Micelio
43745(21-09-10)-NACorte Suprema de Justicia · Sala Laboral2010

Magistrado ponente: Eduardo Adolfo López Villegas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 3 Rad. No. 43745 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Acta No. 34 Radicación No.43745 Bogotá D.C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil diez (2010). Visto el informe secretarial que obra a folio 11 de este cuaderno, encuentra la Sala que la demanda de casación fue presentada por fuera del término otorgado en la ley, esto es, vencidos los 30 días a que hace referencia el artículo 64 del Dto. 528 de 1964, ello por cuanto el libelo fue presentado el 26 de julio de 2010 y el término para que su radicación en la Corte fuera oportuno vencía el 23 de julio de 2010.

Por lo anterior, como no era procedente calificar la demanda de casación por ser extemporánea, esta Sala dejará sin efecto el auto de 3 de agosto de 2010 y en su lugar se declarará desierto el recurso. Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer personería a la doctora Margarita Lucía Ruiz Velasco con tarjeta profesional No.143.651, para actuar en nombre de la Dirección Nacional de Estupefacientes, de conformidad con el poder obrante a folio 14 de este cuaderno.

SEGUNDO: Dejar sin efecto el auto de 3 de agosto de 2010 que calificó la demanda de casación presentada por la apoderada del señor Rubén Medina.

TERCERO: Declarar DESIERTO el recurso de casación interpuesto por el señor Rubén Medina contra la sentencia de 20 de agosto de 2009, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca.

CUARTO: Una vez en firme la presente providencia, devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese, y Cúmplase, EDUARDO López Villegas ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO