CORTE SUPREMA DE JUSITICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia SALA DE CASACIÓN LABORAL DR. LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ Magistrado Ponente Radicación 32919 Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009). Resuelve la Corte el recurso de reposición interpuesto por la apoderada de la parte demandada, contra el proveído del 23 de septiembre del año que cursa, que fijó las agencias en derecho a cargo de la sociedad recurrente.
El artículo 64 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, dispone que los autos de sustanciación no son susceptibles de recurso alguno; sin embargo, este despacho procede a REVOCARLO de oficio, conforme a las facultades conferidas por esta misma normatividad. Lo anterior en razón a que revisada la actuación, efectivamente se observa que no se causaron costas en la medida en que no hubo presentación de la demanda de casación ni escrito de oposición, y en estas circunstancias no ha debido fijarse agencias en derecho.
En las condiciones anotadas, se deja sin efecto el trámite correspondiente a la liquidación de costas practicada por la Secretaría. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. NOTIIFIQUESE Y CUMPLASE LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ 2