Sentencia-7)nica Instant& 3a 097 q4pisbliHrfe Cambia Juan Carlos 94artinez Sinister, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Aprobado acta No.193 Bogota, D. C., ocho (8) de junio de dos mil once (201 1). I.- OBJETO DE LA DECISION: Luego de finalizada la diligencia de audiencia pnblica, le corresponde a la Sala de CasaciOn Penal dictar sentencia en el juicio adelantado en contra del ex Senador JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, acusado del delito de Concierto para Delinciuir Agravado.
SITUACION FACTICA Dechos del Proceso: Nexos del acusado con las Autodefensas y el narcotrifico: 1. Se evidencian los vinculos del ex Senador MARTINEZ SINISTERRA con cl denominado Bloque Calima de las 1 gyptiblic de Cothm6ia Sentencia-Onica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Siniste#, Corte siJprema de Yusticia autodefensas, ante los serialamientos que se hicieron por el ex cabecilla de esa organizaciOn armada ilegal, HEBERT VELOZA GARCIA a. "H.H." en el sentido de haber recibido su apoyo en la ciudad de Buenaventura en donde dicho grupo tenia injerencia, durante su camparia a las elecciones al Senado de la RepUblica del ario 2002.
Se estableciO que el grupo irregular armado, a travel del cabecilla Politico del Bloque Calima, CARLOS EFREN GUEVARA CANO, a. "FERNANDO POLITICO", personaje avezado en el manejo de la dinamica electoral pues habia sido candidato a la Alcaldia en el municipio de Dagua - Valle y era el cncargado por las autodefensas del manejo de los vinculos con servidores pUblicos y miembros de las Corporaciones municipales de eleccien popular, a quienes conocia muy hien, inicia contactos con JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, persona con la que se venia relacionando de tiempo atrds cuando integraba el Frcnte 30 de las FARO, cstructura 6sta a la cual pertenecieron la mayoria de los cabecillaS que el Bloque Calima tenia a su servicio en el Puerto de Buenaventura.
Este proceso de alianzas del estamento politico dirigente con las autodefensas en el Departamento del Valle del Cauca no tuvo como propOsito cardinal, a diferencia de lo que se forj6 en las zonas de influencia de otros Bloques del grupo armado irregullar, un "proyecto politico regional", pues transversal a ese proceSo y bajo la 6gida de la "lucha contrainsurgente" que anima!ba la incursion armada, aparecen nexos de la clase politica, Sentencia-linica Instancia 30.0971 Juan Carlos Wartinez Sinisterz 4011661-ten de Cotomgia Corte Su' prema de iusttcia el grupo armado irregular y las bandas de narcotrafico que alli op crab an.
Paralela a esas relaciones del ex Senador MARTINEZ con 0 Bloque Calima a traves de a. "FERNANDO POLITICO", las cualeS eran autorizadas por su maxima cabecilla HEBERT VELOZA GARCIA, alias "II.H.", con el fin dc contar con una persona que en el Senado influyera por la regi6n, surge la propu,esta que miembros del narcotrafico en Buenaventura le hicieron al lider citado por conducto del Jefe Financiero del Bloqtte Calima MAURICIO ARISTIZABAL RAMIREZ, a. "EI, FINO", para que cl denominado grupo de las autodefcnsas apoyaran a JUAN CARLOS MARTINEZ, considerando los nexos de este con los denominados "Hermanos GONZALEZ" y OLMES DURAN IBARGOEN 5.
Esta propuesta fue favorecida por el hecho de que el Bloque Calima se financiaha con lo que se dio en Ilamarse la "cuota o impuesto de gramaje" que se le cobraba a estos narcotraficantes y a otros quo hacian presencia en el Puerto de Buenaventura, el Inas importante de Colombia sobre el ocean° pacifIco a traves del cual se consolida el comercio exterior pero tambien las rutas del narcotrafico, y esos dineros eran recaudados precisamente por el jele Financiero del Bloque Calima' a quien se lc dir ligi6 tal propuesta.
Los "Hermanos GONZALEZ" y OLMES Responsabilidad aunbien compartida par el cabeeilla del name Pacifico HENRY JARAMILLO HENAO. a. "El., MOCH01, "quien era el financieru era el lino y el macho, Henry Jaramillo, clue era los que se momenta), en BuenaveHura porque la salad(' del narcotralico en el Valle scdo se maneja par Buenaventura y el/os eran los que reengian ln.r dineras Declaracian rendida nor HEBERT VELOZA GARCIA el I de diciembre de 2008 dew() de! radicado 30.097.
Sentencia-Vnica Instancia 30.097 f. Juan Carlos %Janina Sinisterra qWlibrica de Colombia > Cone Suprema de Justicia DURAN II3ARGUIEN eran las personas encargadas de suministrar cl meth° de transports de la droga a los narcotraficantes del cartel del Norte del Valle y del resto del pais que debian sacar la ilicita mercancia por cl Puerto de Buenaventura y por cada kilo de droga que pretendian exportar debian pagarle un impuesto a las autodefensas, ya que los corredores estrat6gicos estaban contrOlados por ellos para el narcotrafico, como antes lo hacian las PARC.
Los resultados electorates: 6. Como dato histOrico que informa los hechos del proceso y confirma las revelaciones aportadas por el ex jefe de los Bloques Calima y Bananero de las Autoderensas, se tienen los resultados electorales del aria 2002 obtenidos por el ex Scnador MARTINEZ SINI gTERRA en el municipio de Buenaventura, que permitieron establecer un flujo directamcnte relacionado, bien con la presencia de las autodefensas en al area o Hen con su repliegue, pues pcse a la ex stencia de un buen nnmero de competidores aspirantes al Congrcso de la Republica, del partido conservador y del partido liberal con votaciOn departamental superior a la de MARTiNEZ, 6ste obtuvo unos resultados electorales equivalentes al 29.85% de la votaciOn de ese municipio, al lado de los exiguos porcentajes de 8.29%, 3.48% y 1.92%, que consiguieron, en su orden, los 3 candidatos que lo superaron en votos en el Departamento del Valle, situation que para el alio 2006, cuando cl Bloque Calima se encontraba desmovilizado, se reversO sensiblemente en contra del cx Scnador MARTiNEZ pues mientras las fucrzas electorales quo 4 Juan Carlos Wfartinez Sinistenk, c---/Sentencia-t)nica Instancia 30.097 Repnbrica de Corotthia Corte Suprema de Yusticia se presentaron a las elecciones del 2002 apenas redujeron su votacifm en un 13% o no la redujeron, el ex Senador MARTiNEZ se deSplomO electoralmente con una disminuciOn del 67% en su caudal electoral.
GeneSis, estructura y area de influencia del Bloque Calima de las autodefensas unidas de Colombia. La etiologia de las agrupaciones de autodefensa en el Departamento del Valle del Cauca es concausal, confluyen en ella diversos actores de la violencia politica en Colombia: el narcotrafico, las organizaciones subversivas y una clase econ6mica dirigente sin vision de pais 2, que unidas conforman el complejo entramado que no le ha permitido al Estado y, especialmente a los colombianos, alcanzar la tan anhelada Paz3, como' valor fundante de la dcmocracia que en el alio dc 1991 establieciO un nuevo orden basado en el pluralismo ideolOgico, la democracia participativa y la tolerancia El Departamento del Valle del Cauca, poi- su privilegiada ubicaciOn geogrelica, su pujante industria y un puerto 2 "De acuerdo a la information suministrada par el versionado HEBERT I/ELOZ4 GARCIA. IlegO coma comandante del Blayne cairinia pare el alto 2000 par orden de los hermanos CAST,40,..p se bun.° uptick: ecomimica de enyvesarios y representnntes de los sectores econemicos de la region com p los propietarios de ingenios. ganaderos, comerciantes. etc., qua pop egos arias habian sido vicunas cwistetmes de la Hamada "vacuna" par parte de los grupos subversives: se hate unu roan! in en unit finca del "MONO.112CANGEL'' pot. los Judos de Cartago — Valle, con a IglitlaS de estas personas donde pa! icipa VICENTE CAST/00, HERNESTO INEZ.
DON /3ERNA, de igual forma algunos narcotraficantes coma los alias Be "DON DIEGO": en total participial 40 6 50 personas, alli Vicente caslaho y Adolfo Paz hablan de la necesitan de apoyar al Moque Colima, para seguir creole:nth) p avanmndo a afros territories porn comhatir In guerrilla y qua se n4esitahan la colahoraciOn economica de esters personas yn qua mnnejahan el poder en el Valle del Cauca:". document don de la desmovilizacien del Bloque Calima.
Fiscalia I R Delegada ante el Tribunal Nacinnal pars In Justicea y In Paz. Ac a de InspecciOn Judicial, Folio 114 cuaderno 2. 3 Constitt ciOn Politica de Colombia: "ARTICLITO 22, Lopez as un derecho y un debar de obligworiocumplimiento. Sentencia-fOttica Instancia 30.09/ Juan Carlos Martinez Sinthterret qtcpti glica de Colombia Cone Suprema de Justicia maritimo como el de Buenaventura que es el Inds importante de la costa pacifica, cuenta desde hace muchos arios con la presencia de grupoS armados organizados al margen de la ley, que venian extorsionando y secuestrando a ganaderos, hacendados, industriales y politicos; esto sumado a la presencia de narcotraficantes que le pagaban vacuna a las organizaciones subvei-sivas para dejarlos cultivar plantas ilicitas y exportar la droga, motiv6 que algunas de estas personas solicitaran a los hermanos CASTA1n10 la presencia de las AUC en esta zona del Pais.
Como rcspuesta a csa demanda, para el segundo semestre dcl alio de 1999 surge en la zona central dcl Departamento del Valle, el Bloque Calima de las AUC, el cual en un comienzo, Ilega a combatir al sexto frente de las FARC que operaba desde la parte norte del departamento del Cauca, hasta el centro del departamento del Valle, por toda la cordillera occidental, y al Frente Jaime Bateman Cayein (disidencia del M- 19) que operaba en el Centro del Valle.
Para finales de 1999 y princi !pios del 2000, el Bloque calima ya se habia extendido hacia el sur y al occidente del Departamento, Ilegando al municipio de Buenaventura donde tenia gran influencia el frente 30 de las FAR.0 a quien también empieza a combatir desalojdndolo de gran parte de dicho territorio. El Bloque Conjunto Calima, Ileg6 con 50 hombres desde el Urabd antioquetio, bajo el mando de RAFAF,I, ANTONIO LONDOSIO JARAMILLO alias "RATA PUTUMAYO", quicn 6 Repu6fica de Cothmaia Cone Suprema de Justicia estuvo muy poco tiempo y le entregO el mando a alias "ROMAN"; un mds despuds, llegO otro contingente de 40 hombres al mando de ELKIN CASARRUBTA alias MARIO o EL CURA, quien venia acompanado entre otros por alias CATORT y alias NECHI con el objetiyo de combatir la guerrilla, la cual al parecer era auspiciada por WILBER ALIRIO VARELA alias JABON, quien era el antagOnista de alias DON DIEGO, este Ultimo patrocinO con material de intendencia y armamento al Bloque, pero le exigiO a alias 'ROMAN" (fallecido) que le custodiara los laboratorios dondd procesahan alcaloides, exigencia que fue aceptada en los inicio's del Bloque Calima, pero luego por orden del mAximo dirigentc paramilitar CARLOS CASTANO se revocO, lo que trajo como consecucncia el relevo del cabecilla para esa dpoca "JOSE" o "39" - DAVID HERNANDEZ ROJAS -, asesinado el 26 de octubte de 2006 en Medellin, quien habia puesto el Bloque al servicio del capo del Cartel del Norte del Valle, DIEGO LEON MONTOYA, a. "DON DIEGO"' 11.
Es entonces cuando, a principios del alio 2000, CARLOS CASTANO cnvia a HEBERT VELOZA GARCIA alias "N.H." o "CAREPOLLO", como cabecilla del Bloque Calima, el cual contaba para esa epoca con unos 75 hombres que operaban en las veredas y corregimientos de los municipios de Tuluii y Bugalagrande. 4 En deelai raciem de fecha 30 de mayo de 2008, HEBER VELOZA relata dam, para los aims 1998. 1999.
VICENTE CASTANO empeze a vender franquicias a nareotraficantes quc Sc hicieron Ilamar comandantes de frentes de la autodefensas y asi hie como Sc le entreg6 a a. "DON BERNA- y a. "MACACO", los clepartamentos de Narino y Cauca: aduce el ex etc paramilitar quc VICENTE CASTANO se aseg,urO un lucrativo ncgocio con esas franquicias pues recibia el 50% de las utilidades que par narcotrafico le ingresahan at Bloque n Drente. sin tenor que correr con los gastos del raisin°.
Sentencia-Onica Instancia 30.09i Juan Carlos.Martinez Sinisterr 7 Sentencia-Onica Instancia 30,097, Juan Carlos Martinez Sinisterra /,r g4pit6fica de Colombia Cone Siiprema rfe Asada Como antecedente del ingreso de HEBERT VELOZA GARCIA a la comandancia del Bloque, se tiene una reunion en la finca del "MONO ARCANGEL" por los lados de Cartago — Valle, con Impresarios y representantes de los sectores econOmicos de la region como los propietarios de ingenios azucareros 5, ganadcros, comerciantes, etc., donde participan VICENTE, CASTAIJO, a. "ERNESTO BAEZ", a. "DON BERNA", de igual forma algunos narcotraficantes como alias "DON DIEGO", en total 40 0 50 personas, alli VICENTE CASTAICIO y ADOLFO PAZ, a "DON BERNA" h.ablan de la necesidad de apoyar al Bloque Calima para seguir creciendo e incursionando en otros territorios con el fin de combatir la guerrilla, por lo que se requeria la colaboraciOn econOmica de Ostos ya que manejaban el poder en el Valle del Cauca, y es en esa reunion en donde se hace la presentaciOn de HEBERT VELOZA GARCIA como lider del Bloque Canna.° Inicialmcnte, el primer sitio de concentraciOn o base de operaciones dcl Bloque fue en la zona de Pardo Alto dcl municipio de Tulud, conociendose las primeras incursiones y masacres en las Vcrcdas de Chorreras, El Placer y San Lorenzo, a donde Ilegaron y asesinaron al cabecilla del grupo Guerrillero Bateman Cayem (Disidente del M19) y en los dias posteriores a 25 personas mas tildadas como milicianos, guerrilleros y familiarcs de los mismos, en las localidades La Marina, Naranjal, Moralia de los municipios Se menciona. que las autodelensas recihieron el apoyo de algunos ingenios azucareros. toda y ea que la gran mayoria de los Ides de seguridad de estos fueron miembros de las Fuerzas Militares o de la Policia. y contahan con la infraestructnra necesaria tiara ello. 6 VersiOn I1EI3ERT VEI,OZA GARCIA, 2l de cncro de 2009 8 6 9Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez SinisteT Rein's&lea it Colon:Ma Corte Suprema It lusticza de Tulud y Sevilla, dejando a su paso varios cientos de desplazados.
Oficialmente el dia 22 de Julio de 1999, las AUC enviaron a los medios de comunicaciOn un comunicado anunciando que a partir de esa fecha ingresaban al Valle del Cauca para combätir a la guerrilla, indicando que conformaban el Bloque Calinia y se oponian fuertemente a las conversaciones de Paz del Gobierno con las FARC; igualmente se repartieron panfletos alusivos a la organizaciOn.
FinanciaciOn del Bloque: Como se anot6 precedentemente, el ingreso del Bloque Calima al Departamento del Valle del Cauca fue financiado por los narcotraficantes del cartel del Node del Valle y por los empresarios de esa region, pero una vez se recuperan las zonas de Intel-6s para los financiadores, estos dejan de subvencionar los gastos de la agrupación armada ilegal y es asi como se empieza a cobras impuesto a los narcotraficantes para el sostenimiento del Bloque, que consistia en 50 dOlares por kilo de estupefacientes que se sacaba del Puerto y, paralclamcnte, se piden aportes a los comerciantes y sc recurre al hurto de hidrocarburos del poliducto de la empresa ECOI ETROL.7 ( annul° Ilegamas al Valle del Cauca, lleganws primero, el printer gram) NO par media de DIEGO MIOWTOiel y RASGUIS79 cuando yo IlegaU en el oho 2000, con el opoyo de los financieros. de los empresarios, de los arroceros y harinerosperdtin, harineros y azacareros del Valle.
Esos empresarios. como hive menciOn en Juslicia y Paz, e los pocos meses desaparecderon y dejaron de demos el wax). ALA, cuando nosotros comenuanws plinanciarnos del noreoircifica en finentnientura y en ludo el Valle del Cauca. a sea que el apoyo de los empresarios fire en el inlet° del I3loque (Verna cuando yri llegmi QUO p despacfs el/as desaparecieron y ello comic en nits versiones de Asada y Pa:7".
DeclaraciOn de HEBERT VELOZA GARCIA a -Hit", en el curs() de In audiencia de juzgamiento, 4 audio. 'ninth() (59:031 9 Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan Carlos Naninez Sinisterry qtepii6fica de Cothm6ia Cone Suprema de Justicia Estructura: El Bloque Calima hizo parte de la estructura de las Autodefensas Campesinas de COrdoba y Urabd ACCU grupo que estuvo conformado por 19 bloques.
El Bloque Calima Ileg6 al Departamento del Valle en el segundo semestre del alio 1999 con 65 hombres, asentandose inicialmente en los municipios de Tulua y Buga de donde se expande al todo el Departamento a excepci6n del None ya que era de influencia de narcotraficantes, hacen presencia en el municipio de Genova — Quindio; luego en el mes de junio del alio 2000 hace presencia en casi todo el Departamento del Cauca; para el alio 2002 incursiona en algunos municipios del sur occidente del Departamento del Huila y finalmente en el arlo 2003 algunos de sus integrantes son enviados a Santo Domingo Antioquia, para apoyar la guerra que se libraba contra el Bloque Metro de las AUC.
El Bloque estuvo conformado por varios Frentes, los cuales operaron en los siguientes limites territoriales: el frente central, desde Tuftia hasta Palmira; el frente Cacique Calared, por los lados do Sevilla cerca al Quindio; el frente FaraHones por inmediaciones de Jamundi, Santander de Quilichao, Popayan, Dagua y Yumbo; y el frente Pacifico en Buenaventura, desde los limites con el Choc6 hasta tos limites con el Departamento de Naritio.8 Segiin lo depuesto por el Comandante Militar del Bloque Calima.
ELTON CASARRUBIA POSADA. a. "EL CORA". en deciaraciOn del I de noviembre de 2007 denim del radicado 26.625. minuto (WOK) Sentencia-tinica Instancia 30.097 Juan Carlos Wartinez Sinisterra gWiiblica it Colombia Corte Suprema de Justicia Como cabecillas o dirigentes del Bloque Calima y miembros Inas representativos, se tienen: HEBERT VELOZA GARCIA, a. "H.H." o "CAREPOLLO", jefe de la estructura ilegal;
ELKIN CASARRUBIA POSADA, a. "EL CURA" o "MARIO", lider Militar del Bloque, CAR.LOS EFREN GUEVARA CANO, a. "FERNANDO POLITICO" o "CONE", encargado de los contactos con politicos; FRANCISCO JOSE MORELO PENATA, a. "SARLEY", ideOlogo del Bloque y en ocasiones realizaba contactos con politicos; JUAN MAURICIO ARISTIZABAL RAMIREZ, a. "EL FINO", financiero del Bloque Calirna;
JOSE DE JESUS PEREZ JIMENEZ, a. "SANCOCHO", responsable urbano en el Cauca y Huila; TEODONCIO PABON CONTRERAS, a. "ANDRES CAMILO" o "EL PROFS", ideOlogo del Bloque; ARMANDO LUGO, a. "CABEZON", urbano, coordinaba asuntos con la fuerza pUblica y era el Coordinador politico de todo el Bloque Calima `; JOHN HENRY JARAMILLO HENAO, a. "EL MOCHO", responsable del Frente Pacifico y YESID ENRIQUE PACHECO SARMIENTO, a. "EL CABO", urbano, tercero al mando en el Puerto de BuenaventuraH° Acciones armadas del Bloque Calima: El Bloque calima, adelantO una serie de incursiones quc sembraron cl terror en los habitantes y generaron numerosos desplazamientos de la poblaciOn civil, como la muerte de un nUmero indeterminado de labriegos acusados de ser milicianos, lbidetn, minuto (21:48) InformaciOn reeibida de la Uniclad Nacional de Fisealias Para la Justicia y la Paz, mediante °lido (103851 de lecha 16 de ahril de 2009. quc ohra a folios 106-111 del C.2.
Sentencia-Vnica Instancia 30. 0 Juan Carlos Ward= Sinistefra •9(cpagfica de Colombia Corte Suprema de Justida colaboradores o guerrilleros, ejecutaron homicidios de personas que elks consideraban delincuentes, viciosos en la mal Ilamada limpieza social, delitos contra la propiedad privada, y el Derecho Internacional Humanitario; siendo prdcticas de manera generalizada y sisternatica; tal es el caso de la masacre del Naya el 11 de abril del alto 2001 en el municipio de Buenos Aires — Cauca - donde selectivamentc dieron muerte a más de 26 personas y se desplazaron a unas 2.500, la masacre de Sabaletas el 11 de mayo del 2000 en el municipio de Buenaventura — Valle del Cauca, masacre de Barragan el 18 de diciembre de 2000; masacrc de Alaska donde murieron cerca de 24 personas, entre muchas otras, para un total aproximado de 70 masacres, de las cuales 18 ocurrieron en la zona de Buenaventura y Dagua donde fueron asesinados por lo menos 120 pobladoresil.
Contornos del ideario politico del Bloque: 20. In lo que acontece con el desenvolvimiento del esquema antisubversivo y politico de las autodefensas que a grandes rasgos describiO en este proceso quien se autoproclamO como ideologo del Bloque Calima, TEODOSIO PABON CONTRERAS, a. "EL PROFE", en el que destaca un accionar de la estructura armada orientada politicamente en 4 etapas, I2 al final En declared& rendida en el curso de la audiencia dejuzgamiento.
ELKIN CASARRIJBIA POSADA, a. "EL CUBA". dice que "En buenaventura en la parte urbana Cue IMO de Ins frentes del bloque calirna donde tuvimos mix personal en In ? arte urbane. ahi en Buenaventura Ilegamos a tenet 300 urbanos " (01:47:00). La historic ha mostrado clue la presencia de las autodefensas en Ins distintos regiones del pais se do en. 1 fives: to primera es muy lamentable que es la clef terror. epocu donde se dieron las distintcts masacres. la segunda se COML.
(' coma los homicidios selective's. lu tercera es el imbed° social title se pace en las callus cuanda se ha desplasado el grupo enemigo en este caso las FARC. y,va Lona nItima Jose en let que se aspire; a hewer lu consolidacido del pensandetao politico pera coma movionento politico de la organi7ocinn de autodelensas. Declaracien de Teodosio PabOn Contreras. o. "Cl Prote". en el curso de la audiencia de juzgamiento. minute 01:37:3R 12 Sentencia-tOnica Instancia 30. 097 Juan Carlos MartinezSinisteir Wcpli6Cita de Corom6ia Corte Suprema de _patio& de las cuales se esperaba la consolidaciOn de un proyecto propio - no por infiltracicin de la clase politica -, de contenido politico, militar y socia1 13, el panorama se ofrece distinto en su modus operand! para el Departamento del Valle del Cauca pues alli esos propOsitos de consolidaciOn politica no se concretaron y las alianzas con las organizaciones del narcotrefico tuvieron su mayor acento, primero porque su ingreso al Departamento estuvo promovido por esas organizaciones" y segundo porque as relaciones econOmicas tenfan su principal sustento en esa Puente espuria de financiaciOn que era aprovechada con gran rendimiento por las AIX para la expansion de su aparato militar y es alli, en ese punto de entronque, donde surge la simbiosis de las autodefensas con la clase politica de la regiOn por intereses netamente econOrnicos, coincidiendo ese interes asociativo con una de las tre y formas en que se da la vinculaciOn de las autodefensas a esa clase politica y que relata el propio vocero ideolOgico del Bloque Calima, esto es: "cuando algunos miembros cle esos sectores politicos en una actilud delincuencial comienzan a hater parte de In organizaciOn de autodelensas "15 DesmovilizaciOn del Bloque: minuto 03:23:33. 14 AI minuto 10:51 (audio nUmero I) de su declaraciOn en el curso de la audiencia de luzgainiento, HEBERT VELOZA GARCIA, a. "MI." atirma que la incursion de as autodefensas cn los Departamento del Valle del Cauca y el Cauca obecleciö a "la presencia guetrillera y al pedido de. inicialmenle, crigunos comerciantes y narcoraficantes del FaIle del Cauca parer conthatir el flagelo de la guerrilla los narecurctficantes.
Theron DIEGO MONTOYA v RdSGU,C0..". Antique In asociación Mena entre autodeiensas y narcotralico no surge propiainente por Ia coincidencia de propOsitos antisubversi yos, ya que tambien el narcotrittico ha opera& con las PARC, com p lo documenta la historic judicial en este eseenario, recaudada en inspecciOn judicial practieada a la IInidad de lusticia y Paz de Ia Piscatia General de In NaciOn.
IS.Declaracitin de Tcodosio PabOn Contreras, a. "El Profe", en el curse de Ia audiencia de juzgamiento, minute 01:58:02 13 Sentenciafünica Instancia 30.09/ Juan Carlos !Martinez Sinistefir Reptigica de Colombia Corte Suprema de yusticia Ida desmovilizaciOn del Bloque Calima ocurri6 el 18 de Diciembre dc 2004 en la hacienda Galicia en Bugalagrandc - Valle, se desmovilizaron 564 delincuentes y se entregaron 26 menores de edad combatientes al ICBF; sin embargo, la desmovilizaciOn integral del Bloque Calima fue un hecho que se puso en duda, si se consideran informes como el de la FundaciOn Seguridad y Dcmocracia de fecha 2 de febrero de 2005, cuyo texto fue aportado al expediente mediante informe de policia 0074 del 9 de marzo de 2009 16, en el que se establece una di ferencia entre el nOmero de desmovilizados y cl nOmero del integrantes del Bloque que posiblemente no se desmovilizO, Formulandose como hipOtesis "que parte de la esiructura del Bloque Calima, siga operando de manera "informal" en ester region, manteniendo relaciones con algunos mafiosos del norte del Valle.." o que "hayan sido reclutados por las estructuras sicariales que operan en e.ste Departamento.
Ante la incertidumbre de entrar en un proceso de desmovilizacitin sin un marco judicial concreto y con un nivel de incentivos econOmico bajo en relation con los ingresos percibidos de las prOcticas indicts como la extorsiOn o del norcotrOlico Dicha hipOtesis coincide con la informaciOn estadistica contenida en la Revista de Criminalidad ario 2005, de la DirecciOn Central de Policia Judicial — DIJIN que obra en el anexo 2 del expediente, pues alli se consigna a folio 86, que para el aiio 2005 en el Departamento del Valle del Cauca operaban las bandas de "Los Machos" y "Los Rastrojos", conformadas por los grupos de autodefensas que se hicieron Ilamar "Autodefensas Unidas Campesinas del Valle" y "Rondas Campesinas Populares" al servicio de los carteles del Norte del Valle. 1 ° Cir.
Folios 263-272 del C.I. 14 Sentencia-'()pica Instancia 30.097 IZepit glica de Colombia Juan Carlos 31artinez Situ:I-terry Cone Suprema de Susacia iiL FTLIACION DEL PROCESADO El acusado Juan Carlos Martinez Sinisterra naciO el 29 de enero de 1970 en Timbiqui (Cauca), 41 atios de cdad, casado, con tres hijos, identificado con la cêdula de ciudadania No.76.339.118, dijo ser estudiante de Filosolia en la UNAD, se desempetiO com p diputado en la Asamblea del Valle para los periodos 1998-2000 y 2001-2003, y como Senador de la RepOblica en los periodos 2002-2006, 2006-2010.
IV.- ANTECEDENTES PROCESALES Mediante auto del 1 de Julio de 2008 la Sala, con fundamento en las aseveraciones de Hebert Veloza Garcia alias "HII" y de Mauricio Aristizabal alias "el Fino" o "Alex", (f1.2 c.1) 17, ordenO iniciar investigaciOn previa contra JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, a quien se escuchO en diligencia de version libre el siguiente dia 26 (f1.116 c.1).
Con base en las pruebas allegadas se dispuso la apertura de instruction el 23 de abril de 2009 (f1.126 c.2), y se ordenO su captura en csa misma fecha, pero antes de ser oido en indagatoria por la Cone renunciO a su investidura de Senador, motivo por el cual se enviO el expedient° a la Fiscalia con auto del 4 de mayo de 2009 (f1.200 c.2). 25.
Vinculado mcdiante diligencia de indagatoria Ilevada a cabo el dia 11 de mayo de 2009, la Fiscalia le resolviO la situation 17 Originadas en la compulsa de copias proveniente del radicado 26.625. 15 n (Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan Carlos Wartinez Sinister% Reptiffica ale CoCom6ia Cone Suprema de Justicia juridica con medida de aseguramiento de detenciOn preventiva como presunto responsable del delito de concierto para delinquir agravado, previsto en el inciso 2 0 del articulo 340 de la I,ey 599 de 2000 (f1.117 c.3), decision recurrida en apelaciOn por la defensa y confirmada por el senor Viccfiscal General de la NaciOn cl dia 17 de septiembre de ese mismo Al dia siguiente, esto es, el 18 de septiembre, el Fiscal instructor dispuso el envio de las diligencias a esta Corporaci6n teniendo en cuenta los autos del 1° y 15 de septiembre de 2009 proferidos por la Sala en el radicado 31.653, en los cuales se vari6 la doctrina vigentc dcsde cl alio 2007, por considerar, ahora, que aim en tratandose de delitos denominados comunes se mantiene la competencia en la Corte siempre que de acuerdo al paragrafo del articulo 235 superior, dicha conducta tenga relaciOn con las funciones de congresista.
Mediante auto del I° de octubre de cse mismo ano (f1,4 c.6) se procediO entonces a reasumir la competencia para proseguir el diligenciamien.to del proceso y, finalmente, al estimar recaudada la prueba necesaria para calificar, se ordenO el cierre de la investigaciOn mediante auto del 7 (f1.62 c.6), contra el cual se interpuso recurs() de reposiciOn por la defensa y el Ministerio Rablico y, una vex en lirme la deterrninaciOn, quedO el asunto a disposiciOn de los sujetos procesales para presentar sus propuestas sobre la calificaciOn a adoptarse. 16 Sentencia-Vnica Instancia 30.097 OZcptibfica de Colombia Yuan Carlos attartinez Sinisterra / Corte Suprema tie Justicia La calificaciOn del merito del sumario se profiriO el 9 de diciembre de 2009 convocando a juicio al ex Senador JUAN CARI,OS MARTINEZ SINISTF,RRA por el delito de Concierto para Delinquir Agravado, decision contra la cual se interpusieron sendos recursos pot parte de la defensa material y tecnica del procesado, los cuales fueron resueltos de manera adversa a las pretensiones de los impugnantes, disponiendo la Sala en auto del 25 de enero de 2010, no reponer la providencia recurrida.
Ejecutoriada la acusaciOn y corridos los traslados de que trata el articulo 400 del estatuto procesal del alio 2000, se neve a cabo la audiencia preparatoria cl dia 7 de abril de 2010, ocasiOn en la cual se resolvie de mancra dcsfavorable la solicitud de nulidad y se decretaron en su totalidad las pruebas propuestas por la defensa, agregandose a ellas la que de oficio dispuso la Sala consistente en el traslado de la declaraciOn de la senora MARIA NANCY MONTOYA, obrante en el radicado de Unica instancia 26.625, y la declaraciOn de la misma en audiencia 30.
Durance los dial 18 de enero al 23 de febrero de 2011, se practicaron en audiencia pilblica el interrogatorio al procesado y los testimonios de: JUAN MAURICIO ARISTIZABAI, alias "EI, FINO", ELKIN CASARRUBIA POSADA, ADONIO DAZA VELANDIA, TEODOSTO PABON CONTRERAS, YESID PACHEC:0 SARMIENTO, JUAN CARLOS GOMEZ FULA, WILMAR CIIAMIR SUAREZ CONGO, JESUS HERNAN RODRIGUEZ GAMBOA, CARLOS HERNEY ABADIA CAMPO, YIMYNSON FIGUEROA CARABALI, JAIME MOSQUERA 17 SentenciaiOnica Ins tancia 30.097 Juan Carlos Nartinez Sinisterra Reptiffica de Cothmhia Corte Suprema de justicia I3ORJA, JAIRO EDER GUEVARA CANO (por teleconferencia desde ciudad de Panama), HECTOR MANUEL A.GUAS HURTADO, HEBERT VELOZA alias "H.H.", (por teleconferencia desde los Estados Unidos), OLMES DURAN IBARGUEN, (por teleconferencia desdc los EE.UU), HIGINIO MOSQUERA LOZANO, (por teleconferencia desde la Sala Penal del Tribunal de Quibde), y cl 23 de fcbrero se declare concluida la etapa probatoria, dandose inicio a las alegaciones de los sujetos procesales, asi: Ministerio Publico, vocero y defensor del procesado, en el lapse clue transcurrie entre el 24 de febrero y el 3 de marzo, ingresando el proceso al Despacho para sentencia, el 4 de marzo de 2011.
Asi mismo, se dispuso de oficio en la audiencia de fecha 7 de fcbrero dc 2011 trasladar la dcclaracien rcndida por el senor HIGINIO MOSQUERA LOZANO dentro del radicado 31.653 (folio 281 C.12). V.- ALEGATOS DE LOS SUJETOS PROCESALES: Clausurado el debate probatorio, lo cual ocurrie en la audiencia palica del 23 de febrero del alio que avanza, prcsentaron alegaciones conclusivas, en su ordcn, el Procurador Tercero Delegado para la Investigacien y Juzgamiento Penal, el vocero del acusado, y su defensor.
Ministerio 18 Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan Carths Martinez Sinisterra 1417116ES de CoCambia Cone Suprema Le justicia El representante del Ministerio Piiblico, ab initio, solicita sc profiera sentencia condenatoria en contra del procesado JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, como coautor del delito de concierto para delinquir agravado, por el cultl se le residenci6 en juicio criminal.
Luego de hacer un recuento de la historia dcl rnovimiento armado ilegal de autodefensas en el Departamento del Valle del Cauca, sus Frentes, cabecillas, fuentes de financiaciOn, area de influcncia del Bloque Calima y apoyos a la clase politica dirigente de ese Departamento, evoca las deelaraciones de Hebert Vcloza Garcia alias "H.H", representante del Boque Calima, y Yesid Enrique Pacheco Sarmiento, alias "El Cabo", para dcstacar el control que el grupo irregular ejercia sobre los pobladores del Puerto dc Buenaventura, criticando la version suministrada en la audiencia de juzgamiento por su dirigente Militar, Elkin Casarrubia alias "El Cura", por incohercnte y contradictoria cuando senala due no hubo un control absoluto de las autodefensas en el Municipio de Buenaventura pero reconoce la presencia del Frente Pacifico con 500 hombres distribuidos entre la poblacien urbana y rural, considerando que un neamero tal de hombres armados necesariamente tendrian que ejercer el control, sino institucional, si sohrc sus habitantes, por la escalada sistematica de implantaciem de terror. 35.
Pondera la declaraciem del Coronel de Infanteria de Marina Hector Manuel Aguas Hurtado, quien se desempetiO para el 2001 en el Puerto de Buenaventura como Comandante del Batallem Sentencia-tOnica Instancia 30.097 Juan Carlos nlartinez Sinisterra fkepithlica de ColomBia • Corte Suprema de Justicia BataIlOn de Contraguerrilla en el Pacifico, pues, conteste con la realidad quo ilustra sobre las acciones delictivas perpetradas por el grupo irregular y la insuliciencia, en nOmero, de efectivos de la fuerza pOblica, admire como probable el control militar sobre cicrtas zonas por parte de estos grupos ya que en muchos de los barrios no podia entrar la fuerza pOblica porque le disparaban. 36.
Desestima las declaraciones vertidas por los senores Jaime Mosquera, Alcalde de Buenaventura periodo 2001-2003, Adonio Daza Velandia, funcionario del DAS, Mayor Juan Carlos GOmez Fulla, Comandante de Ia EstaciOn de Policia de Buenaventura en ese tiempo y Comandante de Distrito (e) para finales de 2001, Yesid Pacheco Sarmiento alias "El Cabo" ex representante militar del Bloque, Wilmar Chamir Suarez Congo, Tiernan Rodriguez, coordinador de Ia campafia electoral de Martinez Sinisterra para el alio 2002 y Yiminson Figueroa Caraballi, entre otros, pues descansan sobre un eje que tenia como propOsito "desvirtuar lo incontrovertible", trayendo afirmaciones tales como que: a) Las autodefensas llegaron al departamento del Valle y Buenaventura hasta el alto 2001, b).
Que no existiO un control paramilitar en el Puerto de Buenaventura, c). Que Ia presencia de los paramilitares no rue perceptible, la hicieron de manera siienciosa, d). Que no se afecte a su poblaciOn, e). Que cl orden R6blico fue normal, 0. Que el trafico de drogas ilicitas no era percibido n.i conocido en el puerto por sus habitantes 0, al menos, que era en menor cscala, h).
Y finalmente, que la clase politica no fue infiltrada, porque las ALIC no incidieron en la vida politica y administrativa dcl Departamento del Valle. 20 Sentencia-flnka Instancia 30,097 Juan Carlos Wartinez Sinisterra Republica de Colombia Cone Suprema le lusticia En acdpite que intitula "RelaciOn del Bloque Catima con el Narcotrafico y la Clase Politica de Buenaventura", el Procurador Delegado enfatiza la estratágica alianza narco- paramilitar qua se suscita en el Departamento del Valle del Cauca, alentada por los prop6sitos de financiaciOn que inspiraron el cobro de un impuesto por parte de las autodefensas a las bandas de narcotrafico alli conocidas como la de Olmes Duran IbargLien, alias "El Doctor" o el "Rey del Pacifico", extraditado a los Estados Unidos por delitos federates de estupefacientes cometidos entre los afios de 1998 y 2007, o la de los llamados Hermanos Gonzalez Rivas.
Senala el Procurador que a la sombra de esa alianza narco paramilitar se suscita el apoyo que predica el maxim° lider de esa agrupaciOn armada ilegal, alias "H.H.", cuando narra como los mencionados narcotraficantes les pedian el favor de ayudar al candidato JUAN CARLOS MARTiNEZ para que llegara a un cargo nacional y es el senor CARLOS EFREN GUE,VARA CANO alias "Fernando Politico", persona encargada de toda la parte politica del Bloque Calima, el puerile a traves del cual se consolidan tales relaciones, facilitadas por JUAN MAURICIO ARISTIZABAL RAMIREZ alias "El lino", responsable Financier° del Bloque, quien le suministraba al primero los dineros para propiciar los cncucntros con los politicos de la zona, incluido por supucsto, MARTiNEZ SINISTERRA. 21 Sentencia-günica Instancia 30.097 9tepliblica de Colombia Juan Carlos Nartinez Sinisterra Corte Suprema de Justicia Cita los testimonios que respaldan tales asertos como el dcl selialado Financiero dcl Bloque quien depuso como en varias ocasiones "Fernando Politico" le pidi6 dineros para reunirse con el Senador JUAN CARLOS MARTINEZ, de quien decia era avalado por los narcotraficantes "los Gonzalez" del Bajo Baudo.
Sobre la includable incidencia politica dcl Bloque Calima en la poblaciOn del municipio de Buenaventura, menciona la declaraciOn del cabecilla militar ELKIN CASARRUBIA POSADA alias "El Cura", quien depone sobre la forma en que se realizaba el trabajo con la comunidad, a quien se le decia por quien votar a cambio de apoyos o incentivos que se vcian reforzados por la prcsencia y dominio que ejercian las autodefensas sobre el area de influencia y la velada amenaza que se cernia sobre ella en caso de no compartir la ideologia de la organización. 41 En ese mismo sentido, el Ministerio Piablico destaca tarnbien los nexos del grupo irregular con la clase politica del municipio, como la que se estableciO con el Concejal PABLO EMERITO JARAMILLO, pues en su declaraciOn este reconociO haber tenido relaciones de "mucha amistad" con el responsable Politico del Bloque, EFREN GUE,VARA alias "Fernando Politico", habiendolo conocido desde el alio 1997 cuando era guerrillero de las FARC pero que luego termin g siendo miembro de las autodefensas en el alio 2001.
SentenciaiOnica Ittstancia 30.097 // Juan Carlos Waranez Sinister,/ Rept-Mica de Corom6ia Cone Suprema Le Justicia Refuta el Ministerio Plablico el argumento esgrimido por la defensa en cuanto pretende desestimar la importancia que CARI,OS EFREN GUEVARA CANO alias "Fernando Politico" tenia dentre de la organization paramilitar y sostiene que, pese a que sc trate de crear confusion con relation a las funciones realmente desempeliadas en el Bloque paramilitar por este person*, resultaron infructuosos tales esfucrzos pues, primeramente cita el dicho de algunos ex Concejales del municipio de Buenaventura en tanto aceptaron conocer al citado lider Politico del Bloque Calima y es el caso de los senores PABLO EMERITO JARAMILLO, BISMAR CHUNGA y I3ART01,0 VALENCIA, quienes exponen Ia labor politica clue csta persona realizaba come miembro de las autodefensas, y luego refiere as declaraciones de alias "1-1.11." al setialar el trasegar del responsable del area politica come guerrillero de las FARC y luego como integrante del Bloque Calima de las autodefensas.
Critica la forma en que algunos suhalternos del extraditado alias "H.H.", cambiaron su version en la etapa del juicio, citando el caso del representante del area Financiera del Bloque JUAN MAURTCTO ARISTIZABAL RAMIREZ alias "El Firm", quien habiendo dado cuenta de Ia forma en que alias "Fernando Politico" lc pidie dinero en varias ocasiones para reunirse con el acusado, ya en su altima declaraciOn ante esta Corte mute la version y dijo clue no fueron varias ocasiones, sine una sola vcz, para trasladarse a la ciudad de Bogota hacia cl ario de 2003, cuando el ex Senador MARTINEZ ya desempeliaba esa curul. 23 Sentencia-iOnica Instancia 30.097 Juan Cantos Martinez Sinistern ckeptiffica de Colom6ia Conte Suprema de lusticia Encuentra el Procurador Delegado que a pcsar de la ostensible variaciOn de la version suministrada por el testigo, este reconoce que de todas formas alias "Fernando Politico" si tuvo al menos ese encuentro con el politico aqui cuestionado y que no sc trata de contar los encuentros sino de establecer si existieron, lo que confirma quc si se estaba apoyando por parte de las autodefensas al Ex Senador pues no otra causa tenia la reunion que se dio entre el conductor politico del Bloque Calima de la organizaciOn ilegal, con el citado ex servidor pUblico.
Para el Delegado de la Procuraduria, los esfuerzos realizados por los tcstigos MAURICIO ARISTIZABAL RAM.IREZ alias "El Fino" y ELKIN CASARRUBIA POSADA alias "El Cura", para desuhicar temporalmente la labor cumplida por CARLOS EFREN GUEVARA CANO alias "Fernando Portico" com.o jefe Politico del Bloque Calima, a fin de debilitar la version de "MIL" sobre el papel quc aquel cumpli6 en la campaila politica de MARTINEZ SINISTERRA para el Senado del 2002, resultan infructuosos, pues si lo que se queria acreditar es que en dicho periodo quien cumplia las funciones de responsable del area Politica no era "Fernando Politico", sino TEODOSIO PABON CONTRERAS alias "El Profe", dicha intenciOn sc y e frustrada con las coherentes declaraciones ofrecidas por el maxim° cabecilla del Bloquc, alias "'EIJI.", y tambián con las vcrtidas por otros miembros de la susodicha estructura paramilitar, EDER ENRIQUE MONTIEL ALVAREZ, alias "Nechi", patrullero, JOSE DE JESUS PEREZ JIMENEZ, alias "Sancocho", ex representante del Frente Sentencia-rOnica Instancia 30.097 Juan Carlos Wartinez Sinisterra 4?cpzi6fica de CoComBia Cone Suprema de Justicia Farallones, ARMANDO LUGO, alias "CabezOn" y YESID PACHECO SARMIENTO, alias "El Cabo", quiencs destacaron la labor politica que PABON CONTRERAS cumpliO al Drente del Bloque Calima y su desempelio en el municipio de Buenaventura;
A ello agreguese, dice, la documentaciOn olicial que reposa en el expedientc proveniente de la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalia, en la que se destaca el organigrama del Bloque Calima, y el estudio titulado "DesmovilizaciOn del Bloque Calima dc las AUC", claborado por la EundaciOn Seguridad y Democracia, publicado el 2 de febrero de 2005, que da cuenta de la labor que "Fernando Politico" desemperiaba en el Bloque, concluyendo el Ministerio Piablico que la labor desplegada por TEODOSIO PABON alias "El Profe" a quien se le pretende atribuir la lunciOn de encargado de los asuntos Politicos del Bloque para la Opoca en que se desarrolla la campatia politica de MARTINET SINISTERRA, era dc contenido ideolOgico, muy distinta a la que ejercia GUEVARA CANO alias "Fernando Politico" quien era el verdadero enlace entre los politicos de la region con la ciapula del Bloque Calima.
Sobre las controvertidas relaciones entre el politico acusado y cl narcotraficante OLMES DURAN 1BARGUEN, de quien se dice era su amigo de barrio con quien creciO en su infancia y design() a MARTINEZ SINISTERRA como "padrino dc matrimonio", advierte el Ministerio PUblico "un vinculo muy cercano y conveniente de amistad" y critica la postura de MARTINEZ SINISTERRA cuando aduce que para la fecha del 25 Sentencia-rOnka Instancia 30.097 Juan Callas Wartinez Sinisteria 1411116Lica de CoCom6ia • Cone Suprema tie justicia matrimonio, esto es, el 29 de diciembre de 2003, desconocia la actividad delincuencial de su amigo OLMES DURAN, puts advierte que ya para esa fecha el acusado habia aceptado su apoyo en la campatla electoral del alio 2002.
En lo que respecta a los resultados electorales obtenidos por cl ex Senador MARTINEZ SINISTERRA en las elecciones del alio 2002, dice el representante de la Procuraduria que los mismos son atipicos pues se encuentra acreditado que el Bloque Calima — Frente Pacifico apoyO su candidatura al Senado en la ciudad de Buenaventura, ciudad de la cual no es oriundo y en la que ni siquiera habia logrado ()Metier la curul de Concejal, cargo que demanda menor cantidad de sufragios para su concrecien; a ello se agrega el hecho de que para las elecciones del alio 2006, MARTINEZ SINISTERRA sufrie una ostensible baja en su votaciOn en momentos en que se habia desmovilizado el Bloque Calima.
Desestima los argumentos defensivos cifrados en que para cl alio 2002 cl Ex Senador contaba con toda una estructura preelectoral organizada, pues ello no explica cOmo esa estructura desapareciO para las elecciones del alio 2006, lo cual solo puede entenderse por el hecho de la dcsarticulaciOn de la organizaciOn paramilitar que apoy6 su campana en el ario 2002. 50.
Otto Canto replica frente la postura defensiva que pretende explicar la baja votaciOn del arm 2006 acudiendo al argument° de la ausencia del ex Senador MARTINEZ para esos 26 Sentencia-"Onica Instancia 30.097 Juan Carlos.`Martinez Sinisterrar Republica de Cothm6ia Corte Suprema de lusticia comicios del alio 2006 en el municipio de Buenaventura, por Haber sido victima de un atentado contra su integridad personal, pues dice el Ministerio PUblico que se logra acreditar a traves de la propia version del. inculpado, que ello rifle con la realidad porque el. reten que la guerrilla realize) sobre la via Cali Buenaventura, no iba dirigido contra 61, ya que arribO alli por simple coincidencia y solo ante su intenciem de escabullirse, los insurgentes arremetieron contra los escoltas y el vehiculo en que se transportaban.
Como cololOn, el Ministerio POblico depreca se proliera en contra del acusado sentencia de cardcter condenatorio pues efectivamente su conducta se adecue) al inciso 2° del articulo 340 del COdigo Penal, como responsable de ejecutar actos tendientes a la subsistencia de grupos paramilitares. Alegatos del voeero: Aduce que el conocimiento de los hechos que pudo tenor el ex cabccilla paramilitar HEBERT VELOZA, alias "II.II.", se surtiO de la informaciOn que le entregaron sus subalternos: no es cierto que como el era el comandante era quien tenict toda la infOrmacien y que los otros solo tenian informaciOn fragmentaria o parcelada _Jo preocupante es que "MI" termina tratando de elaborar una version a partir de la contribucien que sus subalternos le puedan entregar " 53.
Sostiene que "H.H" nunca aclarO el terra del supuesto ofrecimiento que lc habia hecho Juan Carlos Martinez para que no lo mencionara en sus declaraciones 27 Repaca tie Cothm6ia Sentencia-thica Instancia 30.097 Juan Carlos gttartinez Sinisterra tv, Corte Suprema de Justicia En relaciem con la declaraciOn rendida por "HIE", el dia 30 de mayo de 2008, dice que no es seria porque al tiempo que afirma un apoyo a MARTINEZ, expresa que tienc quc averiguar mds detalles con el FINO. Rclacionado con el cuestionamicnto anterior, se pregunta el vocero cudl seria la razOn para que "H.H." no dijera de una vez en la declaraciOn referida, que FERNANDO POLITICO le habia pedido apoyo para JUAN CARLOS MARTINEZ c indica quc no es lOgico que haya di rerido esa concreciem, para consultar primer() con el FINO, algo que solo lc podia constar a 61.
Sostiene que JUAN MAURICIO ARISTIZABAL, alias "El Fino" es un tcstigo de oidas en relaciem con lo que dijo en la declaraciOn del 6 de junio de 2008 en cuanto a que el ex Senador JUAN CARLOS MARTINEZ, habia sido avalado por los Hermanos GONZALEZ del Bajo BaudO, pues esa declaraciem fue direccionada por HEBERT VELOZA, como lo confirmO "El Fino" en audiencia pdblica cuando n.arre) el encuentro con H.H. en La Alpujarra, y a igual conclusion arriba, cuando expresa que 'Ti Fino" nunca dijo que le constara lo del apoyo que habrian solicitado para JUAN CARLOS MARTINEZ los GONZALEZ del Bajo BaudO, ya que no expresO que le constara ello, sino que otros "decian".
Senala que hay conlusiOn mental de los miembros del Bloque Calima y en particular de HEBERT VELOZA, en relacián 28 Sentencia-rOnica Instancia 30.097 /7 Juan Carlos Martinez Sinisterraf: Wepti6Cica Qe Colombia Corte Suprema de lusticia con las elecciones en las que se produjo el apoyo politico a MARTINEZ SINISTERRA en el Puerto de Buenaventura, pues el hecho de que H.H. tonic coma referente del apoyo politico dada al acusado para las elecciones al Senado en el 2002, la Alcaldia de SAULO QUISTONEZ, quien fue Alcalde electo en el 2003, indica que no se tiene claridad sobre cual rue la elecciOn que apoyaron.
Expresa el vocero que la Unica persona que ha mencionado el terra de OLMES DURAN es "H.H", porque MAUR.ICIO ARISTIZABAL nunca lo hizo, pero ademds "H.1-1." rue enfltico en afirmar que nunca se habia reunido con OLMES DURAN, lo que quiere decir que "H.H." miente y que toda la informaciOn que incorporO al proceso fue extraida de la Revista Cambio que le dio enorme publicidad al tema de OI,MF,S DURAN, pues en esa revista, en la edition 927 del mes dc junio de 2008, se hate toda la descripciOn del tema del extraditado, mencionândose alli lo de la asistencia de MARTINEZ a la bocia de ague', lo que resulta muy sugestivo.
Igual situation predica respecto de HIGINIO MOSQUERA de quien dice tambien obtuvo la information sobre OI,MF,S DURAN de la prensa, cuando habl6 del tema de la corrupciOn en la licorera y en la salud del Departamento del ChocO, pues manifesto haberlo escuchado por las emisoras la W o por la F.M. 60. Indica que los mOviles que tuvo H.H. para inculpar al cx Senador MARTINEZ, obedecieron a su interds en que no lo 29, Sentencia-Vnica Instancia 30.097,2;y7 Juan Carlos gilartinez Sinister"?' Xepn6fica de Colombia ' Co rte Suprema de lusticia extraditaran y que tan cierta es esa motivaciOn que luego que la Corte Suprema conceptue favorablemente, se clesmotivO y ceso en sus selialamientos.
Dice quc no es cierto, segUn lo manifestado por 11.11., que el FINO le haya dicho a el que los GONZALEZ RIVAS y OLMES DURAN solicitaron apoyo para JUAN CARLOS MARTINEZ, porque si se revisan sus declaraciones de junio y noviembre del alio 2008, en ninguna de las dos habla de OI,MES DURAN En la linea de it mostrando cOmo H.H. va cambiando paulatinamente sus declaraciones, dice que en la del 30 de mayo de 2008 afirmO que el politico era ANDRES CAMILO, pero ya en la del 13 de junio de ese mismo no dice to mismo, ya dice que: "en Buenaventura nosotro.s. (enemas un politico a nivel regional y por un liempo Andres Camilo, Fernando es una persona que murie y Andres estb detenido en la cared modelo de Bogota y el era el encargado de manejar las relaciones con los politicos a nivel de lode el Valle del Cauca, en Buenaventura era el encargado de verse personalmente con Juan Cutts.
Martinez '' 63. Otro aspccto dcl que deduce el vocero la supuesta mendacidad de a. "N.H.", es el relacionado con lo declarado sabre el Concejal PABLO EMÉRITO, pues sostiene que unas veces afirmO que era un miembro de la organizaciOn armada ilegal, y otras, que se trataba de un simple simpatizante que no hacia parte de la misma, agregando que esa no es una inconsistencia de poca monta. 30 Sentencia-"Onica Instancia 30.097 Juan Carlos Wartinez Sinisterra (Repit6lica de Cothm6la Corte Suprema de jus !Ida Considera que tambien miente "H.H." cuando afirma en la declaraciOn del 13 de junio que se reuniO con los GONZALEZ RIVAS pero despues dice que no y que quiên se reunia con ellos era EL FINO. Desacredita la declaraciOn de YESID PACHECO SARMIENTO alias "El Cabo" pues asevera que en su primera salida afirmO que en Buenaventura no habia representante politico del Bloque, pero que lue g o, al saber que H.H. manilestaba lo contrario, eambiO su version y habl6 de FERNANDO POLITICO coma lider politico de la estructura.
Argumenta el vocero que el planteamiento de a. "ILI I." en el sentido de que MAURICTO ARISTTZAI3AL alias "El, FINO" le entregaba diner() a "FERNANDO POLITICO" para reunirse con el ex Senador MARTINEZ, resulta absolutamente discutible, pues solo ANDRES CAMILO alias "EL PROFE" debia saber a quien se estaba apoyando y a quien no, ya que hubo: un moment() en el bloque Calima, finales de 2001 y comienzos del 2002 hasta mas o menos semana santa, donate el "FINO" y "FERNANDO POLITICO" son reemplazdos par "ANDRES CAMILO" y "BACALAO" y ese tiempo coincide con el adelantamiento de la camparla politica de MARTINEZ para el Senado 2002.." Sabre el controvertido tema del control total o dominio de la poblaciOn par parte de las autodefensas en el municipio de Buenaventura, destaca el vocero que dicho control pudo haher existido, pero que el mismo Cue progresivo y que para las clecciones de MARTINEZ al Senado atio 2002, no existia, 31 SentenciaiOnica Instancia 30.097 / Juan Cadiz Martinez Sinisterra..(Replifirka de Cam 6ia Corte Suprema de justicia apoyando su dicho en la exposiciOn vertida en el juicio por el senor TEODOSIO PABON, alias "EL PROFE", cuando indicO quc el proceso politico de las autodefensas no se consolidaba de la noche a la maliana, sino quc tenia que surtirsc progresivaincnic en 4 fases, la dcl terror inicial sembrado por las masacres, la de los homicidios selectivos, la del trabajo con las comunidades una vez se ha erradicado la subversion y la de consolidaciOn del "proyecto politico", pero el propio, no el de la clase politica, sosteniendo que el Valle del Cauca apenas se encontraba en la segunda lase, lucgo era improbable que se pensara en alianzas politicas.
Rcafirma el desconocimiento que JUAN CARLOS MARTINEZ tenia respecto de las actividades de narcotrafico a las que se dedicaba su amigo OLMES DURAN y argumenta que si de acucrdo a los informes que obran en el proceso provenientes de los organismos de policia judicial, estos no tenian registros o anteccdentos de este sujeto, no podria exigirselo a MARTINEZ quo si los conocicra y lc atribuye a "H.H." nucvamcntc la intenciOn dc perjudicar a MARTINEZ para negociar su extradickin, secundando ademas, intereses de sectorcs poderosos del Valle dcl Cauca quo querian acabar politica y electoralmente al ex Senador MARTINEZ.
Hace referencia al terra de las conversaciones telcfOnicas entre MARTINEZ y OLMES DURAN a traves del telefono de ANURIO, sefialando que ANURIO no fue una de las personas capturadas junto con OLMES y que adernas OLMES 32 Sentencia-tOnica Instancia 30.097 q4p1t6lica Le Cofom6ia Juan Carlos Martinez Sinisterra >iff, Corte Suprema de lusticia DURAN dijo en la tele conferencia que ANURIO no tenia nada que ver con las actividades ilicitas desarrolladas por el.
Acusa de mentiroso el informe de la FundaciOn "Seguridad y Democracia" porque menciona como cabecilla dcl Bloque Conjunto Calima-Pacifico a DIEGO MURILLO JARAMILLO alias DON BERNA Alegatos de la defensa En sus alegaciones conclusivas senala el apoderado, que los resultados clectorales obtenidos en el 2002 por su prohijado, son el fruto de las alianzas politicas, de la fuerza electoral que ya traia verificada en elecciones anteriores a la Asamblea Departamental y de la original forma de conquistar el electorado puerta a puerta, mencionando como evidencia de lo anterior, la altisima votaciOn con la que eligieron al Alcalde JAIME MOSQUERA en cl 2001 pot mils de 45.000 votos porquc hizo obras y eso se traduce en votos para las personas que lo patrocinaron como MARTINEZ SINISTERRA, seriala que es inverosimil que se diga que su prohijado en el 2002 rue apoyado por los paramilitares, siendo que no acompariO al Alcalde del 2003, SAULO QUIICiONEZ, dcl que se afirma fue ayudado por cste grupo irregular y reitera lo planteado por el vocero en cuanto a que MARTINEZ no pudo ser apoyado por los paramilitares cuando se ha dicho quo estos fueron patrocinados por las autos vallecaucanas, siendo MARTINET, enemigo natural de esas elites Sentencia-thica Instancia 30.097 Juan Carlos • artinez Sinisterra Repififica de Colombia • Cone Suprema de Justicia El testimonio de H.H. no es verosimil, coherente ni persistentc, es contradictorio y do oidas.
Cita on apoyo de su aserto, que "I-1.H." no se reuniO con MARTINEZ y lo que declara es lo quo supuestamente "FERNANDO POLITICO" le coment6 e igual succdc cuando habla sobre la ayuda quo pidieron los "Hermanos GONZALEZ" y OLMES DURAN para MARTINEZ por conducto del "FINO", pues tampoco es algo que le conste directamente. Sobre las contradicciones en que incurriO, menciona que inicialmente dijo que el FINO era el encargado del cobro del gramaje a los narcotraficantes pero quo com p el FINO lo contradijo, entonces H.H. tambien se contradice a si misrno cuando luego afirma quo era EL MOCHO el encargado de esa actividad: " si esto no es una contradicciOn y no lo desvirtlia esiamos en nada desde el panto de vista probatorio, " Sostiene quo en el proceso se evidencie el interes do algunas personas por perjudicar a JUAN CARLOS MARTINEZ, como cuando los testigos Reinaldo Elides Duren y Roiser Morales, sclialaron quo Juan Carlos Martinez se reuniO con 11.11 y quo lc hicieron un "prestamito" por 250 millones de pesos que recibie en un parque en Cali que se llama el chontaduro, pero el misrno "H.H." lo con.tradice cuando manifiesta nunca haberse reunido con Martinez, afirmando a renglem seguido que lo que cabe preguntar S iquien estaba deirds tie Roiser y Reinaldo para clue declararan en contra de ei?.. ?pm' que en la version del cabezan se dice que se le dio la orden de subir el 'Jelin de Fernando politico y ',ajar el perfil de alias "el profe''?, i quien esla maniptdando en contra de Juan Carlos Martinez?, 34 Sentencia-"Onica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Reptiffica de CoCom6ia Corte Suprema le Justicia Insiste la dcfensa en clue a su prohijado hay que creerle cuando afirma que no sabia de los vineulos de OLMES DURAN con el narcotrAfico, porque la "conocencia", parafraseando la expresiOn empleada por MARTINEZ SINISTERRA, no es un delito, lo imico que relaciona a estas dos personas es su amistad de ninos, que no va más and del encuentro que tuvicron en la boda de OLMES a la que MARTINEZ rue invitado en calidad de testigo Agrega finalmente clue 11.11. es un testigo Unica en este proceso que solo puede ser evaluado si es coherente, razonable y ponderado: "H.H puede servir para hewer candenar una persona coma testigo unico que es, siempre y cuando no se contradiga, sea constante, coherente pero ese no es el model() de tesamonio el que (enemas de ItH ace, pero no es porque I-1H sea an hombre cruel o un bandido que no hay que creerle, es que la valoraciOn de an testigo hay gue hacerla par la capacidad 'Eska e idoneidad moral, y es inideneo el que aene un avert en menar, " CONSIDERACIONES DE LA CORTE: 76.
La Sala precisard: (i) la competencia (ii) Estandar legal de la Prueba (iii) Cuestiones Previas (iv) Respuesta a las alegaciones de los sujetos procesales (v) Conclusiones del acdpite (vi) El injusto del Concierto para Delinquir Agravado, (vii) La responsabilidad del procesado. La competencia: 35 SentenciaiDnica Instancia 30.097 Juan Carlos Martina Sinisterra 7.1 f:srv"Keptiffica de Colombia Corte Suprema de justicia La establece el articulo 235 numeral 3° de la ConstituciOn Politica, en concordancia con el pardgrafo de l a norma, por haber cesado el ex Senador MARTINF,Z SINISTERRA en el ejercicio de su cargo, siendo entonces prorrogable la competencia para aquellas conductas punibles que tengan relacien con las funciones desempenadas.
Sobre este aspecto la Sala ya se pronunci() el pasado 1° de octubre de 2009 al asumir la competencia en este proceso y consider() que: "flesde e,vta optica, (meda claro gue el fuero constitucional para investigaciOn y juzgamiento de quienes les flee atribuido par el constiluyente, corresponds a la Sala de CasaciOn Penal como decisión politica gue husca preservar no la inmunidad de aquel servidor public() desde once vision personal,.vino desde la fiinciOn, lo cual explica clue la Corte ptteda asumir, reasumir o retener, segthn el caso. la competencia solo en aquellos evenlos en que se e.vtime clue se ejecutO una conduclu que bens una relacien de imputaciOn concrela con la JimciOn realizada, pese a gue esa condition en la actualidad no se ostente." "Evtahlecida la relaciOn entre la fitncien del congresi.sta y el delitn imputado, se mantiene entonces en la Corte la competencia para la correspondiente investigation o juzgamiento, In coal flee adverado par esta CorpnraciOn en pretërita oportunidad: No hay cameo a la vacilacien respect() de que en los eventos en que —de acuerdo a los setialado- se establezca el vinculo entre la lune& como congresista y el delito atribuido, /a Corte debe mantener o (para of caso espectfico) recuperar la competencia de la que hubiere podido desprenderse en vitlud de una interprelaciOn que a la fecha ha sido reconsiderada en ejercicio de su facuttad constitucional de ser la unificadora de la jurisprudencia "18 "Tal como hasta este momenta procesal se ha evidenciado, at redizar su alianza con esa agrupaciOn armada ilegal y sus comandantes, el sindicado no ostentaba Ia curul de congresista, pero indudablemente e.ve despliegue de actividades efectuado por el illoque Calima de las Autodefensa,s y de su comandante Ever Veloza alias KW, a peticiOn de los. narcotroficanie.s de la 18 Proceso de Unica instancia No.27.032 contra Alvaro Araujo Castro. 2,6 Sentencia-dOnica Instancia 30.097 ACP" Juan Carths Martinez Sinisterra Repig lica de Cothmdia Corte Suprema le justicia region, estaba dirigido a obtener para MARTINEZ SINISTERRA la cu•ul senatorial, quelinalmente logro en esas ekcciones del an° 2002." Y en decision del 28 de octubre de 2009 niediante la cual se resolviO la reposiciOn del cierre de la instruction planteada por el Delegado del Ministerio PUblico, se expuso: "Es que, se insi.s. te, lo que constitucionalmente permite p•o•rogar competencia, pese a la cesacion en el cargo, es que la conducla punible "tenga relacitin" -conexitin, enlace o correspondencia- con las funciones desempenadas y no exclusivamente el delito cometido en cumplimiento de las mismas, pue • ello no fue lo que el constiluyente primario plasm& a mcis que las limcione.s de los parlamentarios no se limitan solamente a lo descrito en el articulo 6° de la ley 5" de 1992. ya que estas deben visualizarse a troves de lo dispuesto por el articulo 133 de la Carta, en el entendido de que son quienes "representan al pueblo, y deberan actuar consultando la ju •ticia y el Bien coman", en virtud de lo cual queda clam el concept° atendido por la Sala respecto a la manera en que opera el fuero congresional.
" EstAndar legal de la Prueba: inciso 2° del articulo 232 del estatuto procesal penal del alio 2000 sefiala que toda sentencia condenatoria debe estar fundada en prueba que conduzca a la certeza de la conducta punible y de la responsabilidad del procesado. Se erige ahi el estandar legal de prucba que rige en Colombia, la certeza, como utnbral de verificación de la hipOtesis judicial contenida en la acusaciOn, que diHere de la verdad en terminos epistemolOgicosi9, pues la certeza, definida por algunos como adhesion de la mente a una verdad evidente, se nutre de aspectos objetivos dados por el tipo de objeto que se analiza o la clase o naturaleza de verdad que _9 "La verdad es objetiva y depende de la realidad de los hechos de los que se habla.
La certeza, en cambio, as un estado subjetivo, mthrido a la psicologia do quicn habla, y correspond° a un grado muy elevado de intensidad del convencimiento del sujeto." TARUFFO, Michele: Simplemente la Verdad. El Juez y la construcci6n de los hechos. Editorial Marcial Pons, 09.102, 37 Sentencia-2)nica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinis terra • SA.94pa6lica de Co(om6th Corte Suprema de justicia eseudrifia la mente, y subjetivos, tales como la intervenciOn de la voluntad, la experiencia del sujeto cognoscente y sus sensaciones o forma de percibir, que en conjunto dan como resultado la persuasion racional, suma dcl conocimiento lOgico y empirico.
Advirtiendo los riesgos que un entendimiento desenfocado de la certeza se generarian en el ambito del raciocinio judicial, Rues una concepciOn exigente propiciaria falsas absoluciones y una laxa, falsas condenas, debe asumirse ese cstandar dc prueba como el resultado de la refutaciOn de todas las hipOtesis plausibles evidenciadas en el proceso, al final del cual, si la mente no logra adherir con firmeza a ninguna de ellas, so genera la duda, que a terminos del articulo 7° del estatuto procesal penal, activa el principio del Indubio Pro Reo, corolario de la presunciOn de inocencia. Cuestiones previas: Antes de aludir a cada uno de los planteamientos formulados por los sujetos procesales en el turno de sus alegaciones conclusivas, la Sala, por razones metodolOgicas y para mejor elucidaciOn de los ITliSMOS, se referirã a los aspectos que ban sido objeto de debate en la instrucción y clue se replicaron en la vista pUblica, agrupandolos en 4 subtemas que anticipan, en parte, la respuesta a las glosas formuladas por el vocero y la defcnsa dcl ex senador MARTINEZ SINISTERRA: 38 Sentencia-Onica Instancia 30.097 Juan Carlos (Martinez Sinisterra Wepitglica de Colombia Corte Suprema de lusticia El testimonio del representante Financiero del Bloque Calima.
Las relaciones del cx Senador JUAN CARLOS MARTINEZ con cl narcotrafico. El control del Puerto de Buenaventura por parte de las autodefensas. Los resultados electorales del ex Senador MARTINEZ SINISTERRA en el puerto de Buenaventura, para los arms 2002 y 2006. El testimonio del miembro responsable del area Financiera del Bloque Calima: 83.
Para responder a los prolijos cuestionamientos que tanto el vocero como la defensa del procesado han consignado dentro de la oportunidad que tuvieron para realizar sus alegaciones conclusivas, conviene hacer un andlisis de las distintas declaraciones que en este y otro proceso, rindiO el senor MAURICIO ARISTIZABAL RAMIREZ alias "EL FINO", Financicro del Bloquc Calima, a quien la defcnsa apela constantemente para demeritar la credibilidad del testimonio del senor HEBERT VELOZA GARCIA alias "FIJI.", cabecilla del Bloque Calima y principal testigo de cargo en este proceso. 39 Sentencia--Onica Instancia 30. 097 A', Juan CarCos Vtlartinez Sinisterrp & Rernigica Cothm6ia Corte Suprema de lusticia Para la Sala resulta claro que el sefialado testigo no le dijo la verdad a la audiencia, pues sus atestaciones, en gran parte, no solamente resultan inverosimiles sino que contradicen lo declarado por el mismo en oportunidad anterior, sin plausible fundamento, y tanibién el atendible acervo probatorio que obra en la actuation.
Recordemos que este senor, el "FINO", dijo en declaraciones de fechas 6 de junio y 20 de noviembre de 2008, la primera de ellas quo, por cierto, se produjo dentro de una investigation que no se adelantaba contra el Ex Senador MARTINEZ, que FERNANDO POLITICO era el politico de la organizaciOn ilegal, quo al tinico politico que conocie alli fue a esta persona a quien menciona por su nombre, CARLOS EFREN GUEVARA, de quien dice se reunie varias veces con MARTINEZ STNISTERRA y tenia un Concejal puesto por el en el municipio de Buenaventura que era el enlace con los politicos y la administraciOn, llamado PABLO EMERIT0 20. 86.
Asi mismo, en la declaraciOn del 20 de noviembre de 2008 dijo desconocer a TEODOSIO PAL3ON o "ANDRES CAMILO" o "DARIO" como se le conocia por sus alias 21, y que no habia conocido en la organizacien a ningtin politico que hubiera llegado del Putumayo. Minuto (00:15:40) y (00:46:46):1 Minuto (04:15) 40 RepU6lica de Colombia Sentencia-rOnica Instancia 30 097 Juan Carlos 94artinez Sinisterra Cone Suprema de Justicia Ya en el juicio y contrariamente a lo afirmado en sus dos versiones anteriores, manifesto en audiencia pUblica: "En el fin de alio del arin 2001, llegan unos personaje.s. del 131,000E ['UMW YO, en los cuales.
Ilega este senor ANDRES CAMILO clue yo en las primeras vexes me preguntaron por el Pero recopilando la verdad y las cosas clue estamos cuadrando, yet me acorda quian era ANDRES CAMILO.. yo le decia ANDRES..,, fue en ese lapso porque ellos• estuvieron aproximadarnente desde la apoca de finales de 200] hasta mks o menos abril, mediados de abril o la segunda, en esos dices de semana sank, de 2002, tienen esta genie ohi..en ese transcurso nos quitaron la potestad a FERNANDO POLITICO, a mi, al CORA "22 Para la Sala no pasa inadvertido que el testigo meta su declaraciOn con el propOsito de dejar sin apoyo Ice version de "H.H." que cit y a este deponente y a FERNANDO POLITICO, como las personas que tuvieron que ver con la campaha del ex Scnador.MARTINEZ para el Scnado 2002, quc precisamente se adelantO en ese periodo de Finales de 2001 y los primeros meses del 2002, y mas se confirma ese parecer cuando es el propio a. "ANDRES CAMILO" el que se encarga de relutar lo dicho por a. "EL FINO", pues su permanencia en esa zona no rue hasta la sernana santa del alio 2002 sino hasta octubrc de 2003, aspect() quc deja ver que el testigo improvisO una fecha, la que coincidiera con la campalia electoral del ex Senador MARTINEZ, para negar la presencia alli o por lo mcnos las funciones, de a. "FERNANDO POLITICO". 89.
Sucede lo mismo con las declaraciones que ofrece esta persona en torno a las reuniones de FERNANDO POLITICO con MARTINEZ SENISTERRA; en la del dia 6 dc junio de 2008, 22 Minuto (00:56 - 59:12) 41 Sentencia-t)nica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra IWUffica de Cothm6ia • Corte Suprema de Justicia a PiFirma: "en varias ocasiones me pedia diner° que porque se iba a reunir con el Senador JUAN CARLOS MARTINEZ quien habia silo avalado por unos muchachos, lox GOND' LEZ del bcfjo Bauchi, el habia side patrocinado, decian, para esa cuestion.
FERNANDO se reunite con ese, terda conocimiento por FERNANDO que me pedia estos dineros, estos viaticos y me &cite Imes threctaniente esa cueslién. que ibct para donde el Senador JUAN CARLOS MAR71NEZ.. " 13 y de igual forma lo reitera a lo largo de su declaracidn. Ya en el juicio, el testigo rccurrc a una confusa narraciOn de los hechos, apelando a un supuesto dialog() que sostuvo con a. "ILIA.", para sugerir que lo afirmado en relaciOn con haberle dado plata a FERNANDO POLITICO para reunirse con MARTINEZ, rue por sugerencia del mismo y narra esa "nucva" version del acontecer factico dando a entender, habilidosamente, que cuando en declaracien anterior manifestO la situaciOn de las reuniones do FERNANDO POLITICO con el acusado, dijo que ellas o ella - porque ya no habia de varias reuniones -, ocurriO en Bogota, en el alio 2003, y toda esaacomodada version, clesdc luego habilmente conducida por la delensa quien lo interroga sugiriendo la respuesta.24 Como puede apreciarse, la novedosa version del "FINO" deviene interesada, y sugiere el animo en el testigo de introducir una fec.ha, antes no mencionada, para clue parczca clue las reuniones del ex Senador con FERNANDO POLITICO, no tuvieron por objeto el apoyo a su candidatura por parte de las autodefensas, pucs ocurricron luego de su clecciOn al Senado, 23 Minuto (15:40) y (23:10) Minuto (01:34:15) 42 Sentencia-"Onica Instancia 3 0. 0 9 7' juan Carlos.Martinez Sinisterra (Reptigica de Cothm6ia Cone Suprema de justicia postura a la que le viene muy propicia, la tambien "nueva version", en cuanto a clue para la apoca en quc sc surtie la campatia electoral del 2002 al Senado, FERNANDO POLITICO y EL FINO, no cran los cabccillas Politico y Financiero del Bloque pues habrian sido rcemplazados por a. "EL PROFE" o a. "ANDRES CAMILO" y a. "DARIO — BACALAO", con lo que se derrumbarian o perderian solidez, las afirmaciones de a. "II IL".
A pesar de ello, conviene aclararlo, y como hien lo afirmO el senor Agcnte del Ministerio PUblico, lo que en el fondo implica la declaraciOn de este senor alias "EL LINO" es que el enjuiciado MARTINEZ si se reunici con FERNANDO poLiTico, ya en Bogota, ora en Buenaventura, fucra en el 2001, en el 2002 o en el 2003, y nada demerita, a pesar de su intenciOn, la version del tcstigo sohre Ia reunion del cx Senador MARTINEZ con las autodefensas, cuando ya era Senador, pues tat circunstancia acreditaria la continuidad en el tiempo de los vinculos del ex Senador MARTINEZ con el grupo ilegal armado.
Examinando otros dngulos de las controvertidas declaraciones de a. "EL FINO", afirmO este durante el curso de Ia audiencia pUblica, con el cinimo de desvincular el trabajo de FERNANDO POLITICO del ambito del departamcnto del Valle del Cauca y bajar el perfil del lider Politico del Bloque, minando asi la credibdidad de Ia version de 11.11., quo FERNANDO POLITICO no habia sido cnviado a ejercer sus funciones a Buenaventura sino a una regiOn del Departamento del Cauca, municipio de Puerto Tcjada, porque era una persona cx integrante del Frcntc 30 de las 43 Sentencia-Onica Instancia 30. 097 Juan Carlos Martinez Sinisterra "kepi&Ica de CoCombia • Cone Suprema de yusticia FARC a quien no le convenia estar en Buenaventura donde habia tenido su area de influcncia ese Frcntc 25, resultando tan falaz su version, como elocuente su contraria, la que suministra el Asesor de Paz de la Gobernacian del Departamento del Valle, senor FRANGEY RENDON: "FERNANDO, clue era el responscible politico en coda la regitin era mi gran interlocutor.." 26, pues emerge de ella la inverosimilitud de la version del FINO considerando que el Asesor de Paz de la GobernaciOn del Valle del Cauca solo podia adelantar dialogos en relaciOn con los asuntos de ese Departamento y no del Cauca. 94.
Pero no solo el Asesor de Paz de la GobernaciOn del Valle del Cauca testimoni6 sobre la presencia de FERNANDO POLITICO en dicho Departamento, tambiën lo hizo H.H., su superior jerarquico en el Bloquc Calima, cuando dio cuenta de la intervencitin de a. "FERNANDO POLITICO" en los asuntos de la ciudad de Buenaventura y del Valle del Cauca y dijo que este permanecia cn cualquicr parte del Valle, entre Cali y Buenaventura haciendo el trabajo politico que venia realizando con las FARC, ahora para las autodefensas y eon las mismas personas que hacian presencia en Buenaventura haciendo politica l ', e igualmente lo constata YESID ENRIQUE, PACHECO SARMIENTO alias "EL CABO", en cleclaracien de fecha 24 de Julio de 2009: " y al respecto de la pregunta ale FERNANDO POLITICO, siempre 10 coned coma la persona encargada de establecer relaciOn con politicos en la WIICI del Minuto (01:05:15) ?:(1 Minuto (06:59) Declaración rendida el 16 de Julio de 2008 en in cal cel de ItagOi. 44 RepU6lica de Cothm6ia KM Sentencia-Vnica Instancia 30.097/.1/ Yuan Carts Wartinez Sinisterifir Corte Suprema de yusticia Valle del Cauca, yo se due el llegaba a la ciudad de BUENAVENTURA a cumplir sus liinciones, " 28.
