Micelio
37642(27-10-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Definición de Compe ncia 37.642 José Anácimo Aponte Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Bogotá, D.C., veintisiete (27) de octubre de dos mil once (2011) Debido a un erVor de digitación en el auto de 19 de octubre de 2011 proferido por esta Sala, en algunos acápites de su parte considerativa y en la resolutiva se hizo alusión al Juzgado Primero Penal del Circuito de Santa Rosa de Viterbo debiéndose entender el Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso,i/despacho cuyo titular solicitó la presente definición de competencia. En consecuencia, se aclara el auto citado en el sentido que la competencia se radica en el Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamosolen aplicación de los artículos 309 y 310 del Código de Procedimiento Civil.

Así la cosas, en atención a que el proceso fue remitido a su homólogo de Santa Rosa de Viterbo, comuníquese a este despacho lo decidido, para que proceda a enviar la actuación a la oficina primeramente designada. República de Colombia Definición de Competencia 37.642 José Anselmo Aponte Corte Suprema de Justicia CÚMPLASE Nubia Yolanda Nova García Secretaria Page 1 Page 2