Micelio
36152(01-06-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2011
Ley 599 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Casac 36.152 JOSÉ ALFREDO ARI FLOREZ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá, D. C., primero (1) de junio de dos mil once (2011). Mediante auto del pasado 25 de mayo la Sala de Casación Penal de La Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda promovida por La defensa de JOSÉ ALFREDO ARIZA FLÓREZ y casó parcialmente La sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga en el sentido de excluir la circunstancia específica de agravación punitiva prevista en el inciso 4 0 del artículo 390 de La Ley 599 de 2000 e imponer al procesado las penas principales de tres (3) años de prisión y multa de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la sanción privativa de lá libertád'.

Sin embargo, en el acápite resolutivo de dicha providencia, por error involuntario se consignó equivocadamente que dicha pena debía ser impuesta a JULIO CÉSAR ARCILA PARRA, quien no es, ni ha sido sujeto procesal dentro de esta actuación y ninguna relación tiene con la misma. En ese sentido, se corrige el numeral segundo del auto del 25 de mayo de 2011, radicación 36.152, el cual en adelante será del siguiente tenor: Segundo. Casar parcialmente de oficio, la sentencia impugnada en el sentido de excluir la circunstancia específica de agravación punitiva prevista en el inciso 4 ° del artículo 390 de la Ley 599 de Secretaria 2 Casad ' 36.152 JOSÉ ALFREDO ARI LOREZ 2000 e imponer a JOSÉ ALFREDO ARIZA FLÓREZ las penas principales de tres (3) años de prisión y multa de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la sanción privativa de la libertad.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ LUIS BZWISCAMACHO JOSÉ BUSTOS MARTÍNEZ — / FERNANDO ALBERTO6STR/ O CABALLERO SIGIFREL1:0 01 we' (j;A PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTI MARÍA r L ROSARIO G04&LEZ DE LIMOS J. Page 1 Page 2