CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Reposición Rad.No.41242 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación Nº 41242 Magistrada Ponente: CAMILO TARQUINO GALLEGO Acta No. 09. Bogotá D.C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil diez (2010). Se pronuncia la Corte sobre el recurso de reposición, interpuesto contra el auto del 18 de noviembre de 2009, mediante el cual se declaró desierto el de casación, formulado contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 20 de marzo de 2009, por cuanto “ no fue sustentado en su oportunidad”.
La apoderada de FABIO QUIMBAY GUERRERO explica que presentó la demanda dentro del término de ley, amén de que “se retiró el día 16 de septiembre del año 2009 y contados los treinta días hábiles se vencían el 29 de octubre del año 2009, fecha en el cual (sic) se radicó el recurso de casación (…)”. Al respecto se observa que, al reverso del folio 3 del cuaderno principal, aparece la anotación de la Secretaría de la Sala, de 16 de septiembre de 2009, en la que se señaló que “desde hoy a las ocho de la mañana queda el expediente a disposición de la parte recurrente (…) por el término de treinta (30) días hábiles surtiéndose el traslado ordinario”.
Así las cosas, la recurrente contaba hasta el 28 de octubre de 2009 para presentar la demanda de casación, en virtud de lo dispuesto por el artículo 64 del Decreto 528 de 1964, lo que no aconteció, tal como lo resaltó en su escrito, y como da cuenta la constancia secretarial a folio 13 del cuaderno principal. En consecuencia, se mantendrá el auto recurrido.
Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE NO REPONER el auto proferido el 18 de noviembre de 2009, por medio del cual se declaró desierto el recurso de casación, por falta de sustentación oportuna, en el proceso ordinario promovido por FABIO QUIMBAY GUERRERO contra CAMILO ANTONIO BERNAL DÍAZ.
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE CAMILO TARQUINO GALLEGO ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE 2