Tambien esta la version libre rendida en Justicia y Paz el dia 18 dc marzo de 2009 por parte de JOSE'' DE JESUS PEREZ JIMENEZ, alias "SANCOCEJO": "FERNANDO POLITICO es. una persona clue la conoci yo en el alio 2000 para agosto o septiembre, yenta de desertor de las EA RC del divine 30 de lay 2C, cle.stle el momenta clue Ia conoci, to conoci com p politico (knot de la organizaciOn,..de reuniones 0 de cosas as" de eel no las conozco, ',argue nosthdros, el CURA y mi persona &elms los encargados de to militar, emances no conocemos en realidad con quicines o con quichi se reunia FERNANDO, lo clue si sabemos que es aura, y file as!, de cute FERNANDO era el encargado de la politica clel Va//c.".
Sobre el recurrido terra que la delensa trajo al piano de la discusiOn acerca de si en la ciudad de Buenaventura las autodelensas del Bloque Calima habian ejercido un "control total" sobre el Puerto, el "FINO", niega ese dominio con argurnentos anfibolOgicos clue contradicen su propia version, puts dice que sc replegO la guerrilla, cue hubo un sometimiento del comercio, que las autoridades cstaban del lado de ellos y que cstaban conscientes de que el Puerto de I3uenaventura era de ellos, pero no hubo control total, que control politico tampoco hubo porque "H.1-1." nunca lc ordcnO haccr procedimicntos politicos 29 (mal podria hacerlo si a. "EL FINO" era el responsable Financiero del Bloque, no el politico). 97 Tal parecicra clue el testigo hubicra estado alcccionado para apuntar al argumento delensivo de la inexistencia del apoyo paramilitar a la candidatura del ex Senador MARTINEZ por no 28 CU% Folios 145-150 del cuaderno 4.
Minuto (01:13:5R — 01:20:18) 45 f. Repft6lica de Cothm6ia SentenciaiOnica Instancia 3a 097 2/:,Juan Car(os `Martinez Sinisterrak Corte Suprema de justicia teller el Bloque Calima el dominio militar y politico en el Puerto de Buenaventura, cuando en su fuero no se contemplaba la posibilidad de conceptuar sobre aspectos politicos, considerando quc no era ese su campo sino el financiero, como responsable del Bloque en la matcria, pues asi lo sostuvo de manera reiterada en el testimonio rendido en el juicio.3° Las rclaciones de JUAN CARLOS MARTiNEZ con el narcotnifico: El senor OLMES DUR.AN IBARGUEN quicn declare) en este proceso par videoconferencia desde su sitio de reclusiOn en los Estados Unidos, dijo quc permanceiO en el Puerto de Buenaventura hasta el alio 2001, siendo su actividad los aserraderos y las pesqueras y que conoce al Ex Senador MARTiNEZ desde muchacho porque eras vccinos en el mismo barrio, dando cuenta del hecho aqui demostrado sobre la asistencia del acusado a su boda el 29 de diciembre de 2003 en calidad de testigo del vincula matrimonial, cuya invitaciOn fue cursada en un encuentro que tuvieron en el aeropuerto de Cali, del que no precisa la fccha. 'Nana el testigo que la boda se celebre en Virudo - Choce, que mandO a buscar al, en esa epoca, Senador MARTINEZ. nn eunuch) Ilego a I.0 Alptaarra, me encuentro coo e/ SellOr 11031:12 17.1,0/.4 me (leveret,, quo mcis hlNITO epee hoc fa;nacho liempt»io nos veiamos desde la desmovilLatiall clespttes me cafe 00 yo nu me ac 'teeth; de politicos, (maple osIcal sobe gee la poste mir y ere) la prole Atone iera.
WI:31'. 11)): "No. eslara confunclalo of saline Fl ERMIN, yo nonce: nre remri Coll LOS y mesas Vera S7lle7C1011('S CAe pnlilirn porque crew:ohores clue in, MC InCieMbiall (11111.. “ (0 I:381d I ). 46 Wrptiffica de Cothm6ia Sentencia-rOnica Instancia 3a 097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Cone Suprema de yusticia en una lancha y que este permanecia alli durante dos dias31.
Cuando se le pregunta en cuentas oportunidades se via con el Senador MARTINEZ lueg° de la boda, dice que no recuerda haherse visto con el, sin embargo dice quo por ahi en dos oportunidadcs y que telefOnicamente cree que hablo una vcz, y al ser interrogado por la forma en que se dirige o dirigia al acusado, dice quc coma Senador o simplemente Juan Carlos. 100.
Tnterrogado el extraditado por el contenido de la conversacien telefenica que sostiene con el acusado el dia 16 de noviembre de 2006, que durante la audiencia pUblica le ruera puesta de present° y en la quo MARTINEZ SINISTERRA lo llama a traves del telefono de ANURI0 32, dice que ANURIO es un amigo, un compadre a quien identifica coma ANURIO MURILL0 33, que MARTINEZ se comunica con el a traves del telerono de esta persona porque estaba con una muchacha y tenia el teleran° apagado y que tarnpoco sabe par clue el acusado, su amigo, tenia el tclefono do su compadre ANURI0 31, dice que manifesto en esa conversacion querer hablar tambien con En version fibre dice cl senor MARTINEl: (14:1 I): recu,ge en ono 1012(Ma y ac onomno la.Thoacla_ me recomen camtin y corriente. y al din signiente soli " 12 A folios 208-214 del:mesa it. ohm la resolucien de lecID 6 de j111110 de 2008. proterida por Ia Fiscalia 22 Es pecializada de la Unaim, demi.° del radicado 71.516. inediante la coal se prafiere resolution de acusacion contra los senores OLMITS DURAN IBARGOEN y ANt TRIO MURILLO MURILLO. entre °vas. per los dehtos de "Franco.
Fahricacien o Porte de Estupclacientcs Agravado y Concieno puma Delinquir. En el inform dc Policia Judicial 368 del 8 de mayo de 2007, allegado a la actuaciem en media magnetic° mechanic otro infante de Policia Judicial Tic ohm a folios 88-89 del euaderna I. se dice que ANURIO MURILLO MUR11.1.0 es alias "MI 1.1,AVERIA” y epic 01.MES DURAN es una persona que conscrva un hajc) perfl y de mocha eau tela en el use de et:Animus, utilizando los teletanos de alias "MI 1,1,AVERIA -.
Da cuenta cl referid° inlormc (me ANURIO es el cncargado de manejar el dinero de la organizaciOn y realiza el cambia de moneda de grandes cuantias de dainties. es persona de lode In conlianza de OLMES DURAN y de alias ''EL CIONCEIAL”. En diligencia de version fibre de lecha 26 de septiemhre de 2008. el acusado manifiesta en relacian can ANIIRIO, "Me suena el nambre (01:04:24) No. hack, donde se crew que era on comerciante de modern del Chnc6.. 10 visto en la cludad, flue satin que eran genre que comerciaThaban con lac modern, (pre en mochas acasiunes le pendia modem a mi nt), no recuerdn ono winced!, &recta- ( 01:05:20).
"Se clue fire comorado y to lei en Ins perithhcos. con 01.M/S' DURAN" (01:05:.31 ) 47 Sentencia-rünica Instancia 30.091 Juan Carlos Wartz'nez Sinisterri Wfipiibrica de Cothm6ia Cone Suprema It justwia MARTINEZ, porque tenia problemas de seguridad con la guerrilla y para saber en qua le podia ayudar el acusado. Indagado igualmente sobre la Ilamada quc la hija del ex Senador MARTINEZ realize) tambien al telefono de ANURIO, por error, el die 25 de noviembre de 2006, en donde ANURIO aprovecha para preguntarle a ella por el Senador y le dice que OLMES DURAN, el ahijado del Senador, este pendiente de algo, el extraditado contesta que eso de lo que el estaba pendiente era precisamentc to quc habia qucdado dc la primera conversaciem quo sostuvo con el ex Senador MARTINEZ.
Cuando se le pregunta al extraditado acerca do la injurada que rindie ante la Fiscalia 22 de la Unaim en la ciudad do Bogota, el 19 de noviembre de 2007, en la que afirme) ser un perseguido politico porque lo conoce mucha gente de la region gracias al trabajo quc venia haciendo, haste el punto que fund?) un Movimiento Politico, el MSCH Movimiento Social del Choce) -, aceptO ser efectivamente uno de los fundadores de ese movimiento junto con JULIO CESAR MORENO 35 y quo con csa organizacien politica apoyO varias candidaturas a la Alcaldia en el Departamento del ChocO, especialmente la Alcaldia de Pizarro;
Segnn lo Anna MARTINEZ SINISTERRA cn diligencia de Versinn Libre de leclia 26 dc septicmhve de 200g, Cesar Moreno Mosqucra Cue extraditado. y a Folios 209-214 del tines° 5 obrante en esta actuaeiOn, reposa la Resolueitan de [cella 6 de junto de 2008 profericla par la Viscalia 22 Especializacia ante la llnaim denim del radicado 71 516. adelantado contra °IMES I)URAN, ANURIO MURILLO y.1411,10 CISAR MORENO MOSQLIFRA. entre twos. par Trahco de Estupelaelentes y Concierto para Delinquir. mediante la nod se llama a juicio a los dos primeros y se rontme la Unidad 'rocesal respect() del ultimo para continuar In investicaciOn. 4S Repit6lica de Colombia Sentencia-tinica Instancia 30.097.7;, Juan Carlos Martinez Sinistemei Corte Suprema de Justicia Como quiera que en la actuation obra el informe de policia judicial 0229 del 16 de septiembre de 2008 36, mediante el cual se allegaron los resultacios de los controles telefenicos rcalizados a los abonados telefenicos, desde y hacia dondc se comunicaha OLMES DURAN con los micmbros de la organization bajo su mando, 37 y alli consta una Ilamada del 19 de noviembre de 2006 dondc el extraditado se comunica con ELIGIO y hablan dc JULIO, personas que reconocie coma FLICK) MOSQUERA, Alcalde de Pizarro a quien le colabore econemicamente para la camparia, y JULIO CESAR MORENO 38, su prime, Concejal del Municipio de Baja Baude en el Chace, este Ultimo a quien MARTINEZ SINJSTERRA le otorge aval politico por cuenta del Movirniento MPU en las eleeciones de 2003, segün lo reconocie en este proceso, se le pregunte enhances, si asi coma habia patrocinado econemica y politicamente candidates en el Departamento del Choce, habia hecho lo propio en el Departamento del Valle del Cauca, y conteste clue en el Valle no habia tenido ninguna incidencia politica y cuando se le pregunte qua conocimiento tenia sabre los avales politicos otorgados por el acusado a personas del Departamento del Choc?), rclacionadas con el, manifesto no tener ninguno. De acuerdo can lo anterior se tiene entonces, que JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA y OLMES DURAN 36 (11r.
Polio 88-89 del cuaderno I 37 Inspeccien judicial realizada a la investigaciOn identificade con el radicado 71.516 de la Eiscalia 22 Especializada de la Unaim. adelantada contra el testigo extraditado y alms miemhros de la organización. 38 De acuerdo a los documentos en medic) magnetic() epostedos al proceso con el infonne de policia judicial 0229 del 16 de scptiembrtc de 2008, folios 88-89 del cuaderno I, este persona es I111,10 CESAR MORENO MOSQUERA. alias -El.
CONCEJA1,- o "El. PRIMO-, captured() con fines de extradiciOn el 23 de agosto de 2006. por cargos de narcotrefico. del clue se dice era el segundo al mando de la organizacion liderada pot DINES DURAN. quien se \ellie desempaando coma Concejal del l3ajo BaudO. el coal. dada su posiciOn politica, era el enlace de esa organizacien con los politicos de regiOn. 49 Wepit Baca de Cambia Sentencia-rOnica Instancia 30.097: / Juan Carths Martinez Sinisteruil • Cone Suprema de Justicia II3ARGOEN, no son los distantes relacionados que en el proceso se quiso hacer ver, no obstante la obvia cercania que se pudo deducir a partir de la boda de OLMES DURAN de la que el acusado fue testigo en el lines de diciembre de 2003, y que los acerca como "ahijado" y "padrino", segitn se denominan asi mismos;
JUAN CARLOS MARTINEZ no es para OLMES DURAN, el Senador o Juan Carlos a seeds, como lo sostuvo en audiencia, es su "hermano", es su "viejo" es su "amigo", pues asi se dirigia a 61 en la conversacien telefimica del 16 de noviembre de 2006 que origina JUAN CARLOS MARTINEZ cuando lo llama, no a su telelono, sino al de ANURIO MURILLO, alias "LLAVERIA", el financier° de la organizaciOn dclictiva liderada por OLMES DURAN, y porqud a travels de ese telefono?, porque, como lo ilustra el inf'orme de policia judicial 368 que se allegO al plenario, OLMES DURAN era un sujeto cauteloso en el use de los celulares para evadir controles de las autoridades y por eso utilizaba los tcldfonos de alias "MI LLAVERIA" a efectos de recibir o hacer llamadas. 105.
En csa Ilamada ANURIO, alias "MI LLAVERIA", le pregunta a MARTINEZ que con quien habla, dste le dice, -eh. 111 pasa of ahijaclo?", evitando identilicarse cern° el Senador Martinez. Asi mismo, la hija del ex Senador MARTINEZ tambian llama a ANURIO unos dias despuë,s, por equivocaciOn, justamente al mismo telefono al quo se comunicO su padre, por eso, resulta extrario quo cuando al procesado se le interroga sobre ANURIO, en version libre del 26 de septiembre de 2008, muestre una ajenidad discrepante con la circunstancia que se acaba de ver: so Repri6 Lica tie CoCom6ia Sentencia-7:Thica Instancia 30.097 ' V MartinezCarlos artinez Sinisterra; 71,7 Cone Suprema de lusticia "Me Buena el nombre,..No, ham donde se creo que era un comerciante de madera del Chocti.,. lo he vi,sm en la ciuclad que sabla que eras genie clue comercicrlizaban con la madera, que en muchas ocasiones le vendia modem a nil jamilia, pero no, no recuerdo una relaciOn &recta".
Si-nese a lo anterior el inconsistente argument° que suministrO el testigo OT,MF,S DURAN en la audiencia, cuando se lc interrogO sobre la razOn por la cual en la comunicaciOn sostenida entre ellos, el acusado le dice a su interlocutor cOmo hacen para verse y OLMES le contesta que se baga la "rodadita" porque es importante, pues dijo que tal importancia derivaba de unas situaciones de seguridad, de amenazas de la guerrilla que qucria plantcarlc, pero dicho argumento no cncaja en la conversation escuchada ya que lo que se infiere de ella es que gira en torno a un tema que los dos querian hablar y que cada uno de ellos conocc do antemano, aclemas, no stria el ex Senador MARTINET, la persona Ilamada a resolverle problemas de seguridad al cabecilla de una orgataizaciOn delictiva quc, como se sabe, tenia contactos con las autodelensas del Bloque Calima, piles asi lo reconociO en la audiencia cuando dijo conocer al "Com.andantc" Financier() del Bloque Calima alias "EL FINO" y al "MOCHO", "Cornandante" del Frente PaciFico que operaba en Buenaventura.
Se interrogO en el juicio al extraditado OLMES DURAN sobre lo manifestado por el en diligencia de indagatoria del 19 de noviembre de 2007 ante la Fiscalia 22 Especializada de la Unaim, en cuanto afirmO que era victima de una persecuciOn politica dada su "colaboraciOn" cn csas actividades para las cualcs fundO cl 51 Sentencia-Onica Instancia 30. 097 Juan Callas liartinez Sinisterra Weptiffica de Cothm6ia Cone Suprema de justicia Movimiento Social del Choco — MSCH corroborando lo dicho en su injurada y suministranclo el nombrc de JULIO CESAR MORENO, como la persona clue estaba encargada de organizar ese mov i m i cn to.
Coincidencialmente, JULIO CESAR MORENO, alias "EL CONCEJAL" o "EL PRIMO", varias veces Concejal del Bajo BaudO (Pizarro) era, segiiin el acervo probatorio recaudado en la Fiscalia 22 de la Unaim dentro del radicado 71.516, una de las personas mds importantes de la organizacien del Valle del Cauca dedicada a actividades de narcotrafico y liderada por OWES DURAN IBARGUEN, alias "EL DOCTOR", picza clave en los vinculos que el narcotrafico mantenia con politicos de la region y con funcionarios de la administracien pablica del Departamento del Choc:6, muy relacionado tambien con JUAN CARLOS MARTINEZ STNTSTERRA como que en el alio 2003 este le otorge aval politico por cucnta del Movimiento Popular Unido MPU -, para patrocinar su candidatura al Concejo Municipal del Bajo Baucle).
Surgen incontestables los intereses politicos que OLMES DURAN tenia en la regiOn, pues quede demostrado en el proceso quo csta persona apoyaba econeimica y politicamente candidatos a las Alcaldias en el Departamento del Choco e incluso ere() un Movimiento Politico de.1a mano de JULIO CESAR MORENO MOSQUERA, varias vcces Concejal del Municipio de I3ajo Hauck) (Pizarro), en el Departamento del ChocO, de donde es oriundo OLMES DURAN IBARGOEN, y se confirman tambien los Sentencia-l)nica Instancia 30.097 Juan Carlos (Martinez Sinisterra Repti gfica de Colombia Cone Suprema de Justicia lazos, no solo de amistad, sino politicos, entre el acusado con el setnialado narcotraficantc, conocido a su vez de los jefes Financicro del 'Moque Calima y del Drente Pacifico que operaban en el municipio de Buenaventura. 110.
Si bien es cierto que OLMES DURAN IBARGUEN ncg6 haher tcnido incidencia politica en cl Departamento del Valle, resulta claro para la Sala que tal postura del extraditado protege convenientemente la situacion de su amigo el ex Senador JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, ya que si su dicho sc confronts con las demostradas actividades que en materia politica desarrollaba este person*, cuando promovia Alcaldes para extender su dominio a la Orbita de los asuntos de las administraciones piliblicas, de la mano del hombre Inds importante dentro de la estructura criminal que lideraba, como es JULIO CESAR MORENO MOSQUERA, no se entiende cOmo tales propOsitos no lo alentaban en el Departamento del Valle y exactamente en el Puerto de Buenaventura, punto de enclave de su ilegal actividad y, si eomo qued6 establecido en el proceso, JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, Senador del Departamento del Valle del Cauca, era su amigo y la persona que politicamente avalaba a este sujeto, primo del extraditado, en sus aspiraciones al Concejo Municipal del Bajo BaudO, en el Departamento del Choc6, no queda duda de la punible interconexion geo estrategica de intereses en ambos Dcpartamentos. 1 l 1.
HIGTNIO MOSQUERA, quien declar6 en este proceso y fuera dos veces candidato a la Gobernacien del Choc:6 para los:53 Sentencia-rOnica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Reptglica de Colombia Corte Suprema de Asada periodos 2000 y 2004, deje muy claro que el Movimiento Popular Unido MPU cuyas bancleras recogiO el ex Senador MARTiNEZ SINISTERRA en el Departamento del Valle del Cauca, heredadas dal politico vallecaucano CARLOS HERNEY ABADIA CAMP039 condenado por enriquecimiento ilicito dentro del proceso 8.000, segOn lo in-CormO a la audiencia, Cue ilevado al Departamento del ChocO por OLMES DURÄN IBARGUEN para las elecciones del ano 2006, de la nano del Movimiento Social del ChocO que fundO el extraditado, y en el que militO gente de Pizarro, Bajo BaudO, lo anterior se desprende de la exposiciOn que hiciera el senor MOSQUERA durante el curso del interrogatorio que le Cuera formulado por la Presidencia de la Sala por los sujetos procesales: 112.
Prcguntado: i3 OyO usted hablar en el Choc?) del Movimiento Social del ChocO promovido por el senor Olmes Duran lbarguen?. Contesta: 'Tilos irahaja •on con an nrovitniento que se llowaha Movimiento Popular Unido - 4,1P.0 coda el pueblo del Chou') sulke que ese movimiento Nil porrocincido por ()Imes Durcin. Preguntado: LUsted conocio en el Departamento del ChocO un movimiento denominado "Movimiento Social del ChocO"? 'Sc hablaha del Movimiento Social del Choco y ese nrovimiento yo anti vez estuve hablando con el ex senador Rufino COrdoba clue 010 hcrblaba de que el era el director de ese movimiento y que hicieron entre aims coatis on acto politico al cual yo como ciuc/adano normal, pose. y me cwactron y cat& y vi al scrim.
Ryfino COrdoba que estcrba en eso reunido con genie de Pizarro, del Bak Ball• pero altos no se inscribieron po p ese movimiento 39 Sabre al particular esto aa: la clue sulalO en;lad iencia publics dcl 20 dc encro dcl 201/. el senor Carlos lIcrney Abodia: (13:17). el 98 Nene nuesumente lu thee/ fin de Salado y ocean, rn •.CLI 11)0('Il 0 queen ern an xenon' Expertl y:a AtIor or: Treats. ells sole elegida con 53.625 votos..(16:12)posterionneooe en el 2002 tone In eleceino de Semitic), yo ).0 e.naba tilitera (1 6:32/Jo me hank' separado de In Senadora Esperanza Alorioa, enhances. por problemas personales elk, declina, no valuer u aspirar al Senado del 2002. hag° una tenni fin coo (Mot Ins lideres y determinamos one let persona Hamada a;mom las ricottas del partklo. era Joao Carlos Aleatinco Juan Corks se pia imestro candidate of &nada (17:05) Mimeo (26:48) 54 Sentencia-tOnica Instancia 30.0r ei Juan Carlos Wartinez Sinist e a' Republica de Colombia iG Corte Suprema de lusticia social sine par el MP.
U, que quien les din el aval para esa eleccien y ya clije anteriormente quienes encabezaban las !Was. Preguntado: Listed ha manilestado que aspire) en dos oportunidades a la Gobernaciem y en una oportunidad a la Cdmara de Representantes, en ese trasegar politico, Lqud conocimiento tiene de actividades en ese campo por parte de ()Imes Duran? "Hombre a Ouihde venia el concqjal que cicaba de hablar el magistrodo42, que era una de _los coortlinadores de ese movinnento del pacific° y Mos within mucho a Quibcle, me acuerelo macho que en unas jieslas cle San !Who esluvieron en Quilulo, esiuvieron en el hosted los fit/Di/ones, de eso es que yo cengo conocimiento porcine venial! pues 1(1 genie cle Buenaventura con el &Pero p a,sle es tin pueblo pobre y loch) el mundo sahia donde e.actban y quidnes oven, cle ese es clue yo tengo conocinilento cle que Dimes Velila a Othb(11).
OHO •, 43 varias veces".. 113. Emerge de manera incuestionable a travels de las revelaciones hechas por el extraditado OLMES DURAN IBARGIJEN sobre sus intereses politicos cuando incursiona en el Departamento del ChocO y de la declaraciem del senor 1-1IGIN10 MOSQUERA que confirma la irrupciOn en el Departamento, del "Movimiento Social del ChocO" pero avalado por el "Movimiento Popular Unido" — MPU liderado indudablemente por el enjuiciado como heredero politico de la casta Abadia del Valle del Cauca, los intereses politicos comunes que ligaban a MARTiNEZ SINTSTERRA y a OLMES DURAN, con los Departamentos del Valle del Cauca y del Chord y, por contera, sobre los vinculos politicos entrc ellos que trascendieron el ambito de la lejana relaciem personal que se quiso hacer ver en este proceso.
Minute (42:09) " Se re nere a alias "El.. CONCEJ n el "PRIMO-, segundo at mandu de la organization de OLMES DURANII3A IZG OEN. prima este. y persona que liicra avalada pen JUAN CAR LOS MARTIN17 coin° Conccjal dcl Municipio de MO fiaudO (Pizarro) Minute (45:02) 55 Repit6fica de Cotom6ia 0.., #., e..,.-z, n. 11../ Cone Suprema di Justicia Y es ahi donde refulge con nitidez cliamantina, la coherencia dcl testimonio suministrado por el ex jefe paramilitar extraditado HEBERT VELOZA GARCIA, alias "H.H.", cuando depone sobrc el apoyo que OLMES DURAN le solicitO a la organizaciOn armada ilegal para JUAN CARLOS MARTINEZ, con ocasiOn de los comicios electorales del alio 2002 y que originO los multiples encuentros del acusado con el lider politico dc la organizaciOn ilegal que de vieja data conocia, FERNANDO POLITICO.
En el escrito que contiene los alegatos que el vocero y defensor prcscntaran conjuntamente, estos consignan quo en su cleclaraciOn en el curso do la audiencia HIG1N10 MOSQUERA no informO de vinculos de OLMES DURAN con JUAN CARLOS MARTINEZ, y aunque si bien es cierto csta situation no parcuc constarle al testigo, aspecto que carece de relevancia, pees en el proceso estan suficientemente acreclitadas por otros medios esas rclaciones, to quo, si omiti6 considerar la defensa fue el ciamulo de informaciOn que entregO el testigo cuyas piezas articuladas permitcn avizorar los intereses comuncs clue compartian en la politica del Departamento del Choe6 MARTINEZ y DURAN entre ellos los que se analizaron precedentemente y otros que se suman, como el includible vinculo quo surge entre los dos con el Conccjal de Bajo BaudO (Pizarro) JULIO CESAR MORENO MOSQUERA, avalado politicamente por MARTINEZ, segundo al mando de la organizaciOn de OLMES DURAN y del que el testigo seliala era cl Coordinador del Movimiento Social del Choc& fundado por el extraditado: SentenciaiOnica Instancia 30.097% Juan Cantos Martinez Sinisterra / 1 56 Sentencia-7)nica Instancia 30.097 Juan Carlos ivfartinez Sinisterrt) Repabfica efe Cofom6ia Cone Suprema Le lusticia "Hombre si, a Quibcki venia el Concejal que acaba de hablar el enctgistrculo, que era uno cle los coordinctdores de ese movimiento del pacifico y ellos venian mucho a ()Jabal/J." La Sala quiere ham- especial mention en este punt() a los resultados electorates obtenidos por el ex Senador MARTINEZ en el ChocO, municipio de Bajo BaudO (Pizarro) para las elecciones al Senado 2006, en donde obtuvo 379 votos, siendo la tercera fucrza electoral en cl municipio al lado de CRISTOBAL RUFINO CORDOBA, quien.fue la primera;
RUFINO CORDOBA es la persona sefialada por HIGINIO MOSQUERA como el Director del movimiento fundado por OLMES DURAN: -Se hablabo del Movimiento Social del Choce, y ese movimiento yo una vez estuve hablcmclo con el ex senador Rufino COrdoba que me hablaba de que el era el director de ese movimiento " 11, significando claramentc que en el municipio de Bajo Baud() (Pizarro), Departamento del ChocO, OLMES DURAN y el enjuiciado, controlaron los comicios electorates al Senado 2006, siendo ello un clement° de conviction contundente, adicional al acervo verificado, que apunta a demostrar el maridaje politico que vinculaba at acusado con el extraditado OLMES DURAN.
