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46256(30-08-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2011

Magistrado ponente: Jorge Mauricio Burgos Ruiz

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE 2 Auto Reposición Exp. No. 46256 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ Referencia: Expediente No. 46256 Recurso de Reposición Acta No. 29 Bogotá, D.C., treinta (30) de agosto de dos mil once (2011) Sería ésta la oportunidad para que la Corte procediera a resolver el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la parte demandante-opositora contra el auto dictado el diecinueve (19) de julio de dos mil once (2011), por el cual la Sala determinó que la demanda de casación presentada por la recurrente FUNDACION UNIVERSITARIA SAN MARTIN, reúne los requisitos formales de ley y ordena el respectivo traslado al opositor, dentro del proceso ordinario que adelantó en su contra Jaime Silva Salgar y, a ello se procedería sino fuera porque observa la Corte que el auto que se pretende recurrir fue proferido el 19 de julio de 2011 (fl.23), notificado por anotación en el Estado No.112 el 21 de julio de 2011 (fl.23 vto), por tanto la interposición del recurso de reposición debía ser dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación, es decir hasta el 25 de julio inclusive, conforme lo señala el artículo 63 del C.P. del T y SS., que preceptúa: “ARTICULO   63. -Procedencia del recurso de reposición. El recurso de reposición procederá contra los autos interlocutorios, se interpondrá dentro de los dos días siguientes a su notificación cuando se hiciere por estados….” Por tanto, al haber presentado el recurrente su escrito de impugnación el día 26 de julio de 2011 (fl. 24-25), resulta a todas luces extemporáneo y por lo mismo habrá de rechazarse.

En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE:

PRIMERO: RECHAZAR por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la parte demandante-opositora contra el auto dictado el el diecinueve (19) de julio de dos mil once (2011).

SEGUNDO: PROSEGUIR el trámite respectivo dentro del presente proceso. Notifíquese y cúmplase. JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA Luis GABRIEL MIRANDA BUELVAS cARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO 2