Micelio
34291(16-01-12)impCorte Suprema de Justicia · Sala Penal2012

Magistrado ponente: José Leonidas Bustos Martínez

Ley 600 de 2000

SALA DE CASACION PENAL Impedimento 34291 Acción de revisión Luis Elías Toloza y Otros República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE 4 Impedimento 34291 Acción de revisión Luis Elías Toloza y Otros República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso nº 34291 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado ponente: JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ Aprobado Acta número 3 Bogotá, D.C., dieciséis de enero de dos mil doce VISTOS Se decide sobre el impedimento manifestado por los Magistrados de la Sala doctores María del Rosario González Muñoz, Sigifredo Espinosa Pérez, Augusto J. Ibáñez Guzmán, Julio Enrique Socha Salamanca y Javier Zapata Ortiz, para conocer de la acción de revisión promovida por los sentenciados LUIS ELÍAS TOLOZA ARIAS, GUSTAVO LOBO ORTEGA y ARTURO ELÍAS VELANDIA NARVÁEZ, a través de apoderado.

PARA RESOLVER SE CONSIDERA Mediante providencia proferida el 14 de noviembre de 2007, en el asunto de radicación 28017, con ponencia del Magistrado Julio Enrique Socha Salamanca, la Sala resolvió casar la sentencia que el 31 de agosto de 2006 profirió el Tribunal Superior de Cúcuta, y en fallo de reemplazo condenó, entre otros a los accionantes, a unas penas de cuarenta años de prisión, interdicción para el ejercicio de derechos y funciones públicas por diez años, así como al pago de mil gramos oro por concepto de perjuicios morales a favor de cada una de las víctimas.

Los sentenciados LUIS ELÍAS TOLOZA ARIAS, GUSTAVO LOBO ORTEGA y ARTURO ELÍAS VELANDIA NARVÁEZ, por intermedio de apoderado especial, solicitan la revisión del mencionado proceso. La demanda de revisión correspondió en reparto al Magistrado doctor Augusto J. Ibáñez Guzmán, quien junto con seis de los Magistrados que aprobaron y suscribieron el fallo de casación mencionado, doctores María del Rosario González de Lemos, Sigifredo Espinosa Pérez, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca, Yesid Ramírez Bastidas y Javier Zapata Ortiz, se declaran impedidos para participar en la discusión y adopción de la decisión que deba proferirse, manifestación formulada con fundamento en la causal especial a que alude el artículo 228 de la ley 600 de 2000.

La acción de revisión de la referencia pretende desconocer la decisión de la Sala mediante la cual se casó la sentencia de segunda instancia, por lo que claramente se satisface la causal especial prevista en el citado artículo 228 del estatuto procesal penal, disposición que establece que no podrá intervenir en el trámite y decisión de la revisión ningún Magistrado que haya suscrito la decisión objeto de la misma.

Se aceptará entonces el impedimento expresado por los Magistrados doctores María del Rosario González Muñoz, Sigifredo Espinosa Pérez, Augusto J. Ibáñez Guzmán, Julio Enrique Socha Salamanca y Javier Zapata Ortiz y se procederá, en consecuencia a separarlos del conocimiento de este asunto. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,

RESUELVE

1. Aceptar el impedimento expresado por los Magistrados María del Rosario González de Lemos, Sigifredo Espinosa Pérez, Augusto J. Ibáñez Guzmán, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca y Javier Zapata Ortiz, para conocer de la acción de revisión promovida por LUIS ELÍAS TOLOZA ARIAS, GUSTAVO LOBO ORTEGA y ARTURO ELÍAS VELANDIA NARVÁEZ, mediante apoderado. 2.

Disponer el envío del expediente al Despacho del Magistrado Ponente, para los fines legales pertinentes. Contra esta decisión no procede recurso alguno. Notifíquese y cúmplase. JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO SOLEDAD CORTES DE VILLALOBOS ABEL DARÍO GONZÁLEZ SALAZAR MAURICIO LUNA VISBAL YESID REYES ALVARADO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria