CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No. 31802 Recurso de Revisión CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación No.31802 Acta No. 62 Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ Bogotá D.C., veintiséis (26) de julio de dos mil siete (2007).
El Procurador Delegado Dr. OSWALDO DUQUE LUQUE, haciendo uso de la facultad que le otorga el artículo 33-2 del Decreto 262 de 2000, en concordancia con el artículo 20 de la Ley 797 de 2003, presentó recurso de revisión contra la sentencia ejecutoriada proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué, calendada 17 de octubre de 2003, dentro del proceso ordinario laboral instaurado por JOSÉ LEONEL BORJA MARÍN y OTROS contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL -CAJANAL- EICE.
Como del estudio de la demanda contentiva de la solicitud del recurso de revisión se desprende que la misma cumple los requisitos formales de ley, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E:
PRIMERO: TÉNGASE al Doctor OSWALDO DUQUE LUQUE como Procurador Delegado para Asuntos Laborales y Agente del Ministerio Público.
SEGUNDO: ADMITIR la demanda contentiva de la solicitud del recurso de revisión, incoada por el citado Agente del Ministerio Público contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué, el 17 de octubre de 2003, dentro del proceso ordinario laboral instaurado por JOSÉ LEONEL BORJA MARÍN y OTROS contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL - CAJANAL - EICE.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 712 de 2001, en armonía con lo dispuesto en el artículo 315 del C.P.C., por secretaría, notifíquese personalmente y córrase traslado a cada una de las personas que figuraron como parte demandante en el mencionado proceso ordinario laboral, así como a la Caja Nacional de Previsión Social - CAJANAL EICE-, a través de su Director General o quien haga sus veces, por el término de diez (10) días, haciéndoles entrega de copia de la demanda y sus anexos.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DIAZ MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 3