CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Oscar Mauricio Avella Pérez ING Pensiones y Cesantías República de Colombia Corte Suprema de Justicia Oscar Mauricio Avella Pérez ING Pensiones y Cesantías 2 República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Acta No. 26 Radicación: No. 49109 Bogotá D.C., nueve (9) de agosto de dos mil once (2011).
La demanda con la que se pretende sustentar el recurso, visible a folios 4 a 7 del cuaderno de la Corte, no cumple con los requisitos exigidos en los artículos 90 y 91 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y establecido por la jurisprudencia laboral. En el presente caso, se observa que no se expone el alcance de la impugnación, en el que indique si lo que se pretende con la demanda es que se case de forma total o parcial la providencia atacada y se tampoco se menciona lo que se aspira en instancia; en consecuencia, dada la naturaleza rogada de este recurso extraordinario, no puede la Corte entrar a suplir esta falencia, toda vez que el alcance de la impugnación fija el derrotero de la actuación de esta corporación y le señala su competencia. Aunado a lo anterior, carece de proposición jurídica pues no indica el precepto legal sustantivo de orden nacional que estima violado y tampoco indica la vía de ataque ni el concepto de la violación, esto es, si es por la directa o la indirecta y, en el primero de los casos, si la trasgresión de la ley se dio por infracción directa, aplicación indebida o por interpretación errónea.
Por último, no contiene la sustentación del cargo exigida por la norma y no indica la causa del posible yerro cometido por el ad quem que conduciría a la presunta violación alegada, obligación a la cual falta irreparablemente la censura, sin que le sea dable a la Sala superar tal deficiencia, puesto que de hacerlo actuaría como una tercera instancia no prevista en la ley, afectando el derecho al debido proceso de las partes.
Como si lo anterior fuera poco, su discurso se asemeja a un alegato propio de instancias, situación que proscribe el artículo 91 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. Por lo anterior y conforme lo dispone el artículo 65 del Decreto Ley 528 de 1964, se declarará desierto el recurso al no reunir el escrito presentado los requisitos mínimos de ley.
Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral, declara desierto el recurso extraordinario presentado por el apoderado de Oscar Mauricio Pérez, contra la sentencia proferida el 11 de agosto de 2010 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, dentro del proceso ordinario laboral que el recurrente sigue contra el ING Pensiones y Cesantías.
Devuélvase el expediente al Tribunal. Notifíquese y cúmplase. JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ gNECCO mENDOZA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO