Micelio
30682(22-07-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2011

Magistrado ponente: Julio Enrique Socha Salamanca

Ley 600 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ÚNICA INSTANCIA 30682 LUCERO CORTÉS MÉNDEZ PAGE 5 ÚNICA INSTANCIA 30682 LUCERO CORTÉS MÉNDEZ Proceso nº 30682 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA Aprobado Acta No. 254 Bogotá, D. C., veintidós (22) de julio de dos mil once (2011). VISTOS Se pronuncia la Corte acerca de la última solicitud allegada por LUCERO CORTÉS MÉNDEZ, sindicada a la actuación por el delito de tráfico de influencias de servidor público.

ANTECEDENTES 1. Dentro del término de instrucción, la procesada presentó un escrito en el que pide a la Sala: 1.1. Practicar el testimonio de su esposo, Manuel Arturo Rincón Guevara, para que se refiera a la visita por él realizada al magistrado Rafael Vélez Fernández en la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, así como al papel desempeñado por la persona que aquel día lo acompañaba. 1.2.

Ser escuchada en ampliación de indagatoria. 1.3. Y reiterar la práctica de la declaración del exmagistrado Jorge Alonso Flechas Díaz, como lo hizo en anterior oportunidad, con el fin de “ conocer la actividad de los magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura ” y “ establecer si se hizo algún tipo de requerimiento o instrucción ” en el proceso adelantado contra Rafael Vélez Fernández.

CONSIDERACIONES Según lo previsto en el artículo 235 de la Ley 600 de 2000, Código de Procedimiento Penal aplicable para este caso, los funcionarios judiciales están obligados a decretar “ las pruebas que no conduzcan a establecer la verdad sobre los hechos materia del proceso o las que hayan sido obtenidas en forma ilegal ” y, al mismo tiempo, a rechazar “ la práctica de las legalmente prohibidas o ineficaces, las que versen sobre hechos notoriamente impertinentes y las manifiestamente superfluas ”.

En el presente asunto, la Sala ordenará el testimonio de Manuel Arturo Rincón Guevara, en la medida en que la circunstancia aludida por la solicitante (la visita de su esposo y de Carmen Cecilia Moreno Araújo al magistrado Rafael Vélez Fernández) fue un aspecto fáctico estimado en la resolución que definió la situación jurídica (como integrante del “ interés exteriorizado por Manuel Arturo Rincón Guevara para que se resolviera con fallo de sanción el proceso disciplinario contra el abogado Juan Carlos Salazar Torres ” ) para predicar desde el punto de vista probatorio la probable participación de la sindicada en la conducta punible materia de imputación. Así mismo, dispondrá escuchar a LUCERO CORTÉS MÉNDEZ en diligencia de ampliación de indagatoria, toda vez que el artículo 342 del estatuto adjetivo señala que procede a petición del procesado o su defensor “ sin necesidad de motivación alguna ”.

En cuanto a la solicitud de adelantar el testimonio del exmagistrado Jorge Alonso Flechas Díaz, la Corte la encuentra irrelevante, por cuanto esta persona ya declaró en la actuación procesal y los temas propuestos por la solicitante son a todas luces superfluos. En efecto, si de lo que se trata con este elemento de convicción es de “ conocer la actividad de los magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura ”, cabe anotar que en la diligencia de 18 de septiembre de 2009 él se refirió con suficiencia a la índole de sus funciones para la época en que recibió la visita de la procesada y su acompañante.

Por ejemplo, el testigo sostuvo en esa ocasión lo siguiente: “[…] por lo general atendía en mi mismo despacho de magistrado, donde ejercía la función de presidente, y [era] mi función ordinaria, mi función administrativa como representante de la institución, y recibía a todas las personas que me visitaban ”. Y, en segundo lugar, si lo buscado por la sindicada es que el deponente se refiera en esta oportunidad al disciplinario que culminó el 9 de abril de 2008 con sanción al magistrado Rafael Vélez Fernández, es de destacar que él no hizo parte de los funcionarios que suscribieron dicho fallo (sino Temístocles Ortega Narváez, María Mercedes López Mora, Martha Patricia Zea Ramos y Julia Emma Garzón de Gómez) y, además, cuando fue interrogado acerca del particular manifestó no tener específicos recuerdos del asunto.

Según el declarante: “ No participé en la sentencia que se haya proferido en contra del magistrado Vélez Fernández, me enteré por medios periodísticos, posterior a la finalización de mi periodo, y en dichos se daba a entender que el doctor Vélez estaba muy molesto e inconforme con su sentencia, pero la leí como cualquier ciudadano porque ya no era magistrado, cuando fui magistrado para finales del 2007, no recuerdo si se registró la ponencia por el volumen de expedientes que se manejaban en las salas, que yo haya firmado esa sentencia, no […] la verdad no recuerdo que haya sido ponente ni interviniente en el fallo, si acaso hubo algún debate no se tomó decisión de fondo, pero, repito, cada magistrado llevaba un promedio de 40-30 procesos, entonces es muy difícil recordar con precisión, con minucias, cada proceso ”.

En consecuencia, será negado el testimonio de Jorge Alonso Flechas Díaz, pedido por la defensa material. Por último, la Sala dispone comisionar a Marco Alfredo Morales Vela, Magistrado Auxiliar de esta Corporación, para llevar a cabo la práctica de las diligencias ordenadas, el día viernes 29 de julio del presente año; el testimonio a las nueve de la mañana y la ampliación a las dos de la tarde.

En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE 1. ORDENAR la práctica del testimonio de Manuel Arturo Rincón Guevara el 29 de julio de 2011, a las nueve de la mañana. 2. ESCUCHAR a LUCERO CORTÉS MÉNDEZ en ampliación de indagatoria el 29 de julio de este año, a las dos de la tarde.

3. NO PRACTICAR la declaración del exmagistrado Jorge Alonso Flechas Díaz. Contra el numeral tercero de esta providencia, procede el recurso de reposición. Notifíquese y cúmplase JAVIER ZAPATA ORTIZ JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ Permiso FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA Impedido NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria � Folio 107 del cuaderno V de la actuación principal. � Ibídem. � Folio 238 del cuaderno IV de la actuación principal. � Folio 107 del cuaderno V de la actuación principal. � Folios 49-50 del cuaderno I de la actuación principal. � Folios 52-53 ibídem.