Micelio
41577(29-07-13)IMPCorte Suprema de Justicia · Sala Penal2013

Magistrado ponente: Gustavo Enrique Malo Fernández

Ley 600 de 2000

Proceso No 19983 República de Colombia Revisión N° 41.577 JHON DEVINSON LÓPEZ RONDÓN Corte Suprema de Justicia República de Colombia Revisión 41.577 JHON DEVINSON LÓPEZ RONDÓN Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ Aprobado Acta N° 241. Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil trece (2013).

V I S T O S Decide la Corte sobre el impedimento expresado por varios de los Magistrados de la Sala, quienes en virtud del presente asunto invocan la causal prevista en el numeral 6° del artículo 99 de la Ley 600 de 2000. A N T E C E D E N T E S El 13 de junio de 2013, el apoderado de JHON DEVINSON LÓPEZ RONDÓN, quien fue condenado por los delitos de obtención de documento público falso y falsedad en documento privado, presentó demanda con el fin de promover acción de revisión en contra de las decisiones que pusieron fin al proceso adelantado en contra de aquél, a saber: sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Bucaramanga (Santander), el 27 de septiembre de 2010, y fallo de segundo grado proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad, el 25 de noviembre del mismo año. Adicionalmente, se tiene el auto emitido por esta Corte el 13 de abril de 2011, por medio del cual inadmitió la demanda de casación promovida por la defensa de LÓPEZ RONDÓN. Dicho pronunciamiento fue firmado por seis de los nueve Magistrados que integraban la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para ese momento.

Tres de ellos, los doctores JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO y MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ, en manifestación efectuada el 18 de junio de 2013, se declararon impedidos para conocer del presente asunto, apoyados en la causal 6ª del artículo 99 del Código de Procedimiento Penal de 2000, prevista, entre otras razones, para cuando el funcionario judicial “hubiere participado dentro del proceso ”.

En consecuencia, se nombraron como Conjueces, en reemplazo de los Magistrados que expresaron su impedimento, los doctores ABEL DARÍO GONZÁLEZ SALAZAR, RICARDO POSADA MAYA y CARLOS ROBERTO SOLÓRZANO GARAVITO, quienes tomaron posesión de su cargo. CONSIDERACIONES DE LA CORTE En primer término, debe señalarse que en este caso se aplican las normas respectivas de la codificación procesal penal de 2000, por ser la que rigió el proceso impulsado en contra del accionante JHON DEVINSON LÓPEZ RONDÓN. Ahora bien, de entrada se evidencia que los Magistrados que han manifestado su impedimento para conocer del presente asunto, el 13 de abril de 2011 suscribieron la providencia mediante la cual se decidió inadmitir la demanda de casación formulada por el defensor de LÓPEZ RONDÓN en contra de las sentencias de las instancias, a través de las cuales su representado fue condenado por las conductas punibles de obtención de documento público falso y falsedad en documento privado.

Lo anterior, sin lugar a dudas, permite estructurar la causal de impedimento consagrada en el numeral 6° del artículo 99 de la Ley 600 de 2000, el cual prevé que la misma se configura cuando “ …el funcionario… hubiere participado dentro del proceso”. Significa lo anotado, que le asiste razón a los Magistrados que han exteriorizado su impedimento para conocer de la presente acción de revisión, situación que, por lo tanto, impone aceptar la declaración que en tal sentido han emitido, con base en el citado precepto.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, R E S U E L V E ACEPTAR el impedimento expresado por los Magistrados JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO y MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ, a quienes, en consecuencia, se les separa del conocimiento del asunto. Comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ Magistrado ABEL DARÍO GONZÁLEZ SALAZAR GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ Conjuez Magistrado RICARDO POSADA MAYA LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Conjuez Magistrado CARLOS ROBERTOSOLÓRZANO GARAVITO JAVIER DE JESÚS ZAPATA ORTIZ Conjuez Magistrado Nubia Yolanda Nova García Secretaria 14