Micelio
39028(29-11-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2011

Magistrado ponente: Jorge Mauricio Burgos Ruiz

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte suprema de Justicia PAGE 3 Aclaración y Adición de Sentencia Rad. 39028 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ Referencia: Expediente No. 39028 Acta No. 40 Bogotá, D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil once (2011). Estando dentro del término de ejecutoria, procede la Sala a adicionar y corregir el auto proferido el 25 de octubre de 2011, de conformidad con los artículos 309 y 310 del C.P.C., así: Se aclara, que se inadmitió el recurso extraordinario presentado por la parte demandada recurrente -BANCO POPULAR-, dentro del proceso instaurado por CONSUELO DEL CARMEN AGUIRRE LOPEZ contra el BANCO POPULAR y otro, y no, como quedó señalado, INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.

Y se adiciona en el sentido de que se declarará la nulidad de todo lo actuado a partir del auto proferido el 17 de marzo de 2009, por medio del cual se admitió el recurso extraordinario de casación, dada la falta de interés. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE Aclarar el auto de fecha 25 de octubre de 2011, la presentada por la apoderada de la parte demandante en el proceso de la referencia, en el sentido de aclarar que se inadmitió el recurso de casación al BANCO POPULAR S.A, dentro del proceso instaurado por CONSUELO DEL CARMEN AGUIRRE LOPEZ contra el BANCO POPULAR y otro; adicionar el mencionado auto en el sentido de declarar la nulidad de todo lo actuado desde el auto proferido el 17 de marzo de 2009, por medio del cual se admitió el recurso extraordinario de casación. Notifíquese y cúmplase.

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVOJOSÉGNECCO MENDOZA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO