Micelio
39115(11-08-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2009

Magistrado ponente: Elsy Del Pilar Cuello Calderón

SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Reposición Rad.No.39115 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación Nº 39115 Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Acta No.31 Bogotá D.C., once (11) de agosto de dos mil nueve (2009). Se pronuncia la Corte sobre el recurso de reposición, interpuesto contra el auto del 24 de junio de 2009, mediante el cual se declaró desierto “ por falta de sustentación oportuna ”, el de casación, formulado contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 25 de octubre de 2008.

El apoderado sustituto del INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL IFI CONCESIÓN SALINAS, explica que el auto del 2 de junio de 2009, por medio del cual se le reconoció personería jurídica para actuar, no se notificó como correspondía, pues en el estado 090, del día siguiente, aparece como parte el “ INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL IFI (EN LIQUIDACIÓN) ”, entidad diferente al “ IFI CONCESIÓN SALINAS la cual es en realidad la demandada dentro del presente proceso ”.

Al respecto se observa que el estado 090, fijado en la Secretaría de la Sala el 3 de junio de 2009, si bien, en la columna del recurrente se consignó el nombre del “ INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL IFI EN LIQUIDACIÓN ” y no se agregó como correspondía “ CONCESIÓN SALINAS ”, es un error que no tiene trascendencia ni puede afectar dicha actuación, porque en las otras columnas se precisó, en forma correcta, el número único de radicación del proceso “ 11001310501520050092901 ”, el número interno, “ 39115 ”, el nombre del opositor, “ NESTOR LUIS URREA BELTRÁN ”, y el del despacho al cual correspondió la ponencia; luego se despeja cualquier duda y se advierte que la notificación surtió sus efectos (fls. 40 a 50).

En consecuencia, se mantendrá el auto recurrido. Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE NO REPONER el auto proferido el 24 de junio de 2009, por medio del cual se declaró desierto el recurso de casación, por falta de sustentación oportuna, en el proceso ordinario promovido por NESTOR LUIS URREA BELTRÁN contra el INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL IFI CONCESIÓN SALINAS.

NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO 3