Micelio
33379(20-05-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2009

Magistrado ponente: Luis Javier Osorio Lopez

Repit&lea de Colombia )1 Corte Suprema de.2usticia EXP. 33379 No dar pot demostrado estandolo que el demandante presto sus semicios a la UNIVERSIDAD DE MEDELLIN bajo condiciones de subordinacien. Dar por demostrado sin estarlo que la labor desarrollada por el demandante al servicio de la UNIVERSIDAD DE MEDELLIN entre 1996 y 2000 fue ocasional y transitoria.

Dar por demostrado, on contravia de las pruebas obrantes en el proceso, que entre las partes se ejecutaron verdaderos contratos de prestaciOn de servicios." Senala, que los referidos errores se produjeron como consecuencia de a falta de apreciaci6n de las siguientes pruebas cahficadas: "Documento (o si se quiet° con fesier) contenida en el memorial de Fs. 102 a 110 dirigido por la apoderada de la entidad demandada al Juzgado Dace Lahore/ del Cireuito de Medellin (Fs. 387 a 389 sic.).

Documentos dirigidos al demandante por el Jefe de EspecializaciOn en Gestien Financiera Empresatial de la UNIVERSIDAD DE MEDELLIN (Fs. 14 a 19). Informes rendidos por el demandante sobre su gestien, con el visto bueno del Jefe de Especializacien en Gesfiew Financiera Empresarial de la UNIVERSIDAD DE MEDELLIN (Fs. 26 a 44). Comunicacien dingida al demandante el 23 de matzo de 1999 por el Jefe de Especializackin del Tatento Humane y la ProductiWdad (Fs. 131).

Memoranda dirigido al demandante el 17 de abril de 1999 (Fs. 139). Documentos contenidos en los cuademos anexos denominados °Gerencia do Construcciones° y "Costley? del Talento Humano y la Productividad". Oficio 38195 suscrito por la Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la UNIVERSIDAD DE MEDELLIN (Fs. 396 a 398)." Y por la apreciaclOn equivocada de los contratos de prestacien de servicios sus:^tos entre las partes, el dictamen pericial rendido en el proceso,