Micelio
35987(13-08-08)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2008

Magistrado ponente: Gustavo José Gnecco Mendoza

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Republica de Colombia Corte suprema de Justicia Radicación. 35987 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Radicación No. 35987 Acta No. 48 Bogotá D.C., trece (13) de agosto de dos mil ocho (2008). Se resuelve sobre la procedencia del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de 31 de enero de 2008, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, en el proceso que SAÚL FERNANDO AMEZQUITA MORENO, promovió contra la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA.

I.

ANTECEDENTES El Tribunal concedió el recurso de casación por haber estimado que lo interpuso el apoderado de la parte demandada y que el monto económico para recurrir en casación se encontraba determinado por las condenas que le fueron impuestas en segunda instancia luego de revocarse el fallo de primera sede. II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Por sabido se tiene que la legitimación procesal en quien los interpone constituye presupuesto de validez de los recursos judiciales, de suerte que su carencia los torna improcedentes.

La pasada de revista del expediente deja al descubierto que no figura el poder conferido a la Doctora LIGIA ISAZA ZULUAGA, quien en el escrito militante a folio 427 del informativo expresó que “ actuando en mi calidad de representante judicial de la parte demandada, por medio del presente escrito y estando dentro del termino legal, manifiesto que interpongo RECURSO DE CASACIÓN ".

Faltó legitimación de quien en nombre de la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA interpuso el recurso de casación, lo que impone que la Corte, en desarrollo de su vocación jurídica para calificar la procedencia o no del recurso extraordinario, lo declare inadmisible. En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: No se admite el recurso de casación interpuesto en nombre de la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ contra la sentencia dictada el 31 de enero de 2008 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, en el proceso que le adelanta SAÚL FERNANDO AMEZQUITA MORENO. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ 2 2