Micelio
30785(18-12-08)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2008

Magistrado ponente: Sigifredo De Jesús Espinosa Pérez

Ley 906 de 2004

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Casación No. 30.785 –Sistema Acusatorio- Freidy Alexander Rodríguez Pinzón Mecanismo de Insistencia Corte Suprema de Justicia PAGE República de Colombia Casación No. 30.785 –Sistema Acusatorio- Freidy Alexander Rodríguez Pinzón Mecanismo de Insistencia Corte Suprema de Justicia Proceso No 30785 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Bogotá, D. C., dieciocho de diciembre de dos mil ocho.

Mediante auto fechado el 2 de diciembre de los corrientes mes y año, la Sala de Casación Penal de esta Corte decidió inadmitir la demanda de casación presentada a nombre del procesado FREIDY ALEXANDER RODRÍGUEZ PINZÓN, en contra del fallo de segundo grado del 19 de junio de 2008, por medio del cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó la sentencia condenatoria que hoy afecta al citado recurrente, tras encontrar protuberantes errores de fundamentación en el cargo propuesto, dado que su defensor al mismo tiempo alegó nulidad y errores de hecho por falso juicio de identidad, pero esencialmente porque no halló que con ocasión del fallo impugnado o dentro del trámite de la actuación se hubieran vulnerado derechos o garantías del procesado, ni tampoco se vio la necesidad de superar los defectos del libelo para decidir de fondo en los términos del inciso 3º del artículo 184 de la Ley 906 de 2004.

Dentro del término señalado por la Sala para hacer uso del mecanismo de insistencia, el defensor del condenado RODRÍGUEZ PINZÓN se dirige al suscrito Magistrado, que no participó en la decisión arriba reseñada por hallarse en uso de comisión de servicios, abogando que en ejercicio de las facultades permitidas en el artículo 184 ídem, insista ante la Sala por la admisibilidad de la demanda, aduciendo que sí aludió a la finalidad del recurso, cuando en el acápite respetivo señaló “el respetó (sic) de las garantías de los intervinientes”.

Reitera, entonces, que se vulneraron las garantías fundamentales del debido proceso y defensa, al realizarse la audiencia de verificación de cargos ante el juez de conocimiento sin la presencia del imputado, quien se allanó al cargo en audiencia a la cual acudió en estado de alicoramiento. Analizadas las razones esgrimidas por el demandante en casación, el suscrito Magistrado considera innecesario hacer uso de la facultad de insistencia intentada por el mismo, pues, la Sala no solo inadmitió su libelo por falta de fundamentación, sino también porque advirtió que no se demostró la ocurrencia de yerro alguno. También verificó que no resultaron conculcadas garantías fundamentales con el fallo impugnado y, adicionalmente, que el demandante carecía de interés jurídico para recurrir, habida cuenta que desconoció el principio de irretractabilidad, según el cual, “no hay lugar a cuestionar la aceptación de cargos luego de que, como sucedió en este caso, el juez de conocimiento verifica que la aceptación de culpabilidad hecha por el imputado en la audiencia preliminar, ‘ha sido libre, expresa, informada y voluntaria, respaldada además en la realidad procesal y debidamente asesorado por su defensor’”.

Entonces, como el punto propuesto por el demandante ya fue estudiado por la Sala y la solución allí plasmada no cambia la situación del condenado FREIDY ALEXANDER RODRÍGUEZ PINZÓN, deviene improcedente la petición de insistencia elevada por su defensor, por lo que no se accede a su pretensión. De esta decisión infórmese al solicitante. Cúmplase.

SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ Magistrado