CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1 República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad.38247 SIERVO DE DIOS QUINTERO HERRERA vs. REPÚBLICA DE COREA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Rad No.38247 Acta No.06 Bogotá, D. C., diecisiete (17) de febrero de dos mil nueve (2009).
La Sala, mediante auto del 9 de diciembre de 2008, admitió la demanda de SIERVO DE DIOS QUINTERO HERRERA, contra la Embajada de la República de Corea, para tramitarla por el procedimiento verbal de única instancia, para lo cual se tuvo como criterio el expuesto en providencia del 13 de diciembre de 2007, radicado 32096. Ahora bien, de los hechos expuestos en la demanda, se colige que los servicios se prestaron a la Embajada de la República de Corea, en la que se personifica a la República de Corea como Estado, y por ende, la demanda ha debido admitirse contra el Estado de la República de Corea, representado por su embajador, señor HONG SEONG HOA.
Por tal razón, se señalará como nueva fecha para la realización de la audiencia a que se refiere la providencia del 9 de diciembre de 2008, el día 26 de agosto de 2009, a las 10:00 a.m., y con la fijación de esta fecha, queda implícitamente resuelta la petición que obra al folio 19. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,
RESUELVE
Primero: ACLARAR y ADICIONAR el auto proferido por esta Sala el 9 de diciembre de 2008, en el sentido de que se admite la demanda contra el ESTADO de la REPÚBLICA DE COREA, representada por el Señor Embajador de dicha Nación, señor HONG SEONG HOA. Segundo:
NOTIFÍQUESE la presente providencia a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, al ESTADO de la REPÚBLICA DE COREA y se le cita a contestar la demanda el 26 de agosto de 2009, a las 10:00 a.m., de acuerdo con lo previsto en los artículos 70 y siguientes del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, audiencia en la cual se intentará la conciliación, se fijará el litigio y se decretarán y practicarán las pruebas.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 2