CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Única instancia N°29705 TEODOLINDO AVENDAÑO Corte Suprema de Justicia 4 4 República de Colombia Única instancia N°29705 TEODOLINDO AVENDAÑO Corte Suprema de Justicia Proceso No 29705 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá, D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil ocho (2008) En vista que los elementos probatorios incorporados en el curso de la investigación previa comprometen la responsabilidad penal de TEODOLINDO AVENDAÑO CASTELLANOS, como presunto autor del delito de cohecho propio de que trata el artículo 405 de la Ley 599 de 2000, según hechos acaecidos cuando se desempeñó como Representante a la Cámara, se ordena la apertura de instrucción de conformidad con las previsiones del artículo 331 de la Ley 600 de 2000.
En consecuencia, se escuchará en diligencia de indagatoria al señor TEODOLINDO AVENDAÑO CASTELLANOS, asistido por su defensor, para lo cual se librará la correspondiente orden de captura ante el Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación. Asimismo, conforme con los lineamientos del artículo 331 de la Ley 600 de 2000, se practicarán las siguientes pruebas: 1.
Llevar a cabo inspección al Fondo de Previsión Social del Congreso de la República para establecer si al señor TEODOLINDO AVENDAÑO se le reconoció pensión de jubilación como ex congresista, en caso tal se allegará copia del acto administrativo, y de los demás documentos que obren en la carpeta respectiva. 2. Practicar inspección en la Superintendencia de Notariado y Registro para verificar si obran antecedentes o estudios acerca de los motivos que determinaron la creación de la Notaría 67 de Bogotá. 3.
Escuchar en declaración a los señores Cesar Guzmán, Jorge Luis Escalante Viana y Camilo O’meara Riveira a quienes se les interrogará sobre los hechos materia de la presente investigación. 4. Oficiar a la Dirección del Canal Institucional, para que remita copia de la transmisión televisiva del debate surtido el 3 de junio de 2004 en la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes. 5.
Oficiar a la emisora radial “La W”, con el objeto de que allegue copia de la entrevista brindada por TEODOLINDO AVENDAÑO CASTELLANOS el día 4 o 5 de junio de 2004. 6. Oficiar a la Secretaria General de la Presidencia de la República con el objeto de que remita los antecedentes de orden documental que reposen en torno al nombramiento de Luis Camilo O’meara Riveira como Notario 67 del Círculo de Bogotá, incluidos la hoja de vida presentada por el aspirante, las certificaciones anexas a la misma, el acto administrativo de nombramiento y el acta de posesión. Para la práctica de las pruebas decretadas y escuchar en indagatoria al sindicado, se comisiona, por el término de diez (10) días a la Magistrada Auxiliar Luz Adriana Camargo Garzón, quien queda facultada para señalar fecha y hora para su realización. Por Secretaría de la Sala, se librarán las comunicaciones, citaciones y oficios a que haya lugar.
Cúmplase SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS AUGUSTO J. IBAÑEZ GUZMÁN JORGE LUIS QUINTERO MILANES YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JAVIER ZAPATA ORTÍZ TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria _1097413356.doc