SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 45237 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Acta N° 14 Radicación N° 45237 Bogotá D.C., cuatro (04) de mayo de dos mil diez (2010). Resuelve la Corte sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por el señor MARIO USME contra la sentencia de 29 de octubre de 2009, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso que el recurrente instauró contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES –ISS-.
I.
ANTECEDENTES El demandante inició proceso ordinario laboral contra el ISS, con el fin de que fuera condenado a reconocerle y pagarle, a partir del 1 de noviembre de 2003, el incremento pensional del 14% a que tiene derecho por su cónyuge y a los intereses moratorios consagrados en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993. Correspondió el conocimiento del proceso al Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Bogotá, el cual, mediante sentencia de 17 de junio de 2009, absolvió al ISS y declaró probada la excepción de prescripción. Apeló únicamente la parte demandante, y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en sentencia de 29 de octubre de 2009, confirmó la absolución declarada por el juzgado.
Dentro del término legal, el demandante interpuso el recurso extraordinario de casación, que le fue concedido por dicha Sala en auto de 10 de febrero de 2010, al considerar que tenía interés jurídico para ello, pues se trata de pretensiones que tienen incidencia a futuro. II. CONSIDERACIONES Esta Sala de la Corte ha fijado como derrotero para determinar la viabilidad en la concesión y admisión del recurso extraordinario de casación, tratándose del demandante, el valor de las pretensiones impetradas en la demanda inicial, respecto de las cuales éste no haya perdido interés. En el presente caso, las pretensiones son el aumento del 14% sobre la pensión mínima, por ser la cónyuge del demandante dependiente económicamente de éste, y los intereses moratorios consagrados en el artículo 141 de la ley 100 de 1993; así las cosas, el interés jurídico para recurrir en casación del demandante, efectuadas las operaciones aritméticas correspondientes, asciende a la suma de $19`092.175 por concepto del incremento pretendido, causado y futuro.
De igual manera, sumando los intereses moratorios reclamados, lo pretendido totaliza $21´889.135, suma notoriamente inferior a 120 salarios mínimos mensuales legales del año 2009. Los anteriores cálculos están reflejados en el siguiente cuadro: Ahora bien, la Ley 712 de 2001 en su artículo 43, dispuso que sólo serán susceptibles del recurso extraordinario de casación los procesos cuya cuantía exceda de 120 veces el salario mínimo legal mensual vigente, que para el año en que se profirió la sentencia de segunda instancia, sumaban $59´638.722.
Visto lo anterior, se INADMITIRÁ el recurso de casación de la referencia. Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, III.
RESUELVE
PRIMERO: INADMITIR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de 29 de octubre de 2009, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso que MARIO USME instauró contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES –ISS-. SEGUNDO.- DEVOLVER el expediente al Tribunal de origen.
Notifíquese y cúmplase, Eduardo López Villegas elsy del pilar cuello calderón GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO