SALA DE CASACION LABORAL 19 Expediente 50001 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente Radicación No. 50001 Acta No.024 Bogotá, D.C., veintiséis (26) de julio de dos mil once (2011). El apoderado judicial de WILLIAM CARRASCAL ALVÁREZ (q.e.p.d.) en escrito que obra a folios 10 y 11 del cuaderno de la Corte, DESISTE del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia del 22 de septiembre de 2010, proferida por el Tribunal Superior de Cúcuta, dentro del proceso ordinario laboral promovido por el demandante recurrente contra la empresa Telecom en Liquidación y/o Patrimonio Autónomo de Remanentes PAR, Consorcio Fiduagraria S.A. y Fidupopular S.A. y Fiduciaria La Previsora S.A., Fiduprevisora S.A., Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P., la Nación – Ministerio de Comunicaciones, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de la Protección Social.
En los términos de los artículos 342, 344 y 345 del C.P.C., aplicables por remisión del artículo 145 del C.P.L. y de la SS, y teniendo en cuenta que quien hace la solicitud está autorizada expresamente para el efecto, la misma debe admitirse. Ahora, como de conformidad con la última de preceptivas citadas, habría necesidad de condenar en costas, sin embargo, la Sala se abstendrá de imponerlas, habida cuenta que revisada la actuación procesal propia del recurso extraordinario, no se causaron en los términos de los artículos 392 y 393 ibídem.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: 1º) ADMITIR EL DESISTIMIENTO, presentado por el apoderado del demandante. 2º) ABSTENERSE de condenar en costas conforme a lo expresado en la parte motiva. 3º) Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO República de Colombia � Corte Suprema de Justicia PAGE 2