Micelio
50716(24-05-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2011

Magistrado ponente: Francisco Javier Ricaurte Gómez

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 50716 Coomeva y otro vs. Ana Rocío Camacho Valencia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación No. 50716 Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil once (2011). Examinado el proceso instaurado por ANA ROCIO CAMACHO VALENCIA contra la COOPERATIVA MEDICA DEL VALLE Y DE PROFESIONALES DE COLOMBIA “COOMEVA” y SERCOFUN LTDA FUNERALES LOS OLIVOS, se encuentra lo siguiente: El Juzgado Séptimo Laboral Adjunto de Descongestión del Circuito de Cali, en sentencia del 31 de agosto de 2010, declaró la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre las partes y condenó a la demandada al pago de cesantías, intereses sobre cesantía con su correspondiente sanción, primas de servicio, vacaciones y aportes en pensión al fondo Horizonte; absolvió de las demás pretensiones y la condenó en costas.

El Tribunal Superior de Cali - Sala de Descongestión Laboral, al desatar el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, en fallo del 17 de noviembre de 2010, resolvió modificar la sentencia recurrida adicionándola en el numeral tercero, imponiendo sanción por no pago de prestaciones sociales hasta el 10 de julio de 2009 e intereses moratorios a partir del día siguiente.

Las entidades demandadas, presentaron recurso de casación mediante apoderado judicial (folio 22) y a la vez solicitaron corrección de la sentencia, toda vez que en la parte resolutiva se hizo referencia a una persona que no corresponde a la demandante. El Tribunal en auto de 18 de febrero del año que avanza, se pronunció respecto del recurso de casación impetrado por la parte demandada y ordenó la remisión de las diligencias a esta Corporación, omitiendo resolver la petición de corrección de la providencia. Por lo anterior, SE

RESUELVE

DEVOLVER el expediente al Tribunal de origen para que se corrija, a la mayor brevedad, la omisión en que incurrió.

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