- Tema
- RECURSO DE CASACIÓN » REQUISITOS DE LA DEMANDA - El recurso de casación exige un planteamiento distinto a un alegato de instancia
Tesis:
«El recurrente sí relacionó los supuestos yerros fácticos y las pruebas cuya errada apreciación estimó como fuente de ellos. Pero ciertamente, como lo anota el replicante, el recurrente discurre como en un alegato de instancia, inaceptable en sede de casación».
RECURSO DE CASACIÓN » REQUISITOS DE LA DEMANDA » VÍA INDIRECTA » ERROR DE HECHO - En el recurso de casación es necesario acreditar de manera razonada la equivocación en que incurrió el ad quem
Tesis:
«La censura hace un recuento sobre la perspectiva personal como observa los hechos que dieron lugar al litigio, pero no pone en evidencia el garrafal entendimiento que de los documentos enlistados, como equivocadamente valorados, hizo el Tribunal, carga ineludible, dado el sendero escogido para denunciar la sentencia».
RECURSO DE CASACIÓN » REQUISITOS DE LA DEMANDA » VÍA INDIRECTA » ERROR DE HECHO - En el recurso de casación las propias deducciones del recurrente no sirven para configurar el yerro fáctico
Tesis:
«Además, pretende que las circunstancias que rodearon la relación de la empresa demandada con una persona ajena al proceso, como la señora Filomena Martínez, sirvan para inferir que las de las accionantes se tengan como similares, lo cual no es de recibo en la presente oportunidad».
RECURSO DE CASACIÓN » REQUISITOS DE LA DEMANDA - En el recurso de casación es necesario atacar y desvirtuar todos los argumentos esenciales de la sentencia acusada
Tesis:
«Dejó de lado la censura, además, atacar las conclusiones que el ad quem extrajo de las declaraciones de las propias demandantes, aspecto que era trascendental, porque el Tribunal concluyó la existencia de una confesión de parte de algunas de ellas, para definir así la naturaleza de la vinculación a ECOPETROL; en ese sentido el juzgador halló demostrado que la actividad desarrollada por las accionantes también podía ejecutarse por diversas personas, con autonomía y, por ello, sin subordinación.
Suficiente resulta lo expresado para desestimar el cargo».