SALA DE CASACION LABORAL 19 Expediente 48562 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS. Magistrado Ponente Radicación No. 48562 Acta No.008 Bogotá, D.C., quince (15) de marzo de dos mil once (2011). El apoderado judicial de HUMBERTO HENAO JIMÉNEZ, en el escrito que obra a folio 3 del cuaderno de la Corte, con la coadyuvancia de la parte demandada, DESISTE del recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín el 29 de julio de 2010, dentro del proceso promovido por el recurrente contra la sociedad COMPLEMENTOS HUMANOS S.A., por haber llegado las partes a un acuerdo transaccional.
En los términos de los artículos 342 y 345 del C.P.C., aplicables por remisión del artículo 145 del C.P.L. y de la SS, la solicitud debe admitirse. Ahora, como de conformidad con el artículo 345 del C.P.C., habría necesidad de condenar en costas, la Sala se abstendrá de realizar esta condena, habida cuenta que revisada la actuación procesal propia del recurso extraordinario, no se causaron en los términos de los artículos 392 y 393 ibídem.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: 1º) ADMITIR EL DESISTIMIENTO, presentado por el apoderado del demandante. 2º) ABSTENERSE de condenar en costas conforme a lo expresado en la parte motiva. 3º) Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECC MENDOZA CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO República de Colombia � Corte Suprema de Justicia PAGE 2