CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia -‘ 145Y Corte Suprema de' jugiiaa ÚNICA INSTANCIA N°30382 GUSTAVO PETRO URREGO PIEDAD CÓRDOBA RUlZ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá, D. C., cuatro (4) de noviembre de dos mil ocho (2008) Con fundamento en la declaración por certificación jurada rendida por el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez y allegada a este diligenciamiento el pasado 22 de octubre del,año que ávanza, a través de la cual precisa los hechos en virtud de los_Cuales hizo referencia a la posible incursión de los Senadores GUSTAVO PETRO URREGO y PIEDAD CÓRDOBA RUÍZ i, en hechos que podrían tipificar el delito de soborno, se dispone la apertura de investigación previa..
En consecuencia, con el- propósito_ de lograr los fines previstos en el artículo 322 del estatuto procesal penal, se ordena la práctica de las siguientes pruebas: 1. Oficiar a la Secretaría General de la Cámara de Representantes a fin de que certifique si para la legislatura 2002-2006 el entonces R epresentante a la Cámara por Bogotá, GUSTAVO PETRO URREGO, tuvo vinculado en su Unidad de Trabajo Legislativo a quien se identifica con el nombre de Augusto Rodríguez.
En caso Y8 calidad foral fue certificada por la Secretaría General del Senado de la República, folios 31 y 32. Rép-úblicei ldé Cblórizbici, CIAIICA INSTANCIA N°30382 GUSTAVO PETRO URREGO PIEDAD CÓRDOBA RUÍZ Corte Suprema de Justicia cierto, para que se sirva informar el domicilio que registra esta persona en su hoja de vida. 2. Oficiar a la Secretaría General del Senado de la República a fin de que certifique si en la actual legislatura 2006-2010, el Senador GUSTAVO PETRO URREGO ha vinculado a su Unidad de Trabajo Legislativo quien se identifica con el nombre de Augusto Rodríguez.
De ser así se informará si presta sus servicios a esa dependencia en la actualidad y la dirección donde puede ser ubicado. 3. Trasladar a esta actúación copia de la declaración rendida en el mes de abril de 2007 por el señor Sergio Tovar Pulido dentro del radicado 26118 que esta Corporación adelantó en contra del ex Representante a la Cámara ÉFÚC JULIO MORRIS TABOADA. 4.
Solicitar al programa "La Noche" de RCN, remita copia de si, emisión del 12 de agosto de 2008, en el cual al parecer fue entrevistado el Senador GUSTAVO PETRO URREGO sobre los presuntos sobornos que le atribuye el señor Tovar Pulido. 5. Solicitar al Fiscal General de la Nación la remisión de coP 1 íntegra y auténtica del oficio OF 108-00055928-AUV 13200 51 República de Colombia N':77 101 ÚNICA INSTANCIA N°30382 GUSTAVO PETRO URREGO PIEDAD CÓRDOBA. filUíZ Corte Suprema de Justicia fecha conocida 2 enviado por la Presidencia de la República, a través del cual se puso en su conocimiento una comunicación suscrita por el señor - Libardo Duarte acerca de presuntos actos de soborno de parte de los senadores PETRO URREGO y CÓRDOBA RUÍZ. A la misma autoridad se le requerirá para que haga llegar a este radicado, copia de la referida comunicación del señor Duarte, la cual al parecer registra fecha del 24 de abril de 2008.
Asimismo, se solicitará al Fiscal General de la Nación que, de estar adelantando actuación penal en torno a la referida noticia criminal, proceda a remitir lo actuado a esta instanCia, en virtud de fbero de investigación y juzgamiento ostentado por los denunciados, Senadores GUSTAVO PETRO URREGO y PIEDAD CÓRDOBA RUÍZ. 6. oficiar a la Dirección de la Penitenciaría Central Picota" a fin de que remita copia auténtica y legible de los documentos cor respondientes a sus datos biográficos, fotografías y reseña dactilar del interno Libardo Duarte, informando adicionalmente por Cuenta de qué autoridad se encuentra privado de la libertad.
Ref Por el Dr. Uribe Vélez en su declaración por certificación jurada, folio 35. República de Colombia ÚNICA INSTANCIA N°30382 GUSTAVO PETRO URREGO PIEDAD CÓRDOBA RUIZ Corte Suprema de Justicia A la misma dirección del establecimiento penitenciario se le solicitará informe si el señor Francisco Villalba se encuentra allí recluido, si ha compartido celda con el señor Libardo Duarte y por cuenta de qué autoridad se halla privado de la libertad.
Oficiar al Departamento Administrativo de Seguridad DAS, para que informe qué agentes de esa entidad prestaban el servicio de escoltas de la Senadora PIEDAD CÓRDOBA RUÍZ para el año 2005 y dónde pueden ser ubicados en la actualidad. 8. Practicar inspección al Banco de Bogotá, oficina principal, con el objeto de establecer §i para el ab 2u05 el Senador GUSTAVO PETRO URREGO tenía en esa entidad cuenta corriente.
En caso cierto, se determinar*á si en esa abualidad giró algún cheque a favor del señor Libardo Duarte y, de ser así, se determinará su fecha, cuantía y, de ser posible, se obtendrá copia del mismo. Para llevar a cabo esta diligencia, se comisiona a la Magistrada Auxiliar Luz Adriana Camargo Garzón, quien señalará fecha y hora para su realización. En cumplimiento de lo dispuesto en sentencias C-863 de 2002 y C- 096 de 2003, por Secretaría se comunicará a los doctores GUSTAVO PETRO URREGO y PEIDAD CÓRDOBA RUÍZ acerca de la República de Colombia ".1 11U Corte Suprema de Justicia ÚNICA INSTANCIA N°30382 GUSTAVO PETRO URREGO PIEDAD CÓRDOBA RUÍZ apertura de esta investigación preliminar y se libraran las demás comunicaciones dispuestas en lá ley Cúmplase JOSÉ COM! PÉREZ LFREDO GÓMEZ QUINTERO, MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ el LEIMOS AUTTOn13111EZG ZMÁN • _ YE Ii • 'M •: ASTIDA JO ¡ES COMISION DF SERVICIO SOCH SA • MANCA JAVIER ZAPATA ORTÍZ República dé Corte Supremt UÑE? ÚNICA INSTANCIA N°30382 GUSTAVO PETRO URREGO PIEDAD CÓRDOBA RUi2