-?cpút6Cica de Colombia 'a? Corte Suprema de justicia Saca de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: JAIME ALBERTO ARRUBLA PAULAR Bogotá, D. C., once (11) de agosto de dos mil nueve (2009). Referencia: Expediente C-5057331890012003-00103-01 Se acepta el impedimento manifestado por el magistrado, doctor PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA, para separarse del conocimiento del proceso radicado bajo el número de la referencia, toda vez que lo por él expuesto en auto de 29 de julio del año en curso, en cuanto a • amistad se refiere, respecto del apoderado sustituto de la parte demandada, se subsume en la causal prevista en el artículo 150, numeral 9 0 del Código de Procedimiento Civil.
No hay lugar a integrar la Sala, mediante el sorteo de conjuez, en consideración a que la pluralidad mínima exigida en la ley para adoptar decisiones, no se ve afectada (artículo 54, in fine, ley 270 de 1996). En firme este proveído vuelva el ' expediente al despacho para lo pertinente. r dtARTÑ,DfAZ RUEDA 1¿epú6Cica de Colombia Corte Suprema de Justicia Saca d Casación Civil
NOTIFÍQUESE WILLIAM NAMÉN VARGAS JAIME/ALBERTO AVRUB ARTURO SOLARRODRÍGUEZ CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE EDGARDO VILLAMIL POR1N LLA JAAP. C-5057331890012003-00103-01 2