SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 29861 Héctor de Jesús González Garzón y otros vs Empresas Varias de Medellín E.S.P. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación No. 29861 Acta No. 57 Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ Bogotá, D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil seis (2006).
Decide la Corte la sustitución de personería pretendida por el doctor MANUEL ANTONIO MUÑOZ URIBE al doctor JORGE IVÁN PALACIO PALACIO, como apoderado de los actores dentro del proceso que HÉCTOR DE JESÚS GONZÁLEZ GARZÓN Y OTROS le siguen a las EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN.
ANTECEDENTES El doctor MANUEL ANTONIO MUÑOZ URIBE manifiesta a esta Sala la sustitución de poder que le realiza al doctor JORGE IVÁN PALACIO PALACIO, a fin de que éste proceda a sustentar el recurso extraordinario de casación, y señala para el efecto como demandante a SIGIFREDO GRAJALES y, como demandada, a las EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN (folio 6 cuaderno de la Corte).
Entre folios 1 y 152 del cuaderno principal se encuentran los poderes otorgados por los 39 demandantes al doctor HÉCTOR HENAO OSPINA, quien, en folio 153, es reconocido para representar los intereses de éstos. Así mismo, el precipitado abogado intervino en la primera audiencia de trámite (folio 355); sustituyó el poder en SANDRO SÁNCHEZ para la intervención en la segunda audiencia (folio 373); reasumió en la tercera (folio 390); sustituyó nuevamente a GLORIA LILYAN PÉREZ RÍOS quien asistió a los demandantes en la cuarta actuación procesal (folio 412); solicitó que se libraran los oficios ordenados en la última audiencia (folio 414); reasumió en la continuación de la cuarta de trámite (folio 466); presentó el alegato final para la decisión de primera instancia (folio 468); interpuso el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria del juzgado (folio 481 a 487); allegó alegato para la resolución del Tribunal (491 a 492) y, finalmente, interpuso el recurso extraordinario de casación (folio 508).
CONSIDERACIONES DE LA CORTE Observa la Sala que el poder de sustitución allegado por MANUEL ANTONIO MUÑOZ URIBE no procede porque en ningún momento del proceso fue reconocido ó intervino como apoderado de los demandantes. Adicionalmente, se encuentra que la referencia al proceso, que se hace en el poder de sustitución, al señalar como demandante a SIGIFREDO GRAJALES es errada, ya que no existe como uno de los treinta y nueve demandantes.
Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
PRIMERO. NEGAR la sustitución de poder presentada por MANUEL ANTONIO MUÑOZ URIBE al doctor JORGE IVÁN PALACIO PALACIO. SEGUNDO.- Continúe el trámite.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria 1 5