El control del Puerto de Buenaventura por parte de las autodefensas: El control, sea cual sea la arista desde la que se lc mire, por el lado politico, social - al que hizo referencia el asesor de paz - o militar, es control, y mide el grado de injerencia que tuvicron las autodefensas en el Valle del Cauca, concretamente en el Puerto /14 MilllItO (42:09) 57 (kepi Rica de Co Com 61a SentenciaiOnica Instancia 30.997./ Juan Carlos,lartinez Sinisterra • Cone Suprema justicia de Buenaventura, por eso el ex cabecilla del Bloque Calima IIEBERT VELOZA alias "II.H." recurrid a ese baremo con el fin de explicar la forma en que se pudo incidir en las comunidades del puerto para obtener el apoyo electoral hacia MARTINEZ SINISTERRA.
I I 8. Quc si fue total o fue parcial, esa es una discusidn quc se antoja bizantina sobre todo cuando se la pretende Ilevar a terminos absolutos para sembrar el germen de la duda; lo que no sc puede negar, es la presencia del Bloque Calima y su Frame Pacifico en Buenaventura y la intimidacidn o temor que generaba, no porquc a cada ciudadano sc lc amcnazara con un fusil, sine pot-clue como to sostuvo a. "HAI.", ya se habia hccho un "trabajo previo" de ablandamiento de las comunidades que mantenia latente ese temor. 119.
Que no huho amenazas y presiones para que se votary por MARTINEZ?, no fue ese seguramente el estilo de politica quo el Bloque implantd en Buenaventura porque alli no se verified un proyccto de imposicidn de candidaturas, el modus operandi de las autodefensas en este nivel Cue distinto al de otros lugares como lo sostuvo "1-T.H." y como lo dejd ver el Asesor de Paz, porque no se ejercid una presidn sobre el electorado quc sc tradujcra visible on terminos de obligar a las comunidades a votar por determinado candidato o abstencrse do haccrlo, primero porquc como lo dijo el acusado, 61 =la su propia trayeetoria politica y eso lac:Mita las cosas, segundo porque como tambien lo aseverd "H.H." ellos respaldaban politicamente personas con fuerza electoral y tercero, 58 SentenciazOnica Instancia 30.097 / Juan Carlos Martinez Sinisterfa" gr)Xepit glica de Coromgia Corte Suprema de lusticia porque las comunidades ya conocian el trabajo politico que venia haeicndo FERNANDO POLITICO quo primer() pertenecie a as PARC y luego ingrese a las autodelensas.
Entonces lo quo °per() fuc una transition do apoyos a traves de este personaje, a. "FERNANDO POLITICO", que era el enlace de las autodefcnsas con las comunidades y la clase politica - conocido de tiempo atras con el encausado que se vio relorzado y facilitado por el trabajo de los miembros del Bloque on Buenaventura quo también fueron antiguos militantes de las PARC.
Ademas y segUn lo que quedO evidenciado en el proceso por las declaraciones de miembros de la organizaciOn y de, entre otras personas, MCINI° MOSQUERA, las autodcfensas tenian miembros de su propia estructura oriunda de las regiones donde cjercian influencia y esto les daba ventaja a la hora de consolidar los apoyos, pues resultaba Feed el acercamiento con las comunidades sin quo fucra neccsario quo ellas so intimidaran por la presencia do genre armada del Bloque andaban de civil en los cascos urbanos — o la utilizaciOn de las arenas.
Ahora, a. "H.H.", adujo durante su declaraciOn on la audiencia de juzgamiento una razOn concluyente para denotar el grado do injeren.cia o do control quo ejercian on el Puerto de Buenaventura, cuando interrogado por este aspect() sefial g: "Si el ESiadO, la fuerza pitblica, la armada, el ejárcito, hubieran tenido el control total de Buenaventura como to dicer?, entonces nosotros por quá operamos librememe en Buenaventura y hay cientos y miles de muertos en Buenaventura en la confrontaciOn due nosotros tuvimos con el 30 Drente de las 17,42C, por cpui nosotros controlóbamos Icts.
Sc „.\\ Sentencia-7.)nica Ins Lancia 30.097 ) Juan Carlos Martinez Sinisterra, XepU6lica tie Colom6ia Carte Suprema de Justicia solidus del nareoirdfico y nos pagaban impuestos a nosoirds y record° que en sus versiones en Justicia y Paz se elabore un cuadro donde esta delimitado barrio por barrio de Buenaventura, quiènes eran los cahecillas militares de las autodefensas y cso es una prueha del control que se ejercia en Buenaventura, cuadro clue como Sc sabe se allege, a esta actuaciOn, en donde consta el organigrama del Bloque y sus representantes en el area urbana del citado Municipio, agrupados por zonas.
Es frcntc a cstc asunto del "control" ejereido por el Bloque Calima en el Puerto de Buenaventura, sobredimensionado por la defcnsa, que los antiguos lugartenicntcs del ex cabecilla IIEBERT VELOZA, alias 11.11., como JUAN MAURICIO ARISTIZABAL, alias "EL FINO", Financier° del Bloque, ELKIN CASARRUBIA POSADA, alias "EL CURA", Militar, YESID ENRIQUE, PACHECO SARMIENTO, alias "EL CABO", urbane, tercero al mando en Buenaventura, Ilan revelado su gran capacidad en la audiencia pUblica, para mutar sus dcclaracioncs anteriores.
Se omitc la referencia a lo dicho por alias "EL FINO", considerando que en lineas anteriores se valor° la credibilidad que a esta Sala le merecen sus deelaraciones sobre, entre otros aspectos, el que en csta oportunidad se analiza, 124. ELKIN CASARRUBIA, alias el "CURA", cabecilla del Bloque Calima, dijo en deelaracián del 19 de noviembre de 2008 que si hahia control en Buenaventura pues tenian mucha presencia, 45 Mina() (25:30) 60 Sentencia-t)nica Instancia 30.097 Juan Carfos 9frtartInez Sinisterra Ckgpti6lica de Cofom6ia Cone Suprema de yusticia pero ya en la declaraciOn clue vino a rendir en la audiencia, dijo clue: "En Buenaventura en la parte urbanct fue two de los frentes • del Bloque Colima donde tuvimos mils personal en la parte urbana, ahi en Buenaventura llegamos a tenet. 300 urbanos,.volamente en la parte urbana, Para los ahos 2002 a 2003,. y ni con esos 300 urbanos que le metimos a Buenaventura humuscapaces de controlar a esti ciudad..
"46; "Como le digo, siempre que yo opere en el liloque temporalmente llegaba. no a todos los "cremes file H. porque hubo Prelates donde el no file, si H.H fue 2 o 3 vece.s. a Buenaventura, a! propio Buenaventura, file mucho, " 47: cuando se le pregunta si alias "EL CABO", este en capacidad do afirmar exactamente cOrno era la situaciOn militar y politica del municipio de Buenaventura, dice: "Clam Id Ilene Ines porque el era el que permanecia en la ciudad de Buenaventura, el era el que operaba, el era el que estaba pendiente de la genie, el que conocta a queen (cilia en los distintas. barrios. y yo solamente le pee/la el reporte of MOCIJO y al CA 80 ya elks nos pasahan esos repOrleS".18 Como se puede apreciar, las atestaciones del ex cabecilla Minter del Bloque, se dcrrumban por el propio peso de sus contradicciones, pues es el mismo testigo el que le recta eficacia a su dicho cuando afirma clue 61 no permanec a en Buenaventura, luego no puede dar cabal razOn de lo clue 300 hombres en el area urbana de ese Puerto maritirno hacian, de la forma en que se relacionaban con las comunidades, apartc de que subestima, deliberadamente, la presencia de una fuerza urbane de 300 miembros de las autodefensas, sin razonar su dicho.
ARMANDO LUGO, alias "JIMMY CABF.ZON", Coordinador politico del Bloque Calima, en forma contraria a lo '16 Minute (0117:00) 17 Minute (01:52:54) Minute (01:54:54) 6l ckepti5lica de Colombia 1 Sentencia-7)nica itutancia 30.097 Juan Carlos !Martinez Sinisterral • Corte Suprema de justicia depuesto por su Jere el "CURA", sefiala cOmo coordinaba con este y con su jefe a. "11.11.", los asuntos politicos del Bloque en el Puerto de Buenaventura, lo que torna inexplicable la supuesta "ausencia" de IIEB.ERT VELOZA en el devenir de los asuntos politicos, segUn lo atest6 ELKIN CASARRUBIA.
El 1° do noviembre de 2007, ARM.ANDO LUGO, alias "JIMMY CABEZON", coordinador politico del Bloque Calima, dijo que cuando se reunia con los actores politicos de 13uenaventura: "Yo me reunia con ellos, ellos me exponian, iba y yo se los exponia a mi Comandunte mi agenda a donde ellos me decictn, necesitamos colaboraciOn de eslo.domaba yo mis apuntes por que no era yo la persona direct(' de (tech. yo tomar ice decisidn y decirle a ellos, si, siempre me reunia una primera vez, una segunda vez, una tercera vez con ellos, contactaba con mi Jefe "CUBA", con an left "TIERNAN", "lift ", y Ilegabamos a la conclusion, buena, se les va a pedir esto y ova. 49 Por su parte, el senor YESID ENRIQUE.
PACHECO SARMIENTO, alias el "CABO", urbano tercet.° al mando en Buenaventura, indicO en declaraciOn rendida el 20 de abril de 2009, clue: "En Buenaventura tnanteniamos on control total. durcmte el tiempo que e.vtuvimav en Buenaventura file may darn adquirir ese control pert se mantenia on control coral solve el casco urbano de Buenaventura.Teniamos acordonados In que era todo los alrededores de la zona de Buenaventura, los sittos estrategicos de Buenaventura estaban acordonados por tniembros de la organizaciOn.")°.
Al ser interrogado sobre si ese control era visible para la poblaciOn de Buenaventura, sefrialO:51 "Si era visible no solamente para ice comunidad, pa pa la. fuerza ptiblica porque de alguna manera tambien sabian cuale.v eran los pantos estrcttegicos donde estribamos " Minuto (08:38) Minuto (22:10) Minuto (23:39) 62 Sentencia-rOnica Instancia 30.097 Juan Carlos Wartinez Sinisterra Repitbfica de Colombia tI _axe: r 4,11 Cone Suprema Le lusticia ubicados, de igual manera le prestcibamos, no tanto la seguridctd era para nosotros.S1170 tambien para lcr literzct pUblica, pero de igual manera de una u otra manera le haciamos saber a ellos cuctndo de pronto la subversion pensaba realizar cuctlquier actividad en el casco urban° de Suenaventura."57. 129.
En version libre rendida ante la Unidad de Justicia y Paz, el dia 11 dc marzo dc 2009, este postulado ratificO lo afirmado par el cabecilla del Bloque Calima a. "11.11." en el sentido del control militar que se tenia sobre el Puerto de Buenaventura, luego de los execrables crimenes cometidos contra la poblaciOn civil, que sin ambages describe, realizados bajo mirada imperterrita de ciertos estamentos de la fuerza pUblica que sabian cn donde estaban ubicacias las autodefensas y Inas Hen se prestaban mutua colaboraciOn, sellandose con ese reprobable pacto, el control conjunto quo ejercian conjuntamcnte las fucrzas del ordcn y las irregulares: " Buencrventura un silio donde itIVO constante permanencies durctnte los afro.s. 99, 2000 el 30 helve de less' EARC, fuetim mochas homicidios, masacres., desapariciones, conic lo dice el comandante Veloza, durctnte el tiempo cote yo estuve en buenctventura si mantenictmos un control sabre todos los sitios, teniamos sitios estrcttegicos donde se tnantenia on control permanence, el dice clue con las armas, teniamos las armas, pero previamente ya se habit, realizado un trabajo, trctbajo donde ya ejercictmos presien a consecuencia de los homicidios clue se habian realizado, de las desapctriciones, muertes, del terror (pie se lbrmO en la comunidad muchas veces estcts personas, esters victimas se llevctbctn en las lanchas, se llevaban parer esteros en la zona de bajamar, estos eran utilizados como cementerios, cilia los cuerpos muchas veces se desmembrcrbcm, se ctbrkm so vientre y se dejaban amarrctdav en estos esteros, son sitios donde es muy clilicil o era muy dificil que estos cuerpos sean encontrados., las ayes de rapina, los mismos animales que habian en la haft:mar ce encargaban de descomponer estos cuerpos rapido, el fenOmen° que se des en el pacific° es la consecuencict de que la marea sube y baler, par 10 regular estas cuerpos asi corno se ibctn descomponiencM, than entrando en so esutdo de descompo.vicien, se ibcm desiniegranda de igual manera los restos se los iba lle yando la marea to que va a hacer muy tell de pronto dar S2 En so versitin (Parc rendida ante In Unidad Nacional dc Fisealias de Justicia y Paz, alias ''El Cabo"' sostuvo quo los rniembros de la RICIAil pUblica can los informantes de las autodelensas en el Puerto de Buenaventura: "en el sector de httenaventura hunieron (sic) machos inlarmanies, olki la panicle idn civil colohoraba al meivima can las autode/Cavay habian arras inJarinantes !ratchets veces miliiares. mochas veces militares &than inThrmaciOn a In organhaciini." 63 WCFliblica de Cdombia Cone Suprema de justicia con certeza a encontrar con certeza, decir clue vcrmos a Jr y vamos a encontrar una JOSO donde hay 100, 200. 50. 20, 30, estos llcnado.s • cementerios. va cr hacer now cli/icil, pero de clue si hubieron (sic) mochas de.sapariciones y hubieron (sic) mochas homicidios en Imenaventurct„," fie verdad"." Ya en la diligencia de audiencia pUblica, este senor alias EL CABO, que en sus dos salidas anteriores, una de elks como postulado ante la Unidad de Justicia y Paz, sujeta su declaraciOn a la confrontaciOn con todos los dichos de sus co equiperos en el Bloque Calima, resuelve negar lo ascverado anteriormente, sobre• el control que las autodelensas ejercieron en el Puerto de Buenaventura por el exterrninio al que rue sometida la poblaciOn cuando ingresaron para posicionarse, que es lo quo en esencia relata ante Justicia y Paz, recurriendo a toda suerte de malabarismos argumentativos de espaldas a la realidad procesal, com p la insostenible tesis del no control porque no se habia erradicado de manera permanente la guerrilla.
La Sala lo interroga ante lo asegurado por el postulado, y lc pregunta: "Strand° usted.cenala que las AUC no tuvieron un control total del monicipio de Buenaventura.5e reliere a que ese control total no se produjo porque evennuflmente podia llevarse a cabo incursiones guerrilleras?.", contesta: "Si swim "i,Pero eso no significa que no hohiese on control total solve la genie de Buenaventura.?". contesta: "Control total sabre la genie no lo elercimos. siempre el control que (reclaims de ejercer fide un control militar, sobre el accionar militar que tratabct de ejercer el 30 ji •ente de las PARC en el sector de Buenaventura, de decir nosotros que vcfmos a controlar a este barrio o estas comunas tienen que hacer lo que nosotros digamos a tienen que colocarse de escudos de nosotros cuando vityamos a combatir la guerrilla nonca lo ejercimos."" Minuto (11:27 — 11:40) s11 Minuto (01:56:40) Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan CarCos Martinez Sinisterra 64 Sentencitzlinica Instancia.30.097 Juan CarCos [Martinez Sinisterra / NcpU6lica de Cothmhia Corte Suprema Le lusticia Como se ve, el testigo fabrica un nuevo argumento de no control, para evadir la razem del dicho quc se le cxige, pues ahora dice que no hubo control sobre la poblaciOn porque no lo ejercieron, cs decir, porque no quisieron incidir en la voluntad de.a comunidad, pues el control quo ellos buscaban era de tipo militar, muy distinto a lo afirmado en respuesta anterior cuando dijo que no tenian el control militar porque no se habia erradicado de manera permanente la guerrilla.
Una declaraciOn muy relevante sobre el control politico que en Buenaventura ejercian las autodefensas, es la del Asesor de ?az de la GobernaciOn del Valle FRANGEY RENDON GALVEZ, del 21 de abril de 2009 en la ciudad de Cali, pues cuando se le preguntO si institucionalmente conocieron de las presiones y amenazas quc cjcrcicran las autodefensas en Buenaventura, senale: " &gams, del 99 al 2003, el poder y el control que tenian las autodefensas en algunos municipios era cast total y se movian con una libertad, clijèramos, muy deficit de creer pero era dem'', 134.
Especial menciOn merece este a.specto de las retractacioncs de los testigos quc fungieron coma representantes del Bloque Calima alias "EL, FINO", financicro, alias "EL, CURA", militar, alias "El, CABO", lider de Grupo del Drente Pacifico -, si sc asocia csta circunstancia a varios eventos mak, los cuales analizados en conjunto permiten inferir la existencia de intimidaciones, no identificadas en su origen pero si en sus cfectos, como son las manifestaciones de riesgo por su propia vita Minuto (23:28) 65 Republica de Colombia Corte Suprema de lusticia Sentencia-rOnica Instancia 30.097..71: Juan Carlos `Martinez Sinisterra „./ que consignaron en sus versiones ARMANDO LUGO, alias "JIMMY CABEZON" y YESID PACIIECO SARMIENTO, alias "EL CABO", la elusion de la testigo MARIA NANCY MONTOYA cuyo declaracien foe ordenada do oficio por la Corte atendiendo las graves acusaciones clue formula contra el procesado MARTINET, SINTSTERRA, no siendo posible su comparecencia a pesar de los in.gentes esfuerzos realizados 56, la reticcncia para comparecer del testigo HIGINTO MOSQUERA, 57 y el exterminio de la casi totalidad de los miembros Urbanos del Drente Pacifico asignados por zonas en el Puerto de Buenaventura. 135.
El testigo ARMANDO LUGO, alias "JYMMY CABEZON" Coordinador Politico del Bloque Calima y persona que desarrollaba una labor alterna a la de FERNANDO POLITICO en auscncia de aste, puntual en sus afirmaciones accrca de la connivencia entre politicos y autodelensas en el Departamento del Valle, asegura que: "buscabon ice prim de hablar con nosotros Correa/ales, Alcaldes, Dipuladay, Congresiseas y Senadores, muchas veces lenian inconvenienies., lenian problems, querian que /es colaborciramos con la poblaciOn civil par° las volaciones..porque sabian que nosotros mancjabomos los ya cuando es requerido para quo mencione los nombres de los politicos auspiciados, mani Tiesta: " en el moment() no ptiedo hablar porque esici en pep la necesidad de mi farnilict para una prthima declaracien estoy di.spueslo a 56 A Folios 47-51 dc cuaderno 13 ohm inform,: de panda judicial qua da enema de la renuencia de In testigo a comparecer. pues unit vez uhicado el inmuehle de residencia en la ciudad de Pereira se les obstruvo a Ins investigadores el acceso al miss o para electos de la eitacien: allamenw probabbe qua bal.() &judo instrzuviones para barer creer gill?.V1? comber; de iRsidencia. per° In aporiencin de la casa.
SUMado a la presencia de la inotocic feta P a versiones de vecinos del lugar que don a entender qua ella y Si crunpatlero repTsan al misfile) OCaCionalineme." Yi A folio 45 del cuaderno neuter° 13 ohm coniunicaciOn allegada por al testigo 11161N10 MOSQUERA. en el que man i liesta: line parmito.colicitor a ustedes„SV.VIPV(117 CVCIISCIPMe de no osistir come testigo en In audienno pi:go/Wen/a del solar Juan Carlos Martina:. porqua cono:co a CSC senory nu se porque se me CIM COMO testigo.- sS renclicia cl I tic novieminc cic 2007. mimic° (07:15) 66 SentenciaiOnica Instancia 30.097 luau Carths Wartinez Sinisterra = 44pa6fica de Cathm6ia Cone Suprema de lusticia colctborarles y lope se sake de los politicos que tuvieron que ver, y tuvieum vinculacUM &recta e indirecta con el Bloque Calima "59.
YESID PACHECO SARMIENTO alias "El, CABO", litter de Grupo del Frente Pacifico, uno do los miembros do la estructura ilegal armada clue declar6 en el juicio y vari6 su cleclaraciOn inicial, rue otro de los testigos que arirmO sobre las amenazas a quo venia siendo sometido y expuso sobre eliminaciOn de todos los miembros Urbanos asignados en el Puerto de Buenaventura y quo dependian funcionalmcnte de el: "me quedo en la cluck& de Buenaventura al mando del A40010.. p organL.° las siguientes zone's en el sector de Buenaventura..todos los comandantes seek zones nombrados anteriormente estcin muertos de igual manera hago saber que todos los comandantes que yo tenia como subahernos hem silo asesinados y de igual manera tam hien hago saber que mi vida ha corrido peligro despues que me desmovilice y mucho mcis ahora que estoy postulado a la Ley de Juslicia y Paz, y que mi compromiso es aclarar ludas. los hechos en los cuales yo participe y de los cuales tambien tuve conocimiento y se que mi compromise es decir la verdad y no esconder nada a pesar de que se me hayan ejercido presiones por parte de octores armados que operan en esta zona, pot medio de amenazas a famillares que yo tenia en la zona del Valle del Cauca y me wee sacar de ester Esa situacien ractica le impone a la Sala examinar con el mayor rigor, las deposiciones vertidas en el juicio por los selialados testigos, puts no resulta extrano quo la mutacien en sus dichos tenga algo que ver con las circunstancias expuestas.
Los resultados electorales de MARTINEZ SINISTERRA en el puerto do Buenaventura, para los aims 2002 y 2006: DeelaraciOn rendida el 19 de noviembre (le 2008. minuto (56:47) 0 Declaracitin del 24 de tuli p de 2009 rendida en la Fiscalia General de la NaciOn, dentro del radicado 12459-2, que obra a folios 145-150 del cuaderno 4. 67 Sentencia-zOnica Instancia 30.097 Juan Cartes Miartinez Sinisterra (NepUblica de Cothrnbia Corte Suprema de Justicia Se concreta en el pliego acusatorio que la injerencia consolidada por cl grupo paramilitar en el Puerto dc Buenaventura, hacia el arm 2002, es corroborada con los resultados electorales de csc ano obtenidos por JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, puts en ellos se advierte que peso a existir una amplia gama de candidatos, quien obtuvo una cifra bastante significativa Cue precisamente MARTINEZ SINISTERRA, ya clue de los 46.394 votos que logrO en esas elecciones, 15.412 los obtuvo en el Puerto de Buenaventura, superando por mucho a la segunda candidata DILIAN FRANCISCA TORO, quien con más fuerza electoral cn el Departamento, apenas alcanze 4.353 votos, equivalentes at 8% de la votacion total, mientras clue ninguno de los clemas candidates super() el 2%, incluidos Senadores de tanta trayectoria como CLAUDIA BLUM y CARLOS HOLGUIN SARDI y, si se miran los resultados electorates del 2006, cuando ya las autodefensas Sc habian desmovilizado, MARTINEZ SINISTERRA registra una sensible disminuciOn a la tercera parte de la votaciem obtenida en cl 2002, quo coincide con el repliegue de las organizaciones armadas ilegales.
El procesado MARTINET. SINISTERRA entreg6 en audiencia publica su version de los resultados electorales obtenidos en la contienda electoral do los anos 2002 y 2006, remontandose at origen de sus incursiones politicas en el Departamento del Valle del Cauca, de la mano del jefe natural y fundador del Movimicnto Popular Unido M.PU CARLOS NERNEY ABADIA CAMPO. 68 Sentencia-Onica Instancia 30.097 q4pli6lica de Coromaia Juan Carths Wartinez Stnuterrfl Corte Suprema de justicia Dice que en el alio 94 aspire al Concejo de Buenaventura y obtuvo 780 votos, logr6 en el 98 Ilegar a la Asamblea del Departamento del Valle, obteniendo 9.651 votos en el Puerto de Buenaventura, para el 2000 se reeligiO a la Duma y alcanzO un resultado electoral de 10.250 sufragios tambien en Buenaventura.
Asegura que para las eleccienes al Senado de la RepOblica en el alio 2002, crearon un Proyecto Politico que se denomin6 "ESPERANZA DE UN PUEBLO", que lo encabezO en ese momento el candidato a la Alcaldia JAIME MOSQUERA BORJA, quien !ogre la votaciOn Inds alta en la historia de Buenaventura, 47.000 votos, y que obviamente la base politica quo acompaiie a este candidato a la Alcaldia, rue la misma que lo acompan6 en sus aspiraciones al Senado de la Repliblica en el ano 2002 e igual lo acompaliaron otras ruerzas politicas de sus antiguos contradictores a la Asamblea Departamental como rueron WILMAR CHAMIR SUAREZ CONGO, cl hoy Presidents de la Asamblea, YIMYNSON FIGUEROA y ULPIANO RIASCOS, realizando en esas clecciones un trabajo con la comunidades que denomin6 "puerta a puerta", pero que desalortunadamente los resultados electorales esperados no se dieron. 142.
Para el 2003, afirma, postularon un candidato a la Alcaldia que es dcrrotado por el aspirants del partido liberal y, "autoniticamente Buenaventura da on giro politico y empezamos a perder espacios en la ciodad edemas de ello se complementa la ola de violencia que moy literte en Buenaventura entre los (1110S 2002, 2003, 2004 y algo del 2005, a 69 Wepfiffica de Cothm6ia Sentencia-Vnica Instancia 30.097,Juan Carlos Martinez Sinisterra Come Suprema tie lusticia porter del 2005, la,s. COOS vue/ven a tomar otra dinthnica en 10 ciudad, razones de Janda para nosotros, obviamente no poder hater el ejercicio politico clue permanentemenhe haciamos de it a las commis, no pudiaws it a las commas a &tear los recorridas• caracheristicos con el candidate) a la Alca!diet y enhances empezamos• a perde • espacios pero de Egad manera ha side) la o•ganizacien politica mds importance de los altimos 10, 12 alla y en la ciudad. -61 Y es por cso quo, sosticnc, eligicron actualmente al Senador HEMEL HURTADO con 18.000 votos, al Presidente de la Asamblca, al Alcaldc con 32.000 votos y al dcstituido Gohernador JUAN CARLOS AI3AD1A quien en el 2007 logra 48.000 votos en 13uenaventura.62 Cuando se le interroga por las razones que ocasionaron su descenso en las votaciones para la contienda electoral del alio 2006, cstirna clue ello obcdeci6 a clue no contaron con Alcalde para el alio 2003 y que automaticamente quedaron sin fuerza para poder scguir ejecutando obras, tomando mucha ventaja cl partido liberal que es quien elige el Alcalde en el 2003.
