CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No. 51723 ANA YOLANDA ÁNGEL PRIETO Y OTROS Vs. BANCO COLPATRIA RED MULTIBANCA COLPATRIA S.A. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERON Radicación No. 51723 Acta No. 41 Bogotá, D.C., seis (6) de diciembre de dos mil once (2011).
El apoderado de la parte demandante interpuso recurso de reposición contra el auto de 20 de septiembre de 2011, que calificó la demanda de casación que sustenta el recurso de casación y que corrió traslado al opositor, dentro del proceso adelantado por ANA YOLANDA ÁNGEL PRIETO y otros contra BANCO COLPATRIA RED MULTIBANCA COLPATRIA S.A. De acuerdo con el artículo 63 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el recurso de reposición debe formularse dentro de los 2 días siguientes a su notificación cuando se hiciere por estado; dicho término es perentorio y su pretermisión conlleva a declararlo extemporáneo.
Según la constancia secretarial visible al folio 26 vuelto del cuaderno de la Corte, el proveído atacado se notificó por estado No. 154 el 21 de septiembre de 2011 y cobró ejecutoria el 23 siguiente, mientras que el recurso de reposición se presentó el 28 de septiembre de 2011 (folios 27 a 29 cuaderno de la Corte), es decir, cuando había vencido el plazo para interponerlo.
Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
PRIMERO: Rechazar de plano por extemporáneo el recurso de reposición, contra el auto de esta Sala del 20 de septiembre de 2011.
SEGUNDO: Continuar el trámite pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN JORGE MAURICIO BURGOS RUÍZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO 1 2