CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No. 40240 SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación No. 40240 Acta No. 27 Bogotá, D.C., catorce (14) de julio de dos mil nueve (2009). Se procede a resolver sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior de Montería, Sala Civil Familia Laboral de Decisión, el 18 de diciembre de 2008, dentro del proceso ordinario laboral promovido por Fernel Negrete Petro en contra de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en Liquidación, y del Banco Agrario.
ANTECEDENTES El ad quem condenó a la demandada a pagar al actor las siguientes cantidades: a) $3.057.693 por concepto de indemnización, “ valor que deberá ser indexado a partir del 29 de junio de 2000 y hasta el momento en que se produzca el pago”. b) $7.285.740 por concepto de salarios causados hasta el 3 de diciembre de 2000, “ valor que deberá ser indexado a partir del 4 de diciembre de 2000 y hasta el momento en que se produzca su pago”.
El ad quem, para conceder el recurso, recordó que éste procedía, para el año 2008, en los procesos cuya cuantía excediera de $55.380.000, y manifestó que “… basta efectuar la operación aritmética respectiva para concluir lo anterior, puesto que accedería el valor anotado teniendo en cuenta que las condenas concedidas, superan la cuantía anotada, toda vez que, se han de indexar a partir del año 2000….”.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE Erró el Tribunal en la concesión del recurso extraordinario, pues al efectuarse las operaciones respectivas para determinar la indexación, de un lado, de la cantidad de $3.057.693, desde el 29 de junio de 2000 y, de otro, de $7.285.740, desde el 3 de diciembre del mismo año, ambas hasta el 18 de diciembre de 2008, data del fallo de segunda instancia, se obtienen las cantidades de $1.956.562.49 y $4.520.677.11 respectivamente, para un total, por indexación de $6.477.239.61, y un gran total de condenas más indexación por valor de $16.820.672.61, lo cual implica que la demandada carecía de interés para recurrir en casación, por cuanto el agravio que le causaba el fallo no superaba los $55.380.000 mencionados por el colegiado en el auto que concedió el recurso, lo cual conlleva la inadmisibilidad del mismo.
Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE 1. Declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en Liquidación. 2. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA DINORA CECILIA DURÁN NORIEGA Secretaria PAGE 4