SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia RECURSO DE QUEJA No. Rad. 43245 LUIS ENRIQUE ESTRADA VILLADA VS. ISS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Radicación No. 43245 Acta No.17 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de mayo de dos mil diez (2010).
Resuelve la Corte el recurso de queja presentado por la apoderara de la parte demandante contra el auto del 5 de agosto de 2009, mediante el cual el Tribunal Superior de Medellín denegó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia. SE CONSIDERA De conformidad con la constancia secretarial del Tribunal Superior de Medellín, visible al folio 7 del cuaderno en que actúa la Corte, las copias del expediente solicitadas por la apoderada de la parte demandante, fueron entregadas el 9 de noviembre de 2009.
De acuerdo con el artículo 378, inciso 6 del C.P.C., el recurso de queja debe formularse ante el superior dentro de los 5 días siguientes al recibo de las copias, cuya pretermisión conlleva a declarar precluida su procedencia, tal como lo dispone el inciso 7° del citado precepto. Indica lo anterior, que el recurso de queja en el asunto bajo examen debió ser presentado ante esta Corporación el 17 de noviembre de 2009. sin embargo, según lo informa la Secretaría de la Sala, el recurso de queja fue recibido en esta Corporación por correo el día 18 de noviembre de 2009, es decir, por fuera del término legal.
Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia
RESUELVE
PRIMERO: Declarar precluida la procedencia para la formulación del recurso de queja en este asunto.
SEGUNDO: Devuélvase la actuación surtida al Tribunal de origen.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO 3