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40491(27-05-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2009

Magistrado ponente: Isaura Vargas Diaz

Decreto 196 de 1971

República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE 2 República de Colombia Inadmisión 40491 Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Magistrada ponente: ISAURA VARGAS DIAZ Radicación No. 40491 Acta No. 020 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil nueve (2009). Se resuelve sobre la procedencia del recurso de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, el 10 de diciembre de 2008, en el proceso que instauró LIGIA MARGARITA MENESES MENESES contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.

I.

ANTECEDENTES El Tribunal concedió el recurso de casación por haber considerado que existe, para la parte demandante, interés jurídico para recurrir, de conformidad con lo instituido en el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Como quiera que uno de los presupuestos de validez de los recursos judiciales es el de la legitimación adjetiva, en su proposición, debe decirse que no aparece en el expediente constancia de la presentación personal del poder otorgado al señor EDUARDO CANTILLO ROMERO, en ejercicio del cual se pretendió interponer el recurso de casación, ni que se hubiese acreditado en su momento la calidad de abogado, en los términos establecidos en los artículos 22 del Decreto 196 de 1971 y 65, 67 y 84 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a los juicios del trabajo por la remisión de que trata el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

La anterior circunstancia la ponen de presente los escritos visibles a folios 43 y 44 del cuaderno del tribunal. En consecuencia, no es dable admitir el recurso extraordinario por falta de legitimación de quien en nombre de la parte demandante lo planteó. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: Inadmitir el recurso de casación interpuesto en nombre de LIGIA MARGARITA MENESES MENESES contra la sentencia dictada el 10 de diciembre de 2008 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, en el proceso que promovió contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase, ISAURA VARGAS DIAZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERON GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA EDUARDO LOPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GOMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO