Micelio
30767(12-11-08)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2008

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia • ' r 5.-57 ÚNICA 30767 ALFONSO CAMPO ESCOBAR LUIS VIVES LACOUTURE JORGE LUIS CABALLERO CABALLERO Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá D.C., doce (12) de noviembre de dos mil ocho (2008). En escrito remitido a la Sala, quienes se denominan Ciudadanía del Distrito de Santa Marta y Ciudadanía del Departamento de Magdalena, refieren los vínculos de dirigentes politicos de la Costa Atlántica, entre ellos ALFONSO CAMPO ESCOBAR, LUIS VIVES LACOUTURE y JORGE LUIS CABALLERO CABALLERO, con grupos armados al margen de la ley, destacando el pago inmediato de las multas impuestas en los procesos penales seguidos en su contra, con dineros, dice el documento, originado en "..los saqueos y robos al departamento de Magdalena", cuya ocurrencia solicitan investigar.

Atendidas las manifestaciones reseñadas y la precisa competencia deferida a la Sala por los artículos 235 numeral 3° de la Constitución Política y 75 numeral 7° del Código de Procedimiento Penal, antes de adoptar la decisión correspondiente, se dispone acreditar, por el medio más idóneo la calidad foral de los mencionados Cúmplase ' FI. 2 República de Colombia 2 0 ALFONSO CAMPO ESCOBAR LUIS VIVES LACOUTVRE JORGE LUIS CABALLERO CABALLERO Corte Suprema de Justicia ALFREDO GÓMEZ QUINTERO o