Wspública de Cambia Corte Suprema á Justicia SALA DE CASACIÓN LABORAL DR. CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE Magistrado Ponente Radicación N° 51314 Acta N° 30 Bogotá D.C.. seis (06) septiembre de dos mil once (2011). Por reunir los requisitos legales. se ADMITE el presente recurso de casación interpuesto por TULIA ISABEL SARMIENTO LEÓN, como litisconsorte necesaria, dentro del proceso ordinario laboral instaurado por BRUNA PÁJARO GUARDO contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
En atención al escrito presentado por el apoderado judicial de la demandante BRUNA PÁJARO GUARDO, obrante a folios 37 a 40 del cuaderno del Tribunal, por medio del cual solicita: (i) oficiar al Instituto de Seguros Sociales para que deje sin efectos la Resolución N° 13413 del 1° de enero de 2010; y reintegre a su poderdante los dineros pagados por esa institución a la señora TULIA ISABEL SARMIENTO LEÓN;
(ii) conminar a las autoridades administrativas, penales, disciplinarias y fiscales para que investiguen las irregularidades cometidas en la hoja de vida del pensionado RAFAEL JIMÉNEZ MARRUGO; (iii) compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación, a fin de que investigue la posible conducta punible de fraude procesal; ( y) remitir copias al Consejo Superior de la Judicatura. en aras de que se indague la presunta violación Repúffica de Color:ha Corte Suprema de Justicia EXP. 51314 al estatuto de la abogacía cometida por el apoderado de la señora TULIA ISABEL SARMIENTO LEÓN, (iv) declarar desierto el recurso extraordinario de casación, y (v) oficiar al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena, para que remita copia de la acción de tutela radicada bajo el consecutivo 00026 del 2011: es de señalar: Lo solicitado por el apoderado de la demandante. en lo que al Instituto demandado se refiere, desborda las competencias de esta Sala. en tanto no le está permitido controvertir las actuaciones administrativas surtidas por dicha institución y menos aún, impartir órdenes tendientes a dejar sin efectos los actos administrativos proferidos en virtud de la autonomía de que gozan esta clase de entidades.
En punto a conminar a las autoridades administrativas o judiciales, penales, disciplinarias y fiscales para que investiguen las irregularidades cometidas en la hoja de vida del pensionado RAFAEL JIMÉNEZ MARRUGO, así como la de compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación a fin de que indague la posible conducta punible por fraude procesal y remitir copias al Consejo Superior de la Judicatura, en aras de que se esclarezca la presunta violación al estatuto de la abogacía, por parte del procurador judicial de la señora TULIA ISABEL SARMIENTO LEÓN, resulta preciso señalar que el apoderado de la accionante BRUNA PÁJARO GUARDO. cuenta con los mecanismos legalmente dispuestos para acudir ante las autoridades que estime 2 República Le Colombia t'Y Corte Suprema de Justicia EXP. 51314 necesario para poner de presente sus aseveraciones sobre una presunta conducta punible.
En cuanto a la petición que se concreta a que se declare desierto el recurso de casación interpuesto por la señora TULIA ISABEL SARMIENTO DE JIMÉNEZ. vale recordar que el artículo 96 del Código de Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social, establece los eventos en los cuales es procedente tal declaratoria. luego, no es viable atender razonamientos distintos con miras a tal efecto.
Finalmente, y en lo que respecta a oficiar al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena para que remita copia de la acción de tutela radicada bajo el consecutivo 00026 del 2011; encuentra la Sala que dicha solicitud no resulta pertinente. en tanto la decisión adoptada por el Juez Constitucional. tal y como se observa a folios 41 a 47 del cuaderno del Tribunal, en nada concierne a la causación y disposición del derecho que se encuentra en discusión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ERNESTO MOLINA jnIVE 3 EXP. 51314 Sta‘ra0 CCOjINDOZA FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Se'ritafienalelidelA*4 LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS jtILO TARÓ:fi0 LEGO Ilept166ca áe CoComEia Corte Suprema de justicia 4 5o Notificó el auto anterior por anotación en estad Hoy El 30^1"CtFriO* SECRETARIA.
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