CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 2 Rad. 34686 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE. EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS. Referencia: Expediente No. 34.686 Acta No. 20 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil nueve (2009). Resuelve la Corte el recurso de casación interpuesto por el apoderado de JAVIER HERNANDO TÉLLEZ FORERO contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 29 de marzo de 2007, en el proceso ordinario laboral promovido por el recurrente contra FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SAN MARTÍN. I-.
ANTECEDENTES En lo que interesa al recurso impetrado, se precisa lo siguiente: Las peticiones de la demanda que están en línea con el alcance del recurso extraordinario de casación, son la declaración de existencia de contrato de trabajo entre las partes del proceso, y el consecuente pago de derechos laborales. El demandante fundamenta las pretensiones en haber prestado servicios subordinados a la demandada, sin que la demandada le reconociere los derechos laborales propios de un contrato de trabajo.
SENTENCIA DEL A QUO. Mediante sentencia del 25 de octubre de 2006, el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá declaró la existencia del contrato de trabajo, con sus consecuencias en cuanto el pago de derechos laborales. II-. SENTENCIA DEL TRIBUNAL Al desatar los recursos de apelación interpuestos por las partes, el citado Tribunal revocó la sentencia de primera instancia, y en su lugar absolvió a la demandada de todas las pretensiones.
En lo que tiene que ver con el recurso extraordinario, el ad quem sustentó la parte resolutiva de la providencia, en la falta de prueba de los extremos de la relación laboral. III-. DEMANDA DE CASACIÓN La parte demandante solicita de la Corte que: Case la sentencia impugnada y en sede de instancia, confirme la condena de primer grado y conceda todas las pretensiones de la demanda.
Sustenta su petitum en las siguientes acusaciones y argumentos, así: “3.2. Expresión de los motivos de casación o causa petendi: Se acusa la sentencia impugnada …por considerar …como violatoria de la ley sustancial concretamente por aplicación indebida de los artículos…del C.S. del T. por interpretación errónea, por errónea apreciación de las pruebas aportadas al proceso, errores de hecho … 3.3.
Concepto de violación. La sentencia del…está en evidente contradicción con las Leyes del régimen laboral que son de orden público y defecto general inmediato. “…” Estas afirmaciones del fallo acusado evidencia (sic) la causal de interpretación errónea de la norma citada como consecuencia de errores de hecho en la apreciación de las pruebas … “…” Concepto de violación. La norma sustancial fue quebrantada por la sentencia impugnada por la causal de casación en forma directa por aplicación indebida de la norma, infracción legal que incurrió a consecuencia de errores de hecho en la apreciación de las pruebas que anteriormente he citado… El recurso de casación no fue objeto de réplica.
IV-. CONSIDERACIONES DE LA CORTE El censor endereza sus acusaciones en contra de la sentencia, sin formular un concepto de violación inteligible. Dedica dos apartes de su escrito, titulados concepto de violación, a acusar la sentencia, en primer lugar, por estar “ en evidente contradicción con las leyes” al dejar de aplicar y no tener en cuenta normas, además de interpretar erróneamente otras y presentar varios errores de hecho.
En segundo lugar, al acusar la sentencia “ por aplicación indebida de la norma, infracción legal que incurrió a consecuencia de errores de hecho en la apreciación de las pruebas”. Modalidades éstas que se plantean a continuación de un párrafo introductorio titulado “ Expresión de los motivos de casación o causa petendi”, donde el recurrente indica que el juzgador violó las normas de la proposición jurídica por interpretación errónea, por errónea apreciación de las pruebas y por aplicación indebida.
Basta advertir este galimatías, para concluir que no se tiene otro camino diferente a desestimar el cargo. En ese orden de ideas, no se casará la sentencia. Por no haber sido objeto de réplica el recurso, no se condenará en costas a la parte demandante. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN LABORAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, NO CASA la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 29 de marzo de 2007, en el proceso ordinario laboral promovido por JAVIER HERNANDO TÉLLEZ FORERO contra FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SAN MARTIÍN. Sin Costas.
Cópiese, notifíquese, publíquese y devuélvase el expediente al tribunal. Eduardo López Villegas elsy del pilar cuellocalderón GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ DINORA CECILIA DURÁN NORIEGA Secretaria