Micelio
30633(27-01-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2009

Magistrado ponente: Jorge Luis Quintero Milanes

Ley 1121 de 2006Ley 526 de 1999

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Única instancia 30.633 OSCAR LEONIDAS WILCHES CARREÑO República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE Única instancia 30.633 OSCAR LEONIDAS WILCHES CARREÑO República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso No 30633 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Acta N° 017 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de enero de dos mil nueve (2009).

Se pronuncia la Corte en relación con su competencia para conocer de la actuación remitida por la Unidad Nacional de Fiscalías para la extinción del derecho de dominio y el lavado de activos en contra del ex representante a la Cámara OSCAR LEONIDAS WILCHES CARREÑO.

ANTECEDENTES Mediante auto del 11 de septiembre del año en curso, el Fiscal Coordinador de la Unidad Nacional de Fiscalías para la extinción del derecho de dominio y el lavado de activos, dispuso el envío a la Corte del informe presentado por el Director de la Unidad de Información y Análisis Financiero con base en las atribuciones conferidas por la Ley 526 de 1999, modificada por la Ley 1121 de 2006, en el que, en relación con el ex congresista JOSÉ LEONIDAS WILCHES CARREÑO, informa lo siguiente: “…registra 582 operaciones, por un valor total de $ 5.594 millones, representados en 370 operaciones de depósitos, por un valor total de $ 2.818 millones y 212 operaciones de retiros, por un valor total de $ 2.776 millones, realizadas en el período de octubre de 2003 a febrero de 2008, en las ciudades de Bogotá, Yopal, Villavicencio y Medellín y en los municipios de Charalá –Santamder-, Itagui – Antioquia-, Puerto Boyacá –Boyacá y Sogamoso – Boyacá-“ Por Secretaría de la Sala se acreditó que mediante resolución No. 008 del 16 de enero de 2008, la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes aceptó la renuncia presentada por el doctor OSCAR LEONIDAS WILCHES CARREÑO, como Representante a la Cámara por la circunscripción electoral del Casanare para el período constitucional 2006- 2010.

CONSIDERACIONES: El artículo 235.3 de la Constitución Política, atribuye de manera exclusiva a la Corte Suprema de Justicia, funciones de investigación y juzgamiento en relación con los miembros del Congreso por los delitos que se les imputan mientras ostenten dicha condición. Sin embargo, en términos del parágrafo de la preceptiva en cita, el fuero constitucional “ sólo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas ”, cuando éstos hayan cesado en el ejercicio de sus funciones.

En este asunto, según lo certificó la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, desde el 16 de enero de 2008 el doctor OSCAR LEONIDAS WILCHES CARREÑO no ostenta el cargo de congresista y adicionalmente, los hechos presuntamente delictivos que pudieran derivarse de las conclusiones plasmadas en el informe presentado por la UIAF a la Unidad Nacional para la extinción del derecho de dominio y el lavado de activos no se advierten vinculados a la función de congresista, en la medida de allí no es posible siquiera intuir que se trate de un incremento patrimonial injustificado, o que este hubiera tenido como origen actos desempeñados con ocasión del ejercicio de su actividad congresional.

En tales condiciones y sin perjuicio de que en el evento de hallarse prueba que permita afirmar la existencia de un delito funcional el asunto se remita a esta Corporación, en este momento no es posible que la Corte asuma la competencia para investigar a un ciudadano que no ostenta fuero constitucional de investigación y juzgamiento, por unos hechos que no se advierten relacionados con el ejercicio de la función de congresita.

Por lo anterior, se remitirá el expediente al Fiscal General de la Nación, para lo de su cargo. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal,

RESUELVE

1. Declarar que la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, no es competente para tramitar el presente asunto 2. Remitir la actuación al Fiscal General de la Nación, para lo de su cargo. Notifíquese y cúmplase. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO J. IBAÑEZ GUZMÁN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS JAVIER ZAPATA ORTIZ TERESA RUÍZ NUÑEZ Secretaria _1135577348.doc