CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia REVISIÓN 34597 OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Conjuez Ponente: RICARDO CALVETE RANGEL Aprobado Acta No. 352 Bogotá, octubre veinticinco (25) de dos mil diez (2010). VISTOS Se pronuncia la Sala sobre el impedimento manifestado por Jos señores Magistrados MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS, SIGRIFEDO ESPINOSA PÉREZ, AUGUSTO 1BANEZ GUZMAN, JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA, JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ, YES1D RAMÍREZ BASTIDAS, JAVIER ZAPATAORT1Z y ALFREDO GÓMEZ QUINTERO, por haber suscrito el 16 de septiembre de 2009 la demanda de casación interpuesta contra el fallo de segunda instancia proferido por el tribunal Superior de Bogotá. República de Colombia REVISIÓN 3451 OSCAR GERMÁN GUTIÉ,RREZ LEÓN y ' I Corte Suprema de Justicia CONSIDERACIONES DE LA SALA 1.
La apoderada del condenado OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN, presentó demanda de revisión en la cual dice que es "contra la providencia de fecha 22 de Enero de 2009, emitida por el Honorable Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, mediante la cual se revocó parcialmente la sentencia respecto el delito de tortura: Condenar (sic) a OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN a la pena principal de 180 meses de prisión como autor responsable de los delitos de tortura, actos sexuales con menor de 14 años agravado en concurso heterogéneo con incesto.
No obstante esa manifestación, en los anexos presentados por la demandante se encuentra la copia de la sentencia de casación proferida el 16 de septiembre de 2009, la cual fue suscrita por todos los Magistrados que han manifestado su impedimento, en la que se resolvió casar parcialmente la sentencia demandada, para condenar al procesado OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN como autor responsable del concurso de delitos de tortura, acto sexual violento e incesto.
En estas condiciones, es evidente que la acción de revisión que se promueve comprende la sentencia de casación, pues de prosperar 2 República de Colombia REVISIÓN 34597 OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN Corte Suprema de Justicia sería indispensable invalidar dicha decisión junto con las demás determinaciones previas que se estimen viciadas. 2..
El numeral 6°. del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, establece, tal como lo señalan los Honorables Magistrados, que es causal de impedimento, entre otras causales. "Que el funcionario haya dictado la providencia de cuya revisión se trata, ", que es justamente la situación que se presenta en este caso, pues no existiría imparcialidad si los firmantes de la sentencia de casación se ocuparan de resolver sobre la petición de revisión de la misma.
Por lo tanto, es perfectamente clara la procedencia del impedimento manifestado y así lo declarará la Sala de Conjueces. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE Aceptar el impedimento manifestado por los señores Magistrados MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS, SIGRIFEDO ESPINOSA PÉREZ, AUGUSTO IBAÑEZ GUZMAN, JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS, JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA, 3 N njuez RANCISCO ACUÑA VIZCAYA Conjuez 171111~ LO °a'.41 Conjue RES ABE RIO GO ALEZ SALAZAR O QUINTERO BE4NATE Conjuez ("" ¿, - - LUIS G. VELÁSCÍLJEZ POSADA Conjuez República de Colombia REVISIÓN 34597 OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN Corte Suprema de Justicia JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ, YES1D RAMÍREZ BASTIDAS, JAVIER ZAPATAORTIZ y ALFREDO GÓMEZ QUINTERO.
En consecuencia se les declara separados del conocimiento de la presente acción de revisión. Comuníquese y cúmplase. 4 „--- SLEDAD CORT Conjuez BOS MAURICIO LUNA BISBAL Conjuez República de Colombia REVISIÓN 34597 OSCAR GERMÁN GUTIÉRREZ LEÓN Corte Suprema de Justicia,TCA'ízl D Elzt• DIEGO E ORREDOR BEL RAN Conjuez