A ello le agrega el hecho de su ausencia de la ciudad de Buenaventura por razones de seguridad que lo obligaron a irse a vivir a la ciudad de Cali con su familia y clue tampoco contaba con espacios de poder ni en el Gobierno Departamental, ni en In coaliciOn de gobierno national. Agrega que ya para el 2006 " clespuës de elegirme Senador de 10 Republica y la.Yituacien de (ado? pahlica.ver macho major en la ciaducl, inc reiwegra a la ciudad, old alio opetrtamenit, era ciudad y me dedico a hater el trabajo, do an giro electoral nuevamente el lama y logramos volver a.ser la pritnera pterza del manicipia." Minuto (26:03 — 27:43) Minute (30:20) 70 Sentencia-"Ônica Instancia 30.097 Juan Carlos Ilartinez Sinisterra' Republica de Colombia Corte Suprema de Justicia Por su parte, el senor CARLOS FIERNEY AI3ADIA CAMPO, ascgure ante la audiencia que la baja votaciem obtenida por el senor JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA para las elecciones parlamentarias del atio 2006, the dehido al cambio do tarjeten en cl clue ya no aparccia la foto dcl candidato sino quo aparecia una lista, y sostiene que a todos los candidatos se les bajO la votacion 63, no ofreciendo razem alguna coincidente con las aducidas por el acusado como era de esperarse, dada SLI experiencia y trayectoria politica al Drente del MPIJ, Movimiento Politico quo impulse la carrera "meteerica" do JUAN CARLOS MARTINEZ, que de Diputado paso a ser Senador de la RepUblica en un lapso de dos anos. Lo expucsto en precedencia por quicnes han representado en el Departamento del Valle del Cauca en los Oltimos aPios, una do las fuerzas electorates do mss impacto, arroja muchas dudas en lo quo atafic a la cohercncia interna dcl discurso, pees resulta que para el alio 2001, el Movimiento Politico lideracio por MARTINEZ SINISTERRA Bette a la Alcaldia de Buenaventura al candidato que en la historia electoral de ese municipio ha tenido la mas alta votacien y al coal, segOn lo que se dijo en la audiencia, se lc ha reconocido una exitosa gestiOn; sin embargo, para las siguientes elecciones a Alcalde 2003, fue derrotado el candidato aspirants a la Alcaldia, apoyado por MARTINEZ. 147.
Esa derrota electoral fue aducida como la causa de In reduccien sensible do la votacien quo para el ano 2006 rogistrO la fO Minuto (30:13) 71 Sentencia-T)nica Instancia 30.097e Juan Carlos Wartittez Sinisterr (Repn6lica de Cothmtha Carte Suprema de lusticia camparia electoral del encausado, ello, por cuando, asi lo afirmO, quedaron sin apoyo para seguir ejecutando obras; no obstante, surge el interrogante en el sentido de que, si esa era la mecanica electoral, entonces por quë razOn.
MARTINEZ SINISTERRA perdiO las elecciones para Alcalde del ano 2003, cuando contaba con un Alcalde en ejercicio elegido con la mas elevada votaciOn en el 2001, lo que lc aseguraba disponer del manejo burocratico que le preparara la plataforma electoral a las siguientes elecciones. 148. Y si la anterior contradiction deja expuesto el argument° de MARTINEZ SINISTERRA para explicar su menguada votaciOn del afio 2006, otro tanto puede decirse de las razones argilidas por el acusado en el interrogatorio que se verificO en la audiencia, pues los pormenores de mecanica electoral que expuso para explicar la alta votaciOn obtenida en el alio 2002 al Senado, cuando adujo que su fuerza electoral provino de la misma (pc cligie al Alcalde JAIME MOSQUERA BORJA con 47.000 votos en el afio 2001, y el apoyo de antagonistas suyos en epocas anteriores a la Asamblea del Valle del Cauca, no se compadecen con los resultados obtenidos que debicron estar entonces muy por encima o, al menos muy cercanos, en el peor de los escenarios, a los 47.000 votos con los que recientemente habia elegido Alcalde, lo que en san g lOgica significa que su votaciOn del alio 2002 no guarda correspondencia con la trayectoria electoral clue e indica y menos considerando los resultados dcl 2003, en los qu su movimiento politico no !ogre clegir al Alcalde de Duenavent ra, despues de haberle puesto al anterior burgomaestrc, 47.000 votos. 72 SentendaJOnita Instanda 30.097; kr' Juan Caribs [Martinez Sim:sierra (Repii &lea de Coroingia Cone Suprema de Justicia Quiere decir lo anterior, que los resultados electorales del 2002 tuvieron un origen distinto a las alianzas y precedentes electorales clue plantea cl acusado, emergiendo con fuerza la imputaciOn hecha por cl ex jcfc paramilitar alias "N.H.", en el sentido de que MARTINEZ SINISTERRA recibiO el apoyo de las autodefensas del Bloque Calima para las cleccioncs al Senado cn el 2002, apoyo con el que no contO para las elecciones del 2003, en donde como el mismo acusado lo advierte, perdieron las elecciones a la Alcaldia, que por cierto gan g un candidato, SANI,0 QUINONEZ, al que en este proceso se le ha vinculado con as autodefensas y con el narcotrafico de Buenaventura", poniendo de relieve esta circunstancia que el grupo irregular armado marcaba la pauta electoral en ese puerto maritimo.
Ahora, del contexto de las versiones suministradas en audiencia pablica pot el senor MARTINEZ y por el jefe natural del movimiento politico clue enarbole MARTINEZ, hcredado de aquèl, el senor CARLOS FIERNEY ABADJA CAMPO, se infiere, sin necesidaci de realizar cabalas politicas arriesgadas, quo MARTINEZ SINISTERRA es el heredero en el Valle del Cauca de una votaciOn que, sin lugar a dudas, ha estado permeada por los rccursos del natcotrefico, pucs como lo rcconocie en audiencia 6/I Dijo el ex comandante I [EBERT VELOZA en el curso de In audiencia pUblica: "SA111.0 QUI.NONEZ sr ho luthleulo rtl porque fire Alcalde de Buenaventura y fuvo V(lICIIION CO17 an,senor ga g era Bahajador del WEGRO ASPR11.1,..1 r honn vineulos con FERNANDO par eso he hablado do el "( 0 1:03:01)).
JUAN MAtIRICIO ARISTIZABAL alias El. FINO, en cicclaraciOn del 6 de junio de 2008. dijo sohre JAVIER KLINGER. tin narcotrallcantc del gnipo de/ extraditado.101WF ASPRIL.L.A. que era el que manejaba a SAUL() QUINONEZ y sostuvn cote en Buenaventura todo el munch, sithia que (mien 'Ionia directamente los Alealdes era este senor ASPI211.1.A. capturado el 24 de lebrero de 1999 con Imes dc LAU:alien:tn.
Sabre los Alcaldes cornproructidos eon las AUC. indict') el nombre de: X.4t//.0 0160NLZ.11colde Buenaventura, mane jade por J.4 kl,hVGI,B, en vonnis oconiones se nonnio con hERAAV 00 1,01,117( 40 - (00128:):)) fin igaol sentido. declara 11.11:'' Fr, 811011(11'ellill10 COMO 1() dije anieriormeme el era el encurgodo de ITUPIIIS(' C011 Arm Carlos illorlinc. leniamos relatlein cor., el (-Heckle de Buenaventura.Boulo Outhrince elect() para e.v • ' abate', lo conociarnos por enenla de Javier Klinger cote era un narcoh yBieonte de Buenaventura..
" '73 Sentencia-rOnica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Ckeiniblica de Cothm6ia Corte Suprema de justicia CARLOS HERNEY ABADIA y es de conocimiento pUblico, rue condenado por enriquceimiento ilicito on el conocido proceso 8.000 quo se originO por la financiaciOn de candidaturas politicas con recursos del cartel de Cali. Y si se atiende el acervo probatorio recaudado en la actuaciOn, el narcotrafico ha continuado a lo largo de los afios incidiendo en el acontecer politico del Departamento del Valle del Cauca en connivencia con los grupos armados al margen de la ley, pritnero con la dclincuencia subversiva y luego con las autodelensas, lavorecido por el control militar que estos grupos irregulares han adquirido en las regiones a punta de secuestros, extorsiones, masacres, dcsplazamientos, desapariciones, y ese control asi logrado es lo que le venia representando al Bloque Calima las fucntcs do financiaciOn obtenidas del narcotrallico, com p claramente lo senalO HEBERT VELOZA 63, luego de clue las elites vallecaucanas a cuyo pedido se establecicron las autodefcnsas en esc departamento cuando sucedieron los secuestros masivos de LA MARIA y del kilOmetro 18 66, dejaron de aportarles recursos.
MARTINEZ SINTSTERRA afirmO en la vista publica, quo su organizaciOn politica ha sido la mas importante en el puerto de Buenaventura durante los taltimos 10 o 12 afios, situaciOn que la 65 Minion (25:30). declaraciOn vertida durante la audiencia ',alien: -Si el eslada. In Jitera ptiblica. to armada. of ejercilo. habieran lenido el control total de Buenumanura coma lo dicen. enlonces nosomos porcine operamas libremenie en Buenaventura y hay cienlas y man de 117110105 en Buenaventura en 10 c onfrontacien que HOSOWOS 11101170S C'011 d Puente de las fARC, ()argue nosalras com polóbanias las scdidas del naremnilic o y nos pagabcm impuestas a nasamas - " iglesia La Mallet de Cali /heron secuestradas. 160 jeligreses en el Ines de map) de 1999, par el misma ogropaci60 quo el 17 de septiembre de 2002. sectiesere cert.(' de 70 personas 01 e1 kihilliefro 18 de In via Cali Buenaventura. 74 Sentencia-"Onica Instancia 30. 097 (,)) Juan Carlos Martinez Sinisterrp Reptigica de CoCambia yr) Corte Suprema de:Asada Sala considera se ajusta a la realidad dados los guarismos electorates, y es por ello que cobra mas importancia lo dicho por el ex cabecilla del Bloque Calima, HEBERT VEI,OZA alias "Hit.", en cl sentido dc quo cllos escogian por lo general candidatos o.movimientos que tuvieran clot-to favoritismo en la comunidad 67, y esto es algo que no sorprende desde el panto de vista practico, por eso explica los mOviles que el 13loque Calima tuvo para acordar los apoyos en favor del ex Senador MARTINET,, por intermedio de la persona encargada en la organizaciOn armada ilegal para estos cfcctos, FERNANDO POLITICO, quicn, como lo sostuvo "H.H." reiteradamente, era amigo del Senador desde cuando pertenecia al 30 frente de las FARC 153.
Dijo el ex Senador MARTINEZ SINISTERRA, para justificar la reducciOn de su caudal electoral en el 2006, quo la violencia que se via en los alios 2002, 2003, 2004 y algo del 2005, lo obligO a replegarse de la region y que la perdida de la Alcaldia en el atm 2003, originO quo el movimiento perdicra espacios politicos en la ciudad, ademes, que 61 no apoyO la coaliciOn nacional do gobierno; paradejicamente, cuando se le interroga por un reten de las PARC Ilevado a cabo el 25 de oetubre de 2003 en momentos en que se encontraba con sus escoltas 68, dice que ese retdn no 'ha dirigido contra 6] y quo los mismos se rcdujcron ('7 En deelaraciOn del 30 de mayo de 2008.
Garnish, se le pregunta a (Alias -RI.'' de que ninnertt esta ortninizaciOn eacn glli Ins candidatos al S 4dIR„cria(.0:ft contestO. ((1. 9:d15) (iv (ICIICITIO (I to /iwcui)(1(iliC(1 II, ( 'ado ma (lc las lueras en la regiOn. entonces, los que oiva?ron Inäs " -no era an caentado progranualo para Juan Carlos AlartitIe fun WU, coincidencia (l ife se gene!. 6 pet() deCliglItiel manes?, si ire represent( ?) macho tetnor, me represerna, cligamov, gran pale de la ausenoia clue W ye lurch, la citalati y Contundante de la Policia de ese entonces ne relbrrti la seguridad y sali del manicipio de Buenaventura hasta Interrogado por la Sala en ci sentido dc si esos retenes de In guerrilla cra p frecuentes, responder "Con macho irecuencia, antes del 2002, eran 2, 3,.I. 5 retenes 02 dos !Ilexes en fres nieces. quetnaban Informatics. pescas milagrosas. seruesin una scree de aditadades ilicims quo se clesarrolloban en to via. del 2002 al 2003 on redujo 75 Wcpii6lica de Carom&la Sentencia-'Onica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Corte Suprema de justicia mucho del 2002 at 2003", perdiendo piso el argumento del "exodo" generado por la violencia. Y en lo que concierne a la pardida de Ia Alcaldia de Buenaventura en el alio 2003 y el no haber hecho parte de la coaliciOn nacional de Gobierno, hecho al que le atribuye la reducciOn de su fucrza politica por no poder seguir realizando obras a favor de las comunidades, la Sala encuentra que si tal circunstancia hubiera podido ser tan determinante para medic el favor electoral en Buenaventura, no explica el ex Senador MARTINEZ, por que entonces, sin teller csas maquinarias politicas, a partir del 2006 recuperaron plenamente la fucrza electoral perdida, do una mantra tan arrolladora politicamente, quo en el alio 2007 Bevel al senor JUAN CARLOS ABADIA a la Gobernacien del Valle del Cauca, con 48.000 votos quo MARTINEZ le puso en Buenaventura'.
Lo anterior Ileva a la conclusion irrefragable, quo no era la maquinaria politica tradicional, ni la trayectoria electoral de MARTINEZ, el sosten clue determinaha su fucrza politica, eran otras "fauns" ajenas at ejercicio democratic° que no podia explicar sin autoincriminarse 156. Y conviene recordar at punto, que el candidate elegido seglin MARTINEZ con su propia fuerza electoral, para Ia Alcaldia " Minute (46:25) Minute (4 I:24 41:55): "En el 2006. despais de reelegirme Seriatiar de. in Repfiblica. siloachin de °Filen ptiGliuo ser much() intim' en la chola]. ate remlegro o In crude& alquilu aparlameina en la choreal y me elellica a rower el da tin giro der:hood inonouncone el from. y logramos velvet a nee In pruner° rid municipia. can In dohs wars mencirmada y, elegir Dihnincla.
Brander. Represcintante a la (ammo,..-11calele y el candidata of yur aparawas pato, la Gabernac lam.coca 18.000 76 Sentencia-i)nica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterr Wcpii6lica it Colombia Cone Suprema de lusticia de Buenaventura en el alio 2007, es JOSE FELIX OCORO, quien de acucrdo a las versiones suministradas por YESID ENRIQUE PACHF,C0 SARMIF,NTO, alias "ET, CABO", pedia protecciOn de las autodefcnsas a traves dc su muy amigo el represcntante urbane do esa cstructura en el municipio de Buenaventura alias "FF,LIX" 71, asalariando al miembro de esa estructura ilega1 72, y en el 2003 este senior OCORO tambián fuc el candidato de MARTiNEZ para la Alcaldia segan lo versionO el acusado en la audiencia: "luego en el 2003 nosotros inscribbnos el candidato por el MPU que era JOSE FELIX OCORO y SA /ILO se inscribe por el Particle Liberal. gana los eleccione.s. SAULO OUTRONEZ, en el 2007 170S0110.S' inscribirnes a.JOSE FELIX OCORO y gana las elecciones' JOSE FELIX OCORO "J3. 157.
Fijando la ateneiOn en estos dos candidatos a la Alcaldla del municipio de Buenaventura, los senores JOSE FELIX OCORO y SAITT,O QUITCIÔNEZ, el primer() apoyado por MARTINEZ en el 2003 cuando fuc candidato y el segundo apoyado por las autodefensas cuando gan g las elecciones en esc mismo afio, ambos con nexos con el 13loque Calima en Buenaventura, surge incontestable que el grupo armaclo at margen de la ley y MARTiNEZ, se aseguraban, en cualquier caso, el triunfo electoral que para su concrecion demandaba, obviamente,.
YESID KNREQUE PACT WC:) SARMII.:NTO alias - Id. CAA O", en declaraciOn dc lecha 20 de abril de 2009 en la ciudad de Cali, a In prep: Lima que se lc lonnulara si en ejcrcicio de eve control que ejercian as autodefensas en el Puerto de Buenaventura, conoci6 envo y de opoyos politicos. sostuvo: (36: I 6):"die parece a ye ese JOSE FELIX. le radii; tours VeCeS a FELIX, cuondo FELIX tenia la.-arm del /19 y de /av Piedras Cantos. clue estuviera pendiente clue i l iha a egor dando vuellas par. coma preskindole s yguridacl. que esan, iera penthenle que dl iho n eslar dando meat's par la.7ona Buenaventura que esluviery pendienle porcine cle igual manor(' lo guerrilla altered, harer preset, Cir/ en Buenaventura..
(01:(15:43): "to que si puedo afirmar es que el serial s JOSE EF.7.1X OCORO. si tuvo contactos can FELIX y a y e sl /C' pitaa colabewacian a PEIJX, (pie lo ocompaPora. (pie estuviera pendiente " /2 "Auspicio no me consul. simplemente estoy aclaranda sabre el senor JOSE PELLX que si Irubld con y FELLY in acorn/m/16 en varias ocasiones y our inclusive MIX plasma me decia que el senior JOSE FELIX 00050 le Baba (hirer() _que si le daha diner° porcpw el mismo FELIX me lo cleric, a nil.. -. tr inuto (01:07:29) 71 Minuto (51:13) 2 CD 77 SentenciaiOnica Instant-la 30.097 Juan Carlos Ilartinez Sthisterra Weptiffica de Cothm6ia Corte Suprema de Justicia un previo acuerdo, ram:-1 de mas para discrepar de la tesis defensive segian la cual, una de las causal que propiciaron la disminuciOn del caudal electoral del 2006 para el Senado, obedeeiO al hecho de la perdida de la Alcaldia en el 2003, porque tales acuerdos garantizaban clue 'MARTINEZ y las autodcfcnsas tuvieran control sobre los asuntos de la administraciOn municipal, cualquicra que fucra el Alcalde vencedor y, si se mira en perspectiva, el candidato del ex Senador MARTINEZ, JOSE FET,IX OCORO, perdiO las elecciones en el 2003 pero gan g las del 2007, lo que indica en terminos de mecânica electoral que rimy posiblemente siguiO siendo favorecide por la administraciOn municipal del Alcalde elegido en el 2003, el cual cjerciO su mandato hasta mas all y do la fecha en quo se adelantO la camparia politica y se celebraron las elecciones al Senado 2006. 158.
No puede la Corte pasar desapercibidos, los resultados electorales obtenidos poi- el ex Scnador MARTINEZ en el Departamento del Valle del Cauca para las elecciones del ario 2006, pues si bien el caudal electoral en el Puerto de Buenaventura se lc disininuyO de 15.412 vows obtenidos en el 2002, a 5.008 sufiragios depositados a su nombre para el 2006, los 10.404 votos quo se le redujeron en el puerto maritimo cuando ya sus aliados, las autodcfcnsas, sc habian dcsmovilizado, los trasladO a otras regiones del Departamento del Valle del Cauca, siendo el Municipio de Cartago, norte del Valle, el quo le aport6 la segunda votaciOn en importancia quo obtuvo en el Departamento con 5.011 votos, que comparados con los 23 que obtuvo en las elecciones del 2002, gencran un vcrdadcro fenOmeno de atipicidad electoral. 73 (Nmigica de Cothmbia Lenient ia- rOnica Instancia 30.097 Juan Carths Martinez SimSterra Corte Suprema de justicia 159.
Ese 1'c:ilem:no, en un municipio que, como Sc sabe, era la sede del denominado cartel del Norte del Valle entre cuyos miembros Sc contaba LUIS HERNANDO GOMEZ BUSTAMANTE, alias "RASGU&O", uno de los capos de ese cartel, auspiciador y financiador del Bloque Calima de las autodelens•as, pues asi lo sostuvo en estc proceso HEBERTf VELOZA, alias "111E", cuando se le pregunt6 quienes habian sido los narcotraficantes empresarios que patrocinaron el ingreso de las autodefensas en el Departamento del Valle del Cauca: "Los narcotraficantes,fiteron DIEGO MONTOYA y RASGURO y en relaciOn con los narcotraficantes dc Buenaventura que financiaron el Frente Pacifico del Bloque Calima, expresey "En la zona del pacific° nos pagaron GORDOLINDO, DIEGO MONTOYA, RASGUIC20, PA77iA4URO, NELSON CIIIQUITO, LOS 11El?MANOS GON1/11,E1, OLIVES DURA' N, WENCESLA0 ALIAS W. BURUELO, LOS COLIMOCHOS.
LOS HIJO,S1 DE LA CAPITANA " 160. Este resultado electoral en el municipio de Cartago, no se puedc escindir de lo anotado en el cstudio sobrc la desmovilizaciOn del Bloque Calima, emprendido por la FundaciOn Seguridad y Democracia'', quo da cuenta de un hecho que postula la defensa como contraindicio 75, en el sentido de que al parecer en el mes de diciembre de 2004 no se desmovilizO toda la estructura del Bloque Calima y parte de ella siguie operando de mantra informal manteniendo relaciones con algunos mafiosos del Norte del Valle, como DIEGO MONTOYA HENAO, aspecto que 74 Adosado al plenario con el inionne de policia judicial No 0074 del 9 de tram) de 2009. que ohm �I FOI i os 263-272 del C.I. 's Argurnenta In delensa que In tests postulada por la acusacitin en el sentido de que los resultados electorides desfavorables obtenidos por MARTINEZ SINISTERRA en el aria 2006. se deben a lit desmovilizaciOn dc as At IC. es refutada por el hecho de no holier sido integral ese proceso. 79 SentenciaiOnica Instancia 30. 097 Juan Carlos `Martinez Sinisterra 2 Corte Suprema de justicia confluye a aclarar la razón por la cual la votaciOn del ex Senador MARTiNEZ se desplazO de tnanera importanto hacia el municipio de Cartago, zona de influencia de los Financiadores del Bloque Calima quicncs muy seguramente absorbieron dentro de sus estructuras sicariales a los micmbros de tal Bloque quo no se desmovilizaron o que desmovilizados encontraron en el Cartel del Norte del Valle una buena fuente de remuneraciOn.' Concluidas las anteriores precisiones, que sirven como marco de referencia, la Corte da respuesta a cada uno do los planteamientos que los sujetos procesales de la bancada defensiva, le han opuesto at pliego acusatorio con fundamento en su particular valoraciOn probatoria, y quo ya fueron plasmados on acdpite anterior, para arribar a una declaraciOn conclusiva acerca de su responsabilidad, vcrificado com p ha quedado la existencia de unos hechos y el analisis de su gravedad que ahora se propone la Sala cillucidarlos a Ia luz de las alegaciones conclusivas consignadas por el vocero y la defensa del encausaclo.
Dirigc ci vocero sus glosas contra el testimonio ofreeido por 1-TEBERT VELOZA a aspectos clue, o no revisten la relevancia que pregona para desacreditar su dicho, o no se ajustan a la realidad do los hechos, como quo se trate de un testigo de oidas, que no enunci6 pormenorizadamente las circunstancias relacionadas con la denuncia quo habia formulado on este proceso contra el enjuiciado por supuestos ofrecimientos hechos para no 16 En in Racism de Criminalidad mio 2005. de la DirecciOn Central de Policia Judicial DIJIN contenida en el ancso 2 del expedients, se consigna a Coho 86, clue para el alto 2005 operaban las bandas de "I,os Machos - y "I.os Raslrojos-, conformadas pot los grapes de autodetensas clue se hicicron Hamar "Autodetensas [Midas Campesinas del Valle'' y "Rondas Campesinas Populates' at servicio dc los carteles del None del Valle. 80 gZepti6lica de Cothm6ia Sentencia-Vnica Thstancia 30.097.
Juan Carlos Martinez Sinisteria`l Cone Suprema de justicia mencionar su nombre o por que H.H. debiO recurrir a sus subalternos para precisar aspectos de las relaciones del ex Senador MARTINEZ con el grupo armado irregular, especialrnente at FINO para quo diera cuenta sobre lo quo habia dicho FERNANDO POLITICO en relaciem con los apoyos at enjuiciado, siendo quo esto Ultimo no le podia constar al "FINO".
Al respecto debe decirse que cuando "H.H" apelO a la informaciOn quo le pudiera complementar el ex Financiero del Bloque, no fuc para dar cuenta sobre la existencia o no de los apoyos at encausado, los que ya informa en la declaraciOn del 30 de mayo de 2008, sino para concretar la forma en quo csos apoyos se produjeron, porque como ese ex jcfc paramilitar lo afirma, 61 le tenfa cierta aversion a los politicos y las retaciones con dstos se as dclegO a sus representantes Financiero y Politico y ademas, es claro que, como tambidn lo afirma asertivamente el Jere Paramilitar, la guerra no la liizo 61 solo y micntras tan to ton fa one hacerse cargo de la quo se desarrollaba también on el area del Bloque Bananero que igualmente comandaba.
