Micelio
35929(28-05-08)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2008

Magistrado ponente: Eduardo Adolfo López Villegas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 3 Recurso de Queja: Rad. N° 35929 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Referencia: Expediente N° 35929 Recurso de Queja Acta N° 27 Bogotá, D.C., veintiocho (28) de mayo de dos mil ocho (2008). 1.- El apoderado judicial de la demandante MARÍA GLORIA ESCAMILLA GÓMEZ acudió en queja ante esta Corporación, por su inconformidad con la decisión del Tribunal que negó el recurso de casación que interpuso contra el auto de 14 de febrero de 2008, dictado dentro del proceso ejecutivo laboral que adelanta en contra de GRACIELA RAMÍREZ de MORALES. 2.- De conformidad con lo previsto en el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el recurso de casación procede contra las sentencias de segundo grado dictadas dentro de los procesos ordinarios que tengan cierta cuantía, y de manera excepcional contra las del juzgador a quo en el recurso “per saltum” en esa misma clase de procesos. 3.- Así las cosas, es acertada la decisión que rechazó el recurso de casación a la parte demandante, en cuanto se interpuso contra un auto y dentro de un proceso ejecutivo donde como se anotó, no es procedente este medio de impugnación. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE 1.- CONFIRMAR la decisión del Tribunal de Ibagué, que rechazó el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte actora. 2.- Ordenar la devolución del expediente al Tribunal de origen para los fines legales pertinentes.

Notifíquese y cúmplase. Eduardo López Villegas ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ marÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria