Micelio
32914(28-10-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2009

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicado 32.914 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá, D. C., veintiocho (28) de octubre de dos mil nueve (2009). Mediante providencia del 21 de julio del año en curso, el señor Fiscal Noveno Delegado ante esta Corporación ordenó compulsar copias del proceso radicado 11.671-9 que adelantaba contra Luis Alberto Gil Castillo y otros, para investigar el origen de los dineros con los cuales Solsalud EPS, Ganasalud Limitada, Multiproductos Limitada y el movimiento político Convergencia Ciudadana financiaron las campañas políticas a nivel municipal, departamental y nacional, copias que dispuso remitir a la Unidad de lavado de activos y extinción de dominio.

En la misma resolución compulsó copias con destino a la Corte Suprema de Justicia para que se averiguara el posible compromiso penal que tuvieran Juan Manuel González Bustos, Yldis Medina Padilla, Rafael Castillo Sánchez, Nelson Naranjo Tabarique y Alexánder Ariza Puentes, las que efectivamente fueron recibidas en la Secretaría de la Sala y a las que se les asignó el radicado 32.781.

Respecto de las primeras, no obstante la disposición del señor fiscal delegado, el Secretario Administrativo de esa unidad de fiscalías -como lo informó en el oficio remisorio 7303- envió unas copias a la Unidad de Lavado de Activos y Extinción de Dominio para que se investigara lo atinente a Ganasalud y Multiproductos Radicado 32.914 y otras a esta Corporación en cuanto se refiere a Solsalud y a Convergencia Ciudadana, sin tener en cuenta que según el artículo 235-3 de la Constitución Política la competencia investigativa de la Corte se limita a los miembros del congreso de la República.

En consecuencia, se ordena remitir el expediente a la mencionada unidad nacional especializada. Cúmplase IJ ÜE CHA ÍLAMANCA JOSÉ LEONIDJB MARTÍNEZ SIGIF DÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARt A EL ROSARIO 0 ZÁLEZ DE LEMOS EXCUSA AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN Radicado 32.94 NÚÑEZ