Sobre este terra ha insistido mucho la delensa para generar en el ambiente la duda en relaciOn con la seriedad de las afirmaciones do 11.11. sobre las relaciones del F3loque Calima con su prohijado, recurriendo al argument° de que tal revelaciOn una construction progresiva quo fuc haciendo "11.11" a medida quo iba rindiendo nuevas declaraciones, lucgo de nablar con sus lugartenientes, buscando con ello restarle espontaneidad al tcstimonio del principal testigo de cargo, per° la verdad procesal 81 Sentencia-1)nica Instancia 3a 097 Juan Cantos !Martinez Sinisterra Ripaffka de Colom6ia Cone Suprema de lusticia revela que HEBERT VELOZA GARCIA alias "H.H.", desde la declaraciOn rcndida el 30 do mayo do 2008 on el proccso 26.625, antes de que la Corte asumiera cualquier investigaciOn contra el ex Senador MARTINEZ, ya habia depuesto sobre las relaciones do este con cl Bloque Calima.” Ahora, si el ex jefe paramilitar le CormulO unas imputaciones at ex Senador MARTINEZ on el scntido do quo le habria hecho unos ofrecimientos para que no lo Cuera a mencionar, y Ia inconformidad del senor voccro radica en quo el testigo de cargo solo vino a prccisar los nombres de las personas quo lc transmitieron ese orrecimiento, en la audiencia pitblica, no cncuentra Ia Sala de que mantra ello puede afectar la credibilidad del testigo de cargo luego de que manirestO que su silencio obedeciO a la necesidad de proteger la identidad de esa persona por el temor quo lc refiriO, identidad quo finalmente Cue dcvelada por H.H. en la audiencia ante el requerimiento de la Sala y mencionO al "doctor Espitia", del quo no recuerda el nombro per° ofrece consultarlo can su abogado.
Postula on sus alegatos quien fungià como voccro del enjuiciado, que alias "El. FINO" es un testigo de oidas pues su dicho del 6 de junio do 2008 on donde mani fiesta quo FERNANDO POLITICO to pidiO diner° on varias ocasioncs para reunirse con el ex Senador JUAN CARI,OS MARTINEZ quien habia sido avalado "_(1/101 -a hay tin unichacho anti en Irogia clue es AldURICIO dIUSTIZABAL. alias "Ed FINO1 gu y manejei una parte de Buenaventura. porn poder ser Inas especlicos y //1//S (*ray can Ilsteles 1anvhien. pare no dec ides me parecie que es ester, Nino cur was darn y ckcirles con JUAN CARLOS MARTINEZ, tuvimos eel(' relacirin as!, y act, y add.", se le pregunta pm el Magistrado A UN I al: - Pero hub° tuna relaenin? -, y contesta el testigo: "Si huhu uno relardOn" Mill1110 (1) 1:00: ). 82 (kepi&lica de Colombia SentenciajDnica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Corte Suprema de justicia por "Los GONZALEZ" del Bajo Bauc:), es una atestaciOn que habria sido direccionada pot H.H. y que en cuanto a lo del aval por parte de "Los GONZALEZ no es algo que el "FINO" haya dicho constarle sino que exprcs6 que cso era lo quc "dccian". 167.
Aunque el argumento del senor vocero es ambivalence pues no se entiende si lo que sugiere es la mendacidad de a. "EL. FINO", auspiciada por N.H., o la poca credibilidad que debe otorgarsele a aqua por ser un testigo de oidas, lo cierto es que ya la Sala realize) en declaraciones quo vertida al juicio, lineas precedentes la valoracien do las distintas rindiO el "FINO", encontrando quo on la Ultima hizo gala de toda su capacidad argumentativa para retractarse de to quo habia sostcnido en la ctapa instructiva, a fin de acomodar los hechos de tal forma que infirmaran el argumento central de cargo, expuesto por su ex jele a."H.H.".
Quiere decir lo anterior, que lo deleznable, mentirosa o da, no cs la declaraciem rendida por el FINO cl dia 6 do 2008 dentro del radicado 26.625, con todo y el laconismo ona el senor vocero y del que infiere que el testigo venial r "un mandado", sino la reprochable version quo rindie) on y de la cual, naturalmente, pretende la defensa obtener 16 acomod junio de que pre a cumpl esta Sal provech 16 '.
El postulado H.H., dejO claro en la audiencia que el famoso ncucntro cn La Alpujarra donde segian "EL FINO" fuc supuestamente abordado por "H.H." para que acomodara la declarac on que tenia que rendir, no Cue un encuentro casual sine) a 83 Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan Carts Wartinez Sinisterra wfipablica de Cothm6la Cone Suprema de justicia propOsito de una diligencia programada con Justicia y Paz donde cada quien tenia claro, a craves de una rcconstrucciOn colectiva de los hechos, la version que debia ofrecer para contribuir al propOsito de Verdad, Justicia y Reparacien clue inspira el Programa, verificada y dcpurada en varias rcunioncs prcvias quo los miembros de la copula de la organizaciOn habian sostenido antes, lo clue quiero dccir clue las manifestaciones hechos por el jele Financier° del Bloque Calirna en este proceso, no son fruto de un encuentro casual con "FI.H." donde este le sugiri6 que era lo que tenia quo decir, sino de previas consultas de los hechos con otros miembros de la estructura armada ilega1.78 170.
Ahora, si bien es cicrto lo quo afirma el vocero on cuanto a que el "FINO" no dijo constarle directamente lo afirmado sobre el aval que habia rccibido el procesado por parte de "Los GONZALEZ" y en la audiencia lo ratificO, resulta claro que tal situacien correspond° a una omision concient° del desmovilizado para cludir los vinculos quo tuvo con los narcotraficantes do Buenaventura, pues era el, junto con el "MOC110", responsable militar del Frente Pacific° dcl Bloque Calima, las personas encargadas de manejar las relaciones con esas bandas criminales; el "MOCHO", porque tenia a su cargo los asuntos militares, y el "FINO", porque como financiero, era el encargado de administrar 78 -,11i ahligockin CS decide a los demos anembros de los outodefensas quo flown quo colaborar earn Cl proceS6 MistiCia y Pa: y deco' la verdad Ye no inc citconlre con el scrim. por cosuondad en IA/., 11ply.orro I) 51 no, enconlre con el Cali, foe pin • Una dingencia one lil y progranunla Inn' la tiscolia. con CTI y Else°, can nasulreIs en verSIntleS Y P C‘ •• YO Cr,'?teSit;
Sena,' °Niguel() y Jiri mity clan) que si me reuni con el en to Alpitjarra nn lite porque nos encontramos slim porcine habia una diligencia programoda por la Eiscoliu 1 7 de 3usticia y en donde nos reuniamos en La Alpujorra can afros nuembras de lo.‘ aull yklensas. con EL FIN°. can EL (IBM, con SANCOCHO con EL. CABEZON, con inuchos de los autadelimsos pera no era tin 011nienin) CO5110/ sino Iwuniones n diligencios programadas par 10 Fiscalia l7 de Justicia y PO7 y no file 11110 S inn mucnos V)CCS que 170S cc 1117b710% in 1.o A Minoan (25:49 — 28:40) 84 Republica tie Cothm8ia Sentencia-rünica Instancia.30. 097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Cone Suprema le Justicia los recaudos por concepto del impuesto al "grarnaje" que se le cobraba al narcotrAfico.
Adverese que su propio lider lo seliala a CI y al "MOCLIO" como los encargados de dirigir tales relaciones, en declaraciones del 13 de junio y 16 de Julio de 2008 79 y asi tambien lo asegurO TEODOSIO PABON, alias "EL PROFF" g9, razones que encuentra la Sala para desestimar la objeciOn formulada por el vocero. La confusion mental que reputa el vocero, padece "HAL" en relaciOn con la fecha en que se produjo el apoyo a la causa politica do MARTINEZ por parte de las autodefensas, pues asocia tales sucesos a la Alcaldia de SAULO QUINöNEZ quien ciirigiO los destinos de la administraciOn municipal de Buenaventura a partir del 2003, lo que indica la lane de claridad sobre cud] fue la elecciOn que apoyaron, no es en realidad una confusiOn, pues "II.11" no està serialando en esa declaraciOn quo los nexos con JUAN CARI,OS MARTINEZ se hubieran establecido para la époce en que fue Alcalde SAULO QUISONEZ, simplemente este haciendo mention a las analyzes con la clase ka di:claret:1On dcl 13 de junio de 2008. se Ic preguntasi alguna vet tuvo contact° personal con los CON/AIkJ: ( I 3:04)"Si darn, con los GOA7ALF2 si. 1,thrizte con los GONZALEZ pa cuando, negocios de IIU PC Otrlr/ion. yo, Como es y In limos dicho err Justicia I' POT cabrcibamos twos impuestos 0 /05 100C110S [WC sailor? y 'NOV( pelsanas Ionian que cuodrar connago a con El.
FIND (13:20). par to general lenion our rettnirse can los (Iasi en el misino senndo asegurn el 16 de Julia de 2008. cuando sostuvo que los HERMANOS GONZALEZ y OLMES DURAN ten Ian rehIC i ones direetas con El. HNC): Thllos son norcolraficanies clue HON pagaban iMptieS1 OS para sawn' clrago or el P erl 0. 10100l1 relacian &recta con alias EINO. as sabiclo que 01.:11EC ester vinculaclo con politicos de la Lima y del C110(0. y 11004.42\10.
GON/M.I.2 lambièn Lenin)? infinencio en Buenaventura 3r en el 010(0.. (26:32).) 811 El senor TEODOSIO PAI3ON. alias ['KOFF-. sostuvoigual coca respect° dcl FIN°, pues cuando se Ic interroga si ny6 hablar de los GONZALEZ RIVAS apodados "LOS REYES DEL PACIFICO - asegurn: (3:06:50): -Escnclu% bulgur de elks porn no los conoci. creo clue esc ache clue ellos daban alguna1 aporlcs 01 blocpw pero e.vo In manejoba el Jinanciero que tenet, clue WV con la rant, del parlfico, yn nlinca (r ye contact° o etieneniro con clips " 85 Sentencia-rOnica Instancia 30.097 7'1 Juan Carlos Martinez Sinisterra`p r of,i(Republica It Colombia Cone Suprema It justicia politica, citando, sin contexto temporal, cada una de ellas, en donde alude tambien a SAULO QUISONEZ.
Alan asi, si se tuviera que admitir csa confusiOn o csa imprecision, ha de decirse que los fenOmenos asociados a la rememoraciOn del testigo cuando se trata de evocar hechos distantes en el tiempo, no necesariamente afectan su confiabilidad, si el contexto de su declaracien es coherente; a ello hay que adicionar el hecho de que las autodefensas no solo patrocinaron la candidatura al Scnado del cx Senador MARTINEZ sino tambien otras candidaturas locales al Concejo municipal y a la Alcaldia y en tat sentido mcncionar un candidato a Alcalde para el 2003 como referents temporal de una candidatura al Senado 2002, cuando las campalias son casi coincidentes, en nada distorsiona de manera grave el proceso cvocatorio del testigo, dado cl pequcrio lapso que separa los dos eventos electorates.
Asegura el vocero quo la anica persona que menciona a OLMES DURAN es "H.H.", porque MAURICIO ARISTIZABAI„ "EL FINO", nunca to hizo y que ademas IL1I. fue enfatico en afirmar que nunca se habia reunido con el extraditado, lo que quiere decir que miente cuando compromete a su prohijado con esta persona entregando una version que extrajo de la Rcvista Cambio que le dio enorme publicidad al tema de Olmes Duran, donde mencion6 lo de la asistencia de -M.ARTiNEZ a la boda de aquel, aspecto clue resulta muy sugestivo. 86 Wepil6fica de Cothm6ia Sentencia-t)nica Instancia 30.097 Juan Carlos 911artinez Sinisteria ^fi Corte Suprema de justicia Resulta altamente especulativo el cuestionamiento del senor vocero, pucs cl hecho de quo se rinda una declaracien sobre un terra publicitado por los medios de comunicaciOn, no implica que HAL no supiera perfcctamente quien era OLMES DURAN y quienes cran sus amigos, ya quc estas personas financiaban a las autodefensas y es de alli que emerge la necesaria connivencia con los narcotraficantcs y sus amigos, los politicos, pues no se olvide que OLMES DURAN, como queclO demostrado, era alecto a las causas political, y como no hacerlo a favor de su amigo de infancia y tcstigo dc matrimon.io, de donde so infierc quo lo informado por H.H., lejos de ser un rumor de prensa, es lo que deviene de la realiciaci factica verificada en el proceso.
Ademas, y en punto a la trascendencia del cargo formulado por el vocero en cuanto afirma que el tema de OLMES DURAN no fue mencionado por el "FINO" en ninguna de sus declaraciones, no eneuentra la Sala cual seria la importancia de esa omisiem del testigo cuando resulta Caro quo el "FINO", naturalrnente conocia a este senor, dadas las funciones que detentaha como responsablc dcl area Financiera del Bloque, ademas porque 61 mismo reconoci6 haberse reunido con el extraditado por lo menos una vez cuando "le entregd una platica" 8I y asi mismo lo indicO su superior, cl ex cabecilla del Bloque Calima. 81. 1 senor OLMES DURAN en una oeasnin yo muy Peden llegudo, rue reuni con el y me entreg6 una platica. per° los senores GONZALEZ nunca los comet.
Minute (01:24:25). declaraciOn rendida en el juicio. 87 Sentencia-rOnica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sinisterra Repn6fica de Cofom6ia Corte Suprema it Justicia Otro tanto objeta de la declaraciOn de HIGINIO MOSQUERA, pues este tambidn. habria extraido de la prensa la informaciOn sobre OLMES DURAN, cuando hablO de la corrupciOn en la licorera y en la salud del Choc() y manifesto habcrlo escuchado por la emisora la W o por la F.M. Es cierto quo el senor HIGINIO MOSQUERA asegur6 en la audiencia que la informaciOn entregada sobre los contratos que manejaba OI,MF,S DURAN en la GobernaciOn del Chocd es algo quc oy6 o ley?) o cscuch6 en los medios de comunicaciOn, pero lo que si no escuch6 por los medios de comunicaciOn es que OLMES DURAN hacia politica en el Choc() con el mismo movimiento politico MPU que dirigia cl ex Senador MARTINEZ STNISTERRA y que el coordinador del Movimiento Social del Ch.ocO que fundO el extraditado OLMES DURAN era JULIO CESAR MORENO MOSQUERA, persona de quien se sabe en este proceso, era avalado por el cx Senador MARTINEZ SINISTERRA, como tampoco lo quc sostuvo en la declaraciOn quc se trasladO a este proceso rendida dentro de Ia causa que se le adclanta a otros politicos del Choc6, en el sentido de que OLMES DURAN habia sido la persona con la que tenian contacto las autodefensas que operaban en el Choc6 para financiar Ia campaila a la GobernaciOn de ese Departamento en el 2003, aunque luego en el juicio haya dicho que no le constaban las relaciones entre el narcotrafico y los paramilitarcs en el Choc?), sin cxplicar tal contradicciOn.
Sentencia-rOnica lnstancia 30.097', Juan Carths Martinez Sinistefraf RepUblica de Colombia Corte Suprema di Asada Continuando con la impugnaciOn de la credibilidad del testimonio de FIJI., aduce que sus mOviles para inculpar al ex Senador MARTiNEZ tienen que ver con el interes que lo guiaba para no ser extraditado, y que tan cicrto cs lo de su motivaciOn para inculpar al cnjuiciado, quo lucgo quo la Corte conceptud favorablemente, se desmotivO y no continuo suministrando versiones de este tipo.
Observa la Sala, que el 31 de julio de 2008 esta CorporaciOn concoptu6 favorablemente su extradiciOn y a pesar do ello el 1° de diciembre de 2008 vuelve "I-1.H." a declarar en la Corte, sin ningun.a resistencia y ampliando la informaciOn que se lc podia sobre el caso, evidenciando ello una actitud contraria a la que postula el senor vocero82. 181.
Pero ademas no se y e una relaciOn de causa a elect() en la tesis quo postula el senor vocero, pues no indica qua consecuencias juridicas sobre su situation con el Gobierno do los I7,stados Unidos o frente a la legislaciOn colombiana, tendria la delaciOn o informaciOn clue entreg6 sobre vinculos do as autodefensas con politicos de las regiones donde ellos ejercicron influencia; y si en gracia de discusiOn se aceptara que los postulados en Justicia y Paz dicron cuentas de los referidos nexos para lograr benelicios o para evitar extradiciones ello no signilica, per se, clue hubicran "fabricado" la información clue entregaron - 82 E s de aclarar que In decision del Gohierno Nacional que concedio la extradición de HEBERT VELOZA GARCIA. pea.) ejecutoriacla el 31 de octubre de 2008 (Cfr. 192-211 del aneso 6) y el dia I dc dick:mint to 2008. el extra/Iliad() node L:chum:kin ante el Magislrado Auxiliar eomisionado, ampliando la version de los heehos y rciterando su compromiso con la verdad:" yo no manclil clecir que ya;whin &rho lo que /labia dicho porque Was los votes (pm seri necesorio que neeesilen enny dispuesto a Jae 10 declarot ith7 pthup e es mi obligee h517.
" 89 Sentencia-eOnica Instancia 30.097 Yuan Carts Martinez Sinisterra (kepliffica de Corom6ia Corte Suprema de justicia presunciOn inadmisible en la teoria probatoria del derecho pues lo cierto es que los cahecillas de esos grupos armados al margen de la ley fueron actores de primer orden en los sucesos que alentaron el conflicto armado en Colombia.
Afirma el vocero que no es cierto que "EL FINO" le haya contado a "H.H." que los GONZALEZ RIVAS y OLMES DURAN hubieran pedido apoyo para su patrocinado, pues si se revisan sus declaraciones de junio y noviembre, en ninguna de las dos habla dc OLMES DURAN. Para la Sala, la version entregada por Ll." revisie total seriedad asi este testigo, "EL FINO", haya rehusado confirmar lo depuesto por su ex jele, 1-IEI3ERT VELOZA.
Esta version de H.H. tiene su razOn de ser en el hecho insoslayahlc de que el "EL FINO" tambien dirigia las relacioncs del Bloque Calima con el narcotrafico, pues nOtese quo ni OLMES DURAN niega conocer at "FINO" ni este conocerlo a 61, lo que pasa es que ha sido bastante elusivo este desrnovilizado con el terra y siempre le ha deferido al "MOCHO", que entre otras cosas esta muerto, los vinculos con el narcotrafico.
Adviertase tambien que el "FINO" dijo en declaración de junio de 2008 haber hablado con el narcotraficante JAVIER KLINGER y atiendase igualmente, que "11.11." sostuvo que el "FINO" manejaba las relaciones con el narcotrafico, en declaraciem del 13 de junio de 2008, cuando se lc pregunta si 90 Sentencia-tanica Instancia 30.097 Juan Carlos 'Martinez Sinisterra Weptifitica de Colombia Cone Suprema de Justicia alguna vet tuvo contacto personal con los GONZAI,172 83 e igual cosa afirma cl senor TEODOSIO PABON, alias "EL PROVE", respecto del "FINO", al ser interrogado sobre si oy6 hablar de los GONZALEZ RIVAS apodados "LOS REYES DEL PACIFICO"" Como tampoco resulta desatendible en esa misma linea discursiva, la manifcstaciOn que el "EINO", con frontado en la audiencia p6blica sobre el particular, sefialara vacilantemente, a la pregunta que se le Formulara en el sentido de si en algan moment° se h.abla cncargado de los cobros a los narcotraficantes, clue: -yo varias veces el senor HEBERT VEIOZA me clijo, lo vet a Hamar un senor encuantrese con el clue le va a eniregar una cues/kin y esa euesticin que me entregaba era en plata. y en ocasienes //egaron ct entregctrme clocumentos los cuales yo los Ilevaba tal y cual come Venial') se los entregaha a don HERNAN per° yo nunca le pregame ct esas personas listed (mien es, como.se llama, porque en primer Lugar los lugares donde /o recogla eras lugares clencle habla mucha genie. ye clue me iba a puller a center esa plater de/ante de Milo el mundo y mcis solo come ctnclaba yo " 85, asintien.do tacitamente clue si pudo haber captado esos recursos, pero no sabia de qui6n, desconocimiento que por improbable, siendo el responsable Financicro del Bloquc Calima, lc confirma a la Sala clue esta persona si tuvo vinculos con los narcotraficantes del Puerto de Buenaventura a los due Ics cobraba el impucsto dc gramajc.
Desde esta perspectiva, la version de ILIL, aunquc no fue respaldada por su ex jefe en el area financiera de la estructura st "si darn, con Los GON7ALE7.vi, porci ne con los CaV7A1,E2 yo cuando. negocios de norcotrrilico. yo, coma e.v salndo. y lo hemos dick° en justicio y pCla", coln •dbamos nous impueslos a los lanchos clue sultan y 0505 personas tenkm clue cuadrar conmig,o o con el"F/NO". pot lo general Ionian quo reunirse con los dos -. minute (1310). 2CD.. 84 "escuchd hablar de e pos pero no Los conoci. creo cl ue escuche glee ethos Johan algunca apories of Hogue colnno. pero CSO to manejaba el. financiero que tenia gad ver con lo:ono del pacific°, yo nunca love contact0 0 eolcueouro cool elms Minnto (03:06:50) 85 Minutes:22:d5 — 01:23:30) 9! Sentencia-'Unica Instancia 30.097;
Juan Callas %aetinez Sinisterra (kepitbrica de Cothmbia Cone,S'uprema de justicia ilegal, para no comprometer su responsabilidad, se advierte, en vinculos con el narcotrefico en el puerto de Buenaventura, es perlectamente coherente, pues quien sino el "FINO" pudo ser la persona que le neve a II.1-1. la informaciOn sobre la intenciOn do estos narcotraficantes de apoyar a MARTINEZ SINISTERRA, electoralmente. 188.
Asegura el vocero que H.H., en la linea de it cambiando paulatinamente 1-as declaraciones, afirme en la del 30 de mayo de 2008 clue el politico era ANDRES CAMILO, per° ya en la del 13 de junio de 2008 dijo que por LI 11 tiempo habian tenido a "ANDRES CAMILO cncargado de manejar las relaciones con los politicos y con JUAN CARLOS MARTINEZ en Buenaventura. 1 89.
La Sala constata quo esta afirmaciOn, suministrada en su intervenciOn por quien ejerce la voceria, no es cierta, pues a. desde su primera declaraciOn, reconocie que el Bloquc Calima contaba con dos personas encargadas del area do los asuntos politicos, esto es, "ANDRES CAMILO" y "FERNANDO POLITICO" y dijo clue juntos se habian encargacio de manejar las relaciones con los politicos86. kn el Palle del Cauca. com p le digo. a0500 - 05 017C(11g01710S 0 rotas personas la parte politica canto es 01 Comandonte AM:MECCAAND quo estei detente'', en Ragan i, FERA 1.4.VDO POLJTIU0 que era el que manejaha todas las relaciones can politicos NDRES (7:13,111.0 manejaha coda la Porte politico, ANDRES C.-I.A111.0 ova un iwnfesor universilario, tenia anon colegios en el Pulumayo, 'mos colegias privados. unn persona preparada creo que es pflrece.pero en/a/ices á/ se inneul6 a Ins 011iOthliansos 00 01 Putumayo despues se vincula con of aloque Calima. 11101100 III Palle politica iambien ell el l'unonaya y despees se vinculd con el Moque Calima y qued6 encargado con 1..ERN:1,V00 PO 077C0 de manejar la relac. an con (atlas los politicos. lamentablemenie por mi lentlencia milimr siempre lc nen. como algae, ITCH() a los politicos.y por eso elegi rr esias personas come, erne FERNANDO POLITICO Y EllVDIIEC U.4 31,111.0 Minuto (01:01:32 — (1 1:04:50) 92 Sentencia-t)nica Instancia 3a 097 Juan Carlos liartinez Sinisterra iO\ RePablica de Colombia Cone Suprema de justicia Nueva censura lanza el senor vocero contra el testigo do cargo, al afirmar quo "11.1-I." es un mentiroso cuando se reficre a PABLO F,MERITO, pues unas veces dijo que era un miembro de in organizaciOn y otras quo era un simpatizante pero que no hacia parte de la organizaciOn, arribando a la conclusion de quo eso no es una inconsistencia de poca monta.
Observa la Corte, luego de venir dando puntual respuesta a los reparos formulados por el vocero, en no pocas veces huerfanos de fundament°, quo son cxpuestos sin la debida ponderaciOn que debe preceder cualquier razonamiento, pues si se analizan on context° las afirmaciones vertidas por el ex jefe paramilitar, emplea CI en su expresiOn la figura retOrica de la hiperbole, para enlatizar los estrechos nexos que este ex servidor p6blico tenla con las autociefensas, y es por eso quo utiliza la expresitin "era uno mais de la organizaciOn" cuando a CI se reliere87.
Halla una nueva fisura cl senor vocero en las varias declaraciones de "H.H.", cuando repara en la del dia 13 de jtinio de 2008, donde afirmO habcrse reunido con los HERMANOS GONZALEZ, pero que en las restantes declaraciones dice que no y que quiet-) se entrevistaba con ellos era EL PING. Revisadas las declaraciones rendidas por el senor IIEBERT VELOZA, los dias 30 do mayo de 2008, 13 do junio do 2008, 16 de Julio de 2008, 1° de diciembre do 2008 y la vertida on " "allow senor abogado, a la verdad hay quo creerle. la;voile/ad es null. jw dile, el senor P.1111D /011-11110 era on miernbra de las autodefensas. parquè?, par su vinculaciria. por su colabo •ation. par so apeeyo, pot ad() cl conocinzienlo quo let? in (le 10 quo se hark, porque FERNAIWO POLITICO onelaho con r; 1 poly meta -, m intim (05:57) 2 archly°. 93 Sentencia-rOnita Instancia 30.097 Juan Carths Martinez Sinisterra Wspithlica de Cothm6ia Corte Suprema de justicia la vista pablica, encuentra la Sala que la situaciOn planteada por el senor vocero es totalmcnte contraria, puts solo una vez eludiO haberse reunido con "Los GONZALEZ", en la declaracicin del 16 de julio de 2008, pero en las siguientes donde se Ic preguntO por dichas relaciones, afirmO que si habia coincidido. con estos narcotraficantes"", de donde s e tiene q u ee la inconsistencia adve • tida cn cl testimonio del 16 de Julio de 2008, cuando desconoce haher tenido reuniones con "Los GONZALEZ", luego de las multiples reiteraciones en el sentido de haberse reunido con cllos para el tcma del recaudo del impuesto del gramaje, no Ic resta solider, desde la Optica holistica del debate probatorio, a su admisiOn de conocer y de habcr sostenido relaciones con los narcotraficantes del Puerto, pues ello resulta a todas lutes coherente con la situaciOn, asumiendo que las relaciones entre el nareotrafico y las autodefensas obviamente no podian set conducidas sino por el alto mando del Moque Calima y en ese sentido, una vez Inds, las apreciaciones del senor vocero, carecen de eficacia para infirmar la version del testigo de cargo. 194.
