dicho término es perentorio y su pretermisión conlleva a declararlo extemporáneo, como en efecto sucedió en este caso, ya que se interpuso el 5 de diciembre del 2011, una vez se encontraba ejecutoriada la providencia recurrida.
Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
PRIMERO: RECHAZAR de plano por extemporáneo el recurso de reposición, contra el auto de esta Sala del 22 de noviembre de 2011.
SEGUNDO: CONTINUAR el trámite pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN JORGE MAURICIO BURGOS RUÍZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO 1 3