CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sentencia de Instancia Nº 43430 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL SENTENCIA DE INSTANCIA Magistrado Ponente: GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Radicación No. 43430 Acta No. 16 Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de mayo de dos mil once (2011). Se pronuncia la Corte en instancia sobre el proceso ordinario laboral promovido por PEDRO YANEZ BERMEJO contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
I.
ANTECEDENTES En sentencia de 21 de septiembre de 2010, esta Sala de la Corte casó la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala Laboral, proferida el 22 de mayo de 2009. Antes de plasmar las consideraciones de instancia, se dispuso librar oficio al Instituto de Seguros Sociales para que certificara, con aportación de los documentos necesarios, el número de semanas cotizadas por el demandante para los riesgos de invalidez, vejez y muerte, entre el 12 de agosto de 1974 y el 12 de agosto de 1994.
Con oficio de 20 de diciembre de 2010, el Instituto de Seguros Sociales remitió la información requerida (folios 35 a 40, cuaderno de la Corte). Los documentos allegados por el Instituto de Seguros Sociales permiten inferir que el señor PEDRO YANEZ BERMEJO cotizó 331,14 semanas en toda su historia laboral (folio 40, cuaderno de la Corte), y que entre el 12 de agosto de 1974 y el 12 de agosto de 1994 sólo cotizó 50,14 semanas (folios 38 a 40, cuaderno de la Corte), por lo cual no cumple con el requisito exigido por el literal b) del artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el artículo 1 del Decreto 758 de 1990, para ser acreedor de la pensión de vejez implorada, consistente en 500 semanas de cotización pagadas durante los últimos 20 años anteriores al cumplimiento de los 60 años de edad, y tampoco la cantidad de 1000 semanas de cotizaciones, sufragadas en cualquier tiempo, lo que obliga a confirmar la sentencia absolutoria del Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla, de fecha 5 de octubre de 2007.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en sede de instancia, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia absolutoria del Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla, de fecha 5 de octubre de 2007. CÓPIESE,
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y DEVUÉLVASE EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE ORIGEN. GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO PAGE 2