En rclaciOn con la declaraciOn de Y7 SID PACHECO alias "El Cabo" dice que en su primera salida afirm6 que en Buenaventura no habia "Comandante" politico, pero que luego, al saber que H.H. dccia lo contrario, cambiO su version y hable dc FERNANDO POLITICO corno cabecilla politico del Bloque. 8 " YO le, estay diciendo, los hermanos GONZALEZ. y listed mismo escuclui en In grabaciein ipw (No abr, los heomallos GONZALEZ. nos pidieron el favor, yo me reuni con ellos y el FIND Itanbidn se reunia con ellos.
Iv estoy &el-emirs se reunieron coming° y se reunieron con dl on varias oportunidades porn el impuesto del noir otriVico, eso es la que &stay diciendo ya ahr, minuto (18,41), dcelaracien en audiencia padica, y en la del 13 de Junk): "Si clan). can los GONZALEZ si, porcine los GONZALEZ ya cuando negacias del norcotreilica yo pies coma es sublet() v to he dichn Justicio y Pat cohranmos unos impuestos a las Webers quo salian y esas personas ienian que ellUdrOr carunigo..- minuto (13:07) 94 Sentencia-Vnica Instancia 30.097 Juan Cantos Wartinez Sinisterra 9 Cone Suprema de lusacia Advierte la Sala que tampoco revistc veracidad esta objeciOn a la declaraciOn del testigo, porque lo que sucede es que el senor vocero confunde el rol que FERNANDO POLITICO tuvo en la organizaciOn y la estructura de mandos respecto de Bloqucs y Frentes, ya que efectivamente FERNANDO POLITICO rue cabecilla politico del Bloque, no de Buenaventura y asi lo dojo claro a. "EI, CABO" en exposiciOn del 24 de Julio de 2009: "En Buenaventura no. nenca supe clue hubiera en comandante politico (fenn y de la organizacien en la 7.0110 de Buenaventura., si habla un comandante politico en la organizacien v esta persona gee le menciono gee no recuerdo el nombre en esios mementos, iba a Buenaventura esporedicamente. me vi con c', / unit sofa vez Beenaventera pero si Inc di cuema clue en ocasiones ibn n la:ona cue Buenctventura.
"." Argumcnta cl voccro quc FERNANDO POLITICO no era cl responsable Politico del Bloque Calima por la epoca en quc se adelantO la campalia al Senado del 2002 de su representado, porque quicn ocupaba ese mando era ANDRES CAMILO alias "EL PROFF,", luego no se puede aceptar la version de "FLIT" en el sentido de quc FERNANDO POLITICO era el que se reunia con el acusado durantc talcs comicios. 197.
Este planteamiento, que fue uno de los temas dc mas intenso debate probatorio en el juicio, ya que la defensa quiso aprovechar ciertos equivocos en torno al papel que los senores TEODOSIO PAF3ON alias "EL PROFE" y CARLOS [FR EN GIJF,VARA CANO alias "FERNANDO POLITICO", cumplian dentro de la organizaciOn, alines a los objetivos politicos de las " Minuto (01:17:57( 95 (Xfpliblica de Cdomfia Sentencia-rOnica Instancia 30.097 Juan Carlos Wartinez Sinisterra Cone Suprema de Justicia autodefensas pero disimiles funcionalmente hablando - pues el primero realizaba una labor de concientizacian icicolOgica (si es que se puede admitir respecto del paramilitarismo en Colombia esa oxpresian, sin incurrir en el riesgo de validar acciones constitutivas de dclitos de lesa humanidad) y el segundo era ol enlace de las autodefensas con los politicos y servidores pUblicos del area de influcncia -, debe ser abordado a partir dc lo que la Corte puntualiz6 en pal-rat:los anteriores al valorar la eficacia probatoria del testimonio de alias "EL FINO", restandole total credibilidad pot. cambial. su version y negar su presencia y la de FERNANDO POLITICO en la zona, para la fecha en que el ex Senador MARTINEZ adolantaba su campana politica al Senado 2002. 198.
Bien lo acivierte cl senor Deiegado del Ministerio PUblico en sus alegaciones conclusivas, al valorar las declaraciones de los senores alias "EL CURA" y alias "EL FINO", que ollas estuvieron enderezadas a desubicar temporalmonte la labor cumplida por Carlos Efren Guevara Cano, alias FERNANDO POLITICO, coma lider Politico del Bloque Calima, a fin do debilitar la version de sabre el papel que aquel cumplia en la campatia politica de MARTINEZ SINISTERRA para el Senado del 2002, intención quo se ve frustrada con las coherentes declaraciones ofrecidas pot el mAximo cabecilla del Bloque, alias "N.H.", y tambien con las aportadas par otros miembros de la susodicha estructura paramilitar, EDER ENRIQUE MONTIEL ALVAREZ, alias "Nechi", patrullero, JOSE DE JESUS PERF.7.
JIMENEZ, alias "Sancocho", ex cabecilla del Frente Faralloncs, 96 Repitgica de Colombia Sentencia-tütura Instancia 30.097 Juan Carlos./tartinez Sinisterd Come Suprema tie justicia ARMANDO LUGO, alias "Cabez.Cm" y YESTD PACHECO SARMIENTO, alias "El Cabo", quicnes destacaron la labor politica que GUEVARA CANO o alias "FERNANDO POLITICO" cumpliO al ft-mite del Bloque Calima y su dcsempelio en el municipio de Buenaventura.
A ello agreguese la documentaciOn oficial quo reposa en el expediente proveniente de la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalia, en la que se destaca el organigrama del Bloque Calima: adcmds, lo quo las prucbas clemuestran en el proccso es que este senor TEODOSIO PABON alias EL PROFF, pudo coexistir en algim moment() con EL FINO en cl Valle del Cauca, pero nunca cjcrciendo la labor do "puen.te" cntrc el Bloque Calima y la class politica de ese Departamento, labor que, mayoritariamente lo reconocioron los testigos, fue adelantada pot.
FERNANDO POLITICO, pues "El, PROFE", como se anotO anteriormente, descmpefici funciones de corte "ideolOgico". Esta persona, que se autodenomina asi misma como "Comandantc Politico del Bloque Calima" y niega la existencia del Drente Pacifico en Buenaventura, contrariando todas las versiones de los miembros del Bloque y la documentaciOn ()Eclat que reposa en el expcdicnte proveniente dc Justicia y Paz contentiva del organigrama del Bloque Calima, sus Frentes, area de influencia y cahecillas, no figura dentro do la historia documentada do la Fiscalia General do la •NaciOn coin° jefe Politico del Bloque Calima ni es rnencionado en tal calidad por su ex cabecilla HEBERT VELOZA GARCIA alias "H.H.". 97 (Reptiblica de Colombia Sentencia-t2nica Instancia 30.097 Juan earths Martinez Sinisterra Corte Suprema de Justicia Por otra parte, suministra algunas versiones de las circunstancias l'acticas debatidas en esta actuaciOn, absolutamente discordantes con el acervo probatorio obrante y su vision conglobante de la verdad procesal, como aquella de que mandO a FERNANDO POLITICO a trabajar a Puerto Tejada en el Cauca, asumiendo ser el el superior jerarquico del mismo, no 11.11., incurriendo en aseveraciones inexactas y profundas Cisuras de orden 'Ogle° en su deelaraciOn, pues si postula ser el politico ide6logo de la organizaciOn y FERNANDO POLITICO tan solo Cue, segUn el, un informante de las FARC, queriendo degradar su purl], cntonces por quc seria su superior, si la funciOn de FERNANDO POLITICO, estaria dcsvinculada dc las labores del "idedlogo" de la organizaciOn.
Como quiera que este "ideOlogo" dice que en el Drente Pacifico, al que lc niega ese nombre, !labia mucha actividad militar pero no politica, no se entiende entonces cual pociria ser la actividad de este personaje en su area de iniluencia, tan esteril a los propOsitos ideolOgicos que alentaban su funciOn. 203. Otro aspecto derivado de sus alirmaciones vertidas en audiencia pUblica y que la Sala no se explica es, si FERNANDO POLITICO Cue enviado al Cauca y aparentemente el "Comandante Politico" que qued6 en cl Valle fue este senor alias "EL PROFE", quien supuestarnente rcpudiaba cl trabajo politico de las autodefensas basado en nexus con la clase politica, quien seria entonces la persona del 131oque Calima que se encargO de estos 98 Sentencia-fhlica Ins tancia 30.097/ Juan Carlos Wartinez Sinisterr4 RepIthaca de Cothm6ia Cone Suprema de Justicia propOsitos?, o es que habria que asumir que nunca hubo relaciones del Bloquc con los politicos en su zona de influencia?, o es clue el senor Asesor de Paz de la GobernaciOn del Valle del Cauca quien declarO en este proccso, se inventO que su interlocutor politico con las autodefensas habia sido FERNANDO POLITICO?.
El tcstigo nicga los nexos dcl Bloquc Calima con la clase politica en el Departamento del Valle del Cauca, de quienes dice son "castas politicos de dificil penetration", cosa que devienc absolutamentc contra evidente porque en el proccso se demostrO que, de la mano del narcotrelico, los paramilitares establecieron alianzas con Concejales y Alcaldes, para no mencionar el caso del ex Senador MARTINEZ.
Afirma este tcstigo, asumiendo una posiciOn quc resulta por demAs sospechosa, que dl marginO a FERNANDO POLITICO de la organizaciOn por cl hecho de haber sido cl informants quc send() en Buenaventura a las personas que tuvicron vinculos con las FARC o fueron SUS simpatizantes, informaciOn con la cual Sc efectuaron los homicidios selectivos, y resulta sospechosa, porque ningan miembro de estos grupos al margen de la ley se ha distinguido por tener "cOdigos morales" frente a los me5todos para Ilegar a ocupar espacios politicos u obtener vcntajas militares. 206.
Dc otra parte, algo que no explica el selialado tcstigo es la razOn por la cual, esta persona, de la quc se empena en desconocerle su funciOn e importancia en el area politica del 99 Sentencia2Onica Instancia 30.097 Juan &trios Wartinez Sinisterra / CtZepU6Cica de CoCom6ia Corte Suprema de Justicia I3loque, precisamente sea apodado con el remoquete de alias FERNANDO POLITICO.
Dadas todas estas contradicciones en las que incurri6 el senor TEODOSIO PABON, es por lo que el Ministerio POblico en el curso de la audiencia pUblica, atinadamente le preguntO, luego de rclacionar los testimonios que infirmaban su dicho: " ademas• cle eso usled es el unico que le ha negado lcr condition de comandante politico a FERNANDO, minimizcindolo a informante, cuando aqui nace lle ha dicho aqo, osted que nos puede deeir al respecto? 90, y aunquc la respucsta que suministra no satisface los cuestionamientos del Ministcrio Pt:Wilco, vale la pena mencionar apartes que son verdaderas brechas que se le abren a la realidad procesal: "no, elastic el moment() en clue yo Ile,ette al Moque no.s. e clue funciones /e habrian dodo a lernando el arnica comandante politico de Moque Jun yo, Ia persona que es. tructurO la parte politica del Moque Colima y quien dio y tibiae) los encargados de la orientacien politico, y a Fernando cony lo he indiccalo aqui lo uhique en Ia zona de Pue rto Tejada para que acompahara a Liernando Santa que era un politico que habit( uhi en Puerto Tejada, esct es la verdad, entonces ya FERNANDO POLITICO no es el simple informants de las FARC con cuyo tcstimonio Sc cometieron los homicidios scicetivos en Buenaventura sino quo era un contertulio del Alcalde de Puerto Tejada, es decir un miembro quo se relacionaba con los politicos.
Mas adelante dice el deponente que " en Buenaventura el comandante de urbanos era YESID PACHECO le dicen "EL CABO - y yo nunca me conoci con ci l (Lenny) del Moque Colima " resultando il6g,ico quo si "ANDRES CAMILO" tenia tan alto rango dentro del Bloquc Calima no se conociera con "EI, CABO", urbano tercero al mando en el Puerto Milll110 (02:38:05).
IOU Sentencia-t)nica Instancia 30.097, Juan Carlos Martinez Sinisterrl Republica le CoCambia Cone Suprema a Justicia de Buenaventura, de donde se infiere que la relevancia que predica de su cargo, no era tal, peso que ademEts, dificilmente podia dar del acontecer politico del Puerto de Buenaventura, ya que casi nunca estuvo alli, como lo declare en la vista pOblica91.
En esas condiciones, no resulta atendible la objecien formulada por la defensa, pues sin hesitaciOn alguna se puede af'irmar que quien se clesempertO como cabeeilla Politico del Bloque Calima por la Opoca en que se adelant° la campana politica del acusado, rue FERNANDO POLITICO, no hubo en la region otra persona que lo reemplazara, sencillamente porque 61 fuc el Unico que cumpliO csas funciones, que no las cumpliera de modo permanente en el Puerto de Buenaventura, posiblemente si, porque ejercla la comandancia en toda el area en la que permaneciO el I3loque Calima.
Sobre el tema del control o dominio progresivo de la poblaciOn de Buenaventura por pane de las autodefensas del Bloque Calima, que se esgrimiO como argumcnto para demostrar que para la 6poca en que se desarrollO el proceso electoral de JUAN CARLOS MARTINET, al Senado 2002, aim no existia, luego no era posible incidir politicamente en la poblaciOn a su favor, apoyando su planteamiento discursivo en el testimonio del selialado "ideOlogo" del Bloque Calima, TEODOSIO PABON, alias "EL PROFE", debe decirse, en primer Lugar, que la expansion del paramilitarismo en terminos de conquista de espacios..en Buenaventura /hi en dos ocusiones, u cuntplib/itnchmes c omo C 001017(1(1 pcililico de bloque, me reitni can Imo persona que en ese momenta iba et roma,. el inonejo de las. grivas 10.babus. que no era leshl era ono. converse' efIll contandante "el 1770C ho"de obi.vaconios 170 niztchashos ti ne fne los que llevt, Cl las eseuelas cle ontodeporstrs r hwgr, no Jiro ni tenter quo rumpler ninguna labor en Buenaveneurn.
Minion (02 A gA3) 101 Sentencia-rUnica Instancth 30.097 Repaffica de Colombia Juan Carlos 94artinez Sitister�of, Corte Suprema de Justicia politicos, no se consolide ni en el 2002, ni en el 2003, como se prcgona, al menos no en todas las regiones de Colombia, y do ello dan buena cuenta precisamente las sentencias proleridas por esta Corte en las quo se ha encontrado responsables a los servidores p6blicos quo en el aim 2002 promovieron las autodefensas.
Alias "EL PROVE", quien fue la persona clue aeompand a la delensa en la sustentaciOn de esta teoria, sostuvo en el curso de la audiencia pablica, que Ileg6 al Bloque Calima on septiembre do 2001 encontrando que alli se necesitaba hacer un replanteamiento militar — como fase previa a la deliniciOn politica del Bloque y ante tal manifestaciOn, la defensa le preguntO si era posible clue en un lapso do 6 meses, quo va desde el mes do septiembre de 2001 hasta marzo del 2002, lecha en que se adelantaba la carnpartia al Senado del encausado MARTINET/_.
SINISTERRA, las autodelensas pudieran otorgar un apoyo politico masivo on Buenaventura a un candidato quo aspirara a un cargo do clocción popular, a lo cual rcspondia: "No, no se podia" e interrogado por el tipo de apoyo politico que una organizacion armada puede dar, rcspondie: Isii/o puede dar dos lipo.s. de (limy°, el apoyo financier() que consiste en entregar dineros para que tin candidalo Naga so campaha, y atm es a traves de la intimidacien 0 del terror (pie consiste en clecir volen o acomponen la candidatura del tal persona ".
Incurre el testigo en nuevo dislate y on un olvido: lo primer°, porquc anteriormente habia dicho quo existian 4 forms de vincularse las autodelensas a los procesos politicos y ya aqui 102 Thnigira de Cothmbia SentenciaiOnica Instancia 30.097— Juan Carlos Martinez Sinisterra, Cone Suprema de Asada solo referencia el use del financiamiento y la intimidaciOn92, omision deliberada y concionte, puede decirse, para respaldar la tesis a la que quiere llegar la delensa, afectando su propia "teoria politica"; y sc afirma quo tambien olvida, puts declara quo las autodefensas no estaban preparadas aun para asumir apoyos politicos en Buenaventura, cuando, como lo han reconocido en este proceso la mayoria de los testigos, entre ellos el Asesor do Paz de la GobernaciOn del Valle del Cauca, FERNANDO POLITICO era precisamente la persona que venia trabajando esa etapa politica quo dcscarta el testigo "politOlogo", primcro al servicio de la guerrilla y luego para las autoderensas y conocia antes de ser miembro de csta ultimo agrupación, a JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA, porque es quo este personale, FERNANDO POLITICO, rue candidato a la Alcaldia de Daaua — Valle (zona do innuendo del Frente Pacifico), tcnia una trayectoria politica y por ende muchos conocidos y contactos en esc sector, puts no so olvide quo personas quc aqui declararon y quo no han sido dcsvirtuadas ni tachadas, como los ex Concclalcs del Municipio de Buenaventura PABLO EMERITO JARAMILLO, BISMAR CHUNGA y BARTOLO VALENCIA conocicron en su trasegar politico a este lider del Bloque Calima 213.
Con un planteamiento seudo ideolOgico, cl auto reputado "Comandante Politico del Bloque Calima", esboza una lico el testigo en la audiencia Colinas de penetracien politica de las autodelensas: I: "ono es (nand° se lagra llegar V penetrar esa sot:jetfoil y 'lacer one esos pruplas seetares politicos seta pane de mtestra armpit) aclactrinamienw,. - 2.- - afro manera es cuando se logro tine esas sectores huger, porte a nos acollipunen 0 ncisall'as nueslros propaSaOS en ra::an o la inilmiclacian o al terror - 3.
"Giro de las fainnas se do gracias a la aliSencni en sogurielad par parte del Estado y entonces esos sectares terminal acomparianclonos 011 loo objetivos planfraclos olra manes es cuando alguttos mienthros de esossectores politicos en Una analcd delincuenciul conncirn ci Nines' par to de In r»-gani.7oeirin de outodeliensay. - M inuto (0 I:56:00) 103 Sentencia:Unica Instancia 30.097 Juan Carlos Martinez Sivisterra, RepUbfica de Cothmbia Corte Suprema de yusticia serie de etapas progresivas que segiin 6I debian darse al interior de las autodefensas, para tic:gar a la aids depurada que soda la consolidaciOn del "proyecto politico": " y ya una nlinna lase en la que se aspira a hacer la consolidation del penstunienw politico per() comb movimienta politico de la orgcenizacion de autodefensas, pero en ese momenta finales clel 2001 y comienzos cle 2002, 10 que habit' que hacer era arenas hacernas conocer coma una arganizacien clue tenia on pensamiento distinto a porta,- las LIMOS enionces era el comienzo arenas, en ese momenta no habia ninguna atm orientachin", per() olvide este testigo, quo en Buenaventura, pot sus especiales circunstancias intimamente vinculadas al narcotralico, no se desarrollO propiamente un "proyecto politico", y eso esta plenamente acreditado, hasta en palabras del mismo testigo, y si ello es asi, la situation del Bloque Calima resultaba atipica y en tal sentido no podia aCirmarse que para verificar la alianza narco-parapotitica en el Valle del Cauca y concretamente en Buenaventura, tuvieran que agotarse las Cases propias quo describe el testigo, fallando con ello la pretension delensiva postulada en este proceso, sabre la inexistencia del apoyo politico de las autodelensas al Senador JUAN CARLOS MARTINET por no haberse consolidado dun, para Ia dpoca en que desarrolla su eampatia, la cuarta Case que describe el deponente. 214.
El ex Senador MARTINEZ obviamente no flue parte de un "proyecto politico" de las autodelensas, sino de un contuhernio, do una relaciOn simbiOtica mutualista que desemboce en la concertaciOn de intereses espurios, en desarrollo de las cuales, el acusado promoviO una Cuerza ilegal para Ilegar al Senacio de la RepUblica, comprometiendo el Bien juridic() do Ia seguridad pablica y la funciOn pUblica que prometia poner al 104 lOpriffica de Corom6ia Sencencia.:Onica Inscancia 30. 997 Juan Carlos Martinez Sinis6r,a Come Suprema de justioia servicio de los intereses de ese grupo ilegal, que no eran otros que contar con una persona en el Congreso de la Reptliblica clue le fuera Lit a sus ilicitos propOsitos y sellar los nexos con los narcotraficantes cercanos o amigos del ex Senador, auspiciadores y financiadores del Bloque Calima.
Exponc tambien el senor vocero en su cxtcnso listado de reparos a los fundamentos probatorios de la acusaciOn, el desconocimiento que JUAN CART,OS MARTINEZ tenia respecto de las actividades de narcotrafico a las quc se declicaba su amigo OWES DURAN II3ARGUEN y se respalda en la carencia de aniccedentcs o registros quc las autoridadcs rcportaron en este proceso, para afirmar quc no podria exigirselc a MARTINEZ que si los conociera, atribuy6ndole a "H.H." nuevamente la intenciOn, de perjudicar a MARTINEZ, sccundando intcrescs de sectores poderosos del Valle del Cauca que querian acabar politica y electoralmente al encausacio, por su origen social y Otnico.
Encuentra la Corte que luego de lo demostrado sobre las relaciones do OLMES DUR.AN con MARTINEZ SINISTERRA, las interceptaciones telefOnicas, los nexos politicos, los amigos comunes, la asistencia a la boda, los antecedentes que el movimiento politico MPU - liderado por MARTINEZ registr° con el narcotralico del Departamento del Valle del Cauca dada la condena de su fundador CARLOS IIERNEY ABADIA CAMPO dentro del proceso 8.000, despejan cualquicr duda que se pudicra albergar sobre el conocimiento que tenia el acusado acerca de las actividades ilegales quc ciesarrollaba OLMES DURAN. 105 Sentencia-Vnica Instancia 30.097 (1(epti6lica de Colombia Juan Carlos Martinez Siitisterra, Cone,S1uprema it Justicia Ahora, no cs cicrto, como lo afirma el vocero del procesado, que as autoriclades no tuvieran registros de OLMES DURÄN relacionados con sus actividades ilicitas, plies claramcnte en el proceso, anexos 3 y 4, obra todo el tramite que se surtid para la extradiciOn del capo y alli reposa la resoluciOn de acusaciOn que la Fiscalia profiri6 contra el sefialado ciudadano y tambien contra ANURIO MURILLO, la persona a traves de la cual se comunica teleldnicamente MARTINEZ con el extraditado.
La Sala escucha cuando el procesado interrogO a H.H. sobre la razOn por la cual, si como el jefe paramilitar lo habia afirmado en este proccso, los empresarios y as elites del Valle del Cauca, lueron los que llevaron a las autodelensas a ese Departamento, cudl scria el motivo para quc este grupo irregular armado, apoyara a MARTINEZ, una persona que ha sido enemigo natural de dichas elites, y la respuesta la suministrd HEBERT VELOZA en terminos muy razonablcs quc para la Sala merecen plena acogida, plies seriale que tal apoyo del sector empresarial del Valle habia sido al inicio, cuando cllos Ilegaron at Valle del Cauca, pero que luego cesaron ese apoyo econdmico y es ahi donde las autodelensas recurren a las Fuentes de financiaciOn quc les provcc el narcotrafico. 219.
Afirm.aciOn absolutamente acordc con las probanzas obrantes en la actuacidn, auscultables a traves de la historia testimonial y documental allegada, sobre el origen del Bloque Calima en el Departamento del Valle; adcmds, ese esfuerzo 1 0 6 Sentencia-4:Thica Instancia.30.097 Juan Carlos.`Martinez Sinisterra • Opn6fica de Colombia Cone Suprema de Asada argumentativo de la delensa, contiene una prernisa cal-elite de vcrificacion, porquc el supuesto antagonismo que MARTINEZ.
SINISTERRA predica respecto de los gremios econOmicos y empresariales del Valle del Cauca, es un argumcnto que se improvise discursivamente y que no consulta la realiciad proccsal si se tiene en cuenta que la irrupciem del Bloque Calima al Valle del Cauca fuc acordada, inicialmente, por un sector de las elites vallecaucanas y el narcotrafico al que era afin el ex Senador MARTINET, SINISTERRA.
Ahora, resuita claro tambiën, que las autodefensas no fucron un fenOmeno que Sc hubicra fusionado de mancra definitiva con las álites econeimicas vallecaucanas, como para que se pueda afirmar que ellas conspiraron contra MARTINEZ SINISTERRA en connivcncia con las autodefensas, sino que fue una coyuntural alianza que temporalmente se fraguO para enfrentar el renOmeno subversivo, luego do 10 cual, como lo dijo HEBERT VELOZA, retiraron el apoyo a la organizaciem armada al margen de la ley.
En referencia a las conversaciones telefemicas sostenidas por MARTINEZ SINISTERRA con OLMES DURAN a traves del telefono de ANURIO, senala que ANURIO no Cue una de las personas capturadas junto con OLMES y clue adernas 01,MF,S DURAN dijo en la teleconlerencia que ANURIO no tenia nada que vcr con las actividades ilicitas desarrolladas pot. el. 222.
Para glosar lo afirmado, basta retomar el analisis que la Sala cfcctue) en prececicncia dondc se rcvela que el argumcnto 107 a Page 1 Page 2 Page 3 Page 4 Page 5 Page 6 Page 7 Page 8 Page 9 Page 10 Page 11 Page 12 Page 13 Page 14 Page 15 Page 16 Page 17 Page 18 Page 19 Page 20 Page 21 Page 22 Page 23 Page 24 Page 25 Page 26 Page 27 Page 28 Page 29 Page 30 Page 31 Page 32 Page 33 Page 34 Page 35 Page 36 Page 37 Page 38 Page 39 Page 40 Page 41 Page 42 Page 43 Page 44 Page 45 Page 46 Page 47 Page 48 Page 49 Page 50 Page 51 Page 52 Page 53 Page 54 Page 55 Page 56 Page 57 Page 58 Page 59 Page 60 Page 61 Page 62 Page 63 Page 64 Page 65 Page 66 Page 67 Page 68 Page 69 Page 70 Page 71 Page 72 Page 73 Page 74 Page 75 Page 76 Page 77 Page 78 Page 79 Page 80 Page 81 Page 82 Page 83 Page 84 Page 85 Page 86 Page 87 Page 88 Page 89 Page 90 Page 91 Page 92 Page 93 Page 94 Page 95 Page 96 Page 97 Page 98 Page 99 Page 100 Page 101 Page 102 Page 103 Page 104 Page 105 Page 106 Page 107 Page 108