CORTE SUPREMA DE JUSTICIA "— Casación 30997 (/,‘ José Luis Royero Ruz y otros CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente Dr. JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ Aprobado acta número 217 Bogotá D.C., quince de julio de dos mil nueve. La Sala resuelve sobre el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado José Luis Royero Ruz, coadyuvado por su defensora.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES El Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla mediante sentencia del 22 de junio de 2000, condenó a Bernardo Villa Rubio a la pena de 80 meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir Casación 30997 1 José Luis Royero Ruz y otros agravado en concurso con el de obtención de documento público falso; a José Luis Royero Ruz, Mario José Rodríguez Cervantes y Manuel Cuellar Mendoza, a la pena de 169 meses de prisión como coautores de los delitos de extorsión agravada y concierto para delinquir agravado, de los que fueron víctimas diversos comerciantes de los municipios de Palmar de Valera, Sabanagrande y Santo Tomás, a los cuales se exigía dinero por concepto de seguridad.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla confirmó la decisión anterior mediante sentencia del 31 de marzo de 2008, la cual fue impugnada con el recurso extraordinario de casación por los defensores de José Luis Royero Ruz, Bernardo Villa Rubio y Manuel Cuellar Mendoza. Cumplidos los traslados de rigor la actuación se remitió a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, pasa conocer del medio extraordinario de impugnación aludido.
Con memorial allegado a la secretaría de la Sala el procesado Royero Ruz manifestó que desistía del recurso, solicitud que coadyuvó su defensora luego de requerirla con esa finalidad. Por ser procedente la Sala aceptará el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado referido 2 Casación 30997 (21/ José Luis Royero Ruz y otros y su apoderada, de acuerdo con lo establecido en el articulo 230 del Código de Procedimiento Penal (L. 600/00), de conformidad con el cual "Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida." No obstante, el trámite de la actuación continuará en relación con el recurso extraordinario presentado por el defensor de los acusados Bernardo Villa Rubio y Manuel Cuellar Mendoza.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, RESUELVE 1. Aceptar el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el procesado José Luis Royero Ruz, coadyuvado por su defensora. 2. Continuar el trámite del recurso extraordinario presentado por los acusados Bernardo Villa Rubio y Manuel Cuellar Mendoza.
Notifíquese y cúmplase. 3 Casación 30997 11 José Luis Royero Ruz y otros JVLIOSIIRMicirSOCHA SALAMANCA CITA MEDICA Josl LEO., i• AS BUSTOS MARTINEZ SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ /. / ----- ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARf 7C ROSARIO GOIIZÁLEZ DE LEMOS 4