CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 2 Rad. 39974 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORALPRIVATE MAGISTRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Radicación No. 39974 Acta No. 41 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de octubre de dos mil nueve (2009). Resuelve la Corte el recurso de reposición contra el auto de 15 de septiembre de 2009, en el cual se inadmitió el recurso de casación interpuesto por OMIMEX DE COLOMBIA LTDA. contra la sentencia de 31 de julio de 2008 proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario adelantado por Marbeluz del Carmen Castilla Bravo, Guido Cianci Lora, Luís Eduardo Cifuentes Galeano, Luz Myriam Contreras Escobar, Aniceto Cuero Cuero, Jorge Adalberto Chávez Méndez, Fernando Chiquillo Olivieri, Ernesto García Rojas, Jorge Alonso García, Valentín Gómez Sierra, Henry Alberto Hermosa Valencia, Néstor Porfirio Hernández, Gilberto Herrera Ceballos, Ever Jiménez García, Heli León Ortiz, Rafael Montealegre Moure, Carlos Alcides Montes Gutiérrez y Maria Luisa Pedraza Hernández, contra la recurrente.
I.
ANTECEDENTES El apoderado de la recurrente, interpuso reposición contra el auto que inadmitió el recurso de casación, para que “ sea una nueva oportunidad para que esa ilustre Corporación revise la condena del fallador de primer grado confirmada por el ad quem que supera el mínimo legal en cuanto al interés jurídico en relación con la cuantía, en aras de la aplicación correcta de las normas legales… ”.
II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Como en la sustentación del recurso sólo se presenta una inconformidad sin señalar la causa o el error de la providencia objetada, no encuentra la Sala materia sobre la cual resolver. Por lo anterior, no se repondrá el auto inadmisorio recurrido. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E:
PRIMERO: No reponer el auto de 15 de septiembre de 2009.
SEGUNDO: Devolver el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Notifíquese y Cúmplase, Eduardo López Villegas ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO