Micelio
41139(06-03-12)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2012

Magistrado ponente: Elsy Del Pilar Cuello Calderón

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No.41139 FRANKLIN DE JESUS OSPINO COTT Vs. TELESANTAMARTA S.A. E.S.P. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Radicación No. 41139 Acta No. 07 Bogotá D.C., seis (6) de marzo de dos mil doce (2012).

Se pronuncia la Sala sobre la solicitud de aceptación de la conciliación realizada entre las partes del proceso que adelanta FRANKLIN DE JESUS OSPINO COTT contra la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE SANTA MARTA E.S.P. EN LIQUIDACIÓN TELESANTAMARTA S.A. E.S.P., y el consecuente desistimiento del recurso extraordinario de casación que presentó el demandante.

El apoderado del actor allegó copia del acta de conciliación realizada ante el Ministerio de la Protección, Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social del Magdalena, el 23 de enero de 2012, donde los apoderados de las partes acordaron: “1. El comité Fiduciario del PAR, según Actas 70 del 8 de junio de 2011 y 75 del 28 de septiembre de 2011, autorizó conciliar la pretensión de indemnización por despido prevista en la convención colectiva de trabajo y su indexación, conforme a lo previsto en el parágrafo 1º, numeral 6º de la cláusula 7ª de la Escritura Pública 4163 del 12 de agosto de 2011, antes mencionada. 2.

Así las cosas, el Consorcio de Remanente TELECOM, integrado por FIDUAGRARIA S.A. y FIDUCIAR S.A., administrador del PATRIMONIO AUTONOMO DE REMANENETES DE TELECOM- PAR, por contar con autorización del Comité Fiduciario 79, decide conciliar el pago de la indemnización por despido convencional una suma de CIENTO DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS MCTE.

($102.823.394.oo), monto debidamente indexada (sic) a la fecha de suscripción del presente acuerdo conciliatorio. 3. Las partes concilian totalmente la pretensión referente a la indemnización por despido convencional solicitada dentro del proceso ordinario laboral que se inició en el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta con radicación No 2004-006668-00 y hoy en día cursa en Casación en la Corte Suprema de justicia –Sala Laboral a cargo de la Magistrada ponente Dra. ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERON, con radicación No.47001310500420040066801.

De FRANKLIN DE JESUS OSPINO COTT, contra PAR TELECOM y/o TELESANTAMARTA EN LIQUIDACIÓN, sin que haya lugar a costas procesales por este concepto”. La conciliación reseñada según documento obrante a folios 26 a 32 satisface los requisitos legales, de modo que la Sala accederá a la petición, pues es claro el demandante al plasmar en el acta su intención de desistir del proceso, lo cual incluye el recurso de casación que se encuentra en trámite, por ser inherente al mismo; además, de conformidad con lo acordado, no se impondrán costas.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

PRIMERO. - ACEPTAR la conciliación suscrita por las partes, a través de sus apoderados, sobre la totalidad de las cuestiones debatidas en el presente proceso, el cual, por consiguiente se declara terminado.

SEGUNDO: Sin costas, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.

TERCERO: Remitir el expediente al Tribunal de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN JORGE MAURICIO BURGOS RUÍZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO PAGE 4