CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 8 Expediente 50421 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente Radicación No. 50878 Acta No. 040 Bogotá, D. C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil once (2011). Se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la parte demandada y recurrente en casación contra el auto de 13 de septiembre de 2011, mediante el cual esta Sala de Casación resolvió no seleccionar a trámite la demanda de casación presentada por dicha parte procesal.
I.
ANTECEDENTES Por auto de 13 de septiembre de 2011 esta Sala resolvió “ NO SELECCIONAR A TRÁMITE la demanda de casación presentada por la CAJA DE CRÉDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO – EN LIQUIDACIÓN. contra la sentencia proferida el 18 de febrero de 2011 por el Tribunal Superior de Bogotá D.C., dentro del proceso ordinario laboral promovido por JOSÉ RUBIEL ARANA ALDANA contra la recurrente.
El auto impugnado se notificó por anotación en Estado el día lunes 19 de septiembre de 2011 según consta en el sello secretarial visible a folio 40. II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE El artículo 63 del C.P.L. y de la S.S. preceptúa que el “recurso de reposición procederá contra los autos interlocutorios, se interpondrá dentro de los dos días siguientes a su notificación cuando se hiciere por estados ”.
Luego el impugnante disponía de los días martes 20 y miércoles 21 de septiembre de 2011, para formular el recurso de reposición; sin embargo, como lo radicó en la Secretaria de esta Sala el día 22 de septiembre siguiente, resulta ser extemporáneo. Así las cosas, y sin más consideraciones se rechazará el mentado recurso. En mérito de lo expuesto, la Sala Laboral de la Corte Suprema, R E S U E L V E:
PRIMERO. - RECHAZAR por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto contra el auto del 13 de septiembre de 2011. Notifíquese, LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO República de Colombia � Corte Suprema de Justicia PAGE 3