CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Aclaración Rad. 35244 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Referencia: Expediente No. 35244 Acta No. 17 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de mayo de dos mil diez (2010) Procede la Sala a resolver la solicitud de aclaración de la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2009 que presentara la apoderada de la parte opositora.
Pretende la memorialista que se aclare si la sentencia proferida “abarca la declaración y efecto a las dos demandantes MARIA LILIANA AVES RINCÓN Y GLORIA ESPERANZA MORENO GONZÁLEZ” dado que no fueron tenidas en cuenta para examinar si el valor de sus pretensiones determinaban el recurso, en el auto del tribunal que concedió el recurso. Al respecto señala la Sala que, de acuerdo con el artículo 309 del CPC, se podrán aclarar de la sentencia, en auto complementario, los conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda, siempre que estén contenidas en su parte resolutiva o que influyan en ella.
Lo que realmente pretende la parte opositora es entrar a hacer consideraciones completamente extemporáneas, con objeciones que no fueron planteadas ante el tribunal cuando concedió el recurso de casación, ni en el traslado, ni en el escrito de oposición, por lo que no es procedente su solicitud. En mérito de lo expuesto, se dispone que se esté a lo resuelto en la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2009.
Notifíquese y cúmplase. Eduardo López Villegas ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO