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50038(15-12-15)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2015

Magistrado ponente: Clara Cecilia Dueñas Quevedo

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 50038 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente Radicación n.° 50038 Acta 45 Bogotá, D. C., quince (15) de diciembre de dos mil quince (2015). Se pronuncia la Corte frente al informe secretarial que antecede, en el cual se afirma que «el Departamento de Sistemas de esta Corporación, no registro (sic) dentro del presente recurso en el Sistema de Gestión Siglo XXI la actuación “cambio de término”».

Mediante auto de 5 de abril de 2011 se ordenó enviar el expediente al Tribunal de Origen para que se pronunciara «con relación a todos los recursos de casación formulados» y, una vez lo anterior, fuera devuelto a esta Corporación para lo pertinente. Cumplida la orden antes referida, se dio como finalizado el presente asunto en el Sistema de Gestión Siglo XXI; no obstante, a su reingreso, el 29 de junio de 2011, se omitió activarlo nuevamente.

Pese a lo anterior, todas y cada una de las actuaciones que se surtieron dentro del mismo fueron debida y legalmente notificadas a las partes así: · Auto de 12 de julio de 2011, mediante el cual se admite la demanda o recurso y se ordena correr traslado al recurrente, notificado mediante estado de 13 de julio de 2011. · Inicio traslado al recurrente 19/07/2011 · Retiro del expediente 21/07/2011 · Devuelto expediente con demanda 18/08/2011 · Al despacho para calificar demanda 18/08/2011 · Auto de 30 de agosto de 2011, mediante el cual se califica la demanda y se ordena correr traslado al opositor, notificado mediante estado de 31 de agosto de 2011. · Inicio traslado al opositor 06/09/2011 · Retiro expediente 13/09/2011 · Devuelto expediente con oposición 20/09/2011 · Recibido sustitución de poder 20/09/2011 · Al despacho para resolver 20/09/2011 · Auto de 19 de octubre de 2011, mediante el cual se reconoce personería y ordena correr traslado al opositor, notificado mediante estado de 20 de octubre de 2011. · Inicio traslado al opositor 25/10/2011 · Retiro expediente 27/10/2011 · Devuelto expediente con oposición 24/11/2011 · Al despacho para fallo 28/11/2011 · Cambio de magistrado 20/09/2013 · Auto de 17 de octubre de 2014, mediante el cual se ordena correr traslado al Instituto de Fomento Industrial en Liquidación como recurrente, notificado mediante estado de 23 de octubre de 2014. · Inicia traslado recurrente(s) 06/11/2014 · Retiro expediente 10/11/2014 · Recibido expediente con demanda 03/12/2014 · Al despacho 02/02/2015 · Auto de 11 de marzo de 2015, mediante el cual se califica la demanda y ordena correr traslado a los opositores estado 13 marzo de 2015 · Inicio traslado al opositor 04/05/2015 · Recibida demanda u oposición 28/05/2015 · Al despacho 14/07/2015 Ahora bien, de acuerdo al informe que hizo alusión en precedencia, aun cuando no se registró la suspensión de términos procesales ordenada mediante Acuerdos PSAA15-10341 del Consejo Superior de la Judicatura y 037 de 2015 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, entre el 11 y el 15 de mayo de 2015, se evidencia que la demandada Álcalis de Colombia Liquidada, presentó escrito de oposición, incluso antes de que se venciera el término que inicialmente se le concedió para tal efecto, lo que conlleva la no afectación del debido proceso de las partes.

En consecuencia, en respeto a los principios celeridad y economía procesal, se ordena continuar con el trámite que corresponda, esto es, con el traslado al opositor José Antonio Cuadrado Rincón, de conformidad con lo ordenado en auto de 4 de mayo de 2015. Finalmente, se ordena que por Secretaría se proceda a oficiar al área de sistemas a fin de que se efectúe la modificación del estado del asunto a «activo».